El tribunal fiscal no es competente para pronunciarse respecto de una multa de tránsito por no poseer contenido tributario.
“El Tribunal Fiscal resuelve inhibirse de conocer la queja presentada, por estar dirigida a cuestionar la cobranza coactiva de una multa de tránsito, la cual no se deriva del incumplimiento de normas tributarias y, por tanto, este Tribunal no es competente para pronunciarse al respecto”.
Resolución del Tribunal Fiscal N° 02685-5-2007
Fecha: 22 de marzo de 2007
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