La falta de registro en el Ministerio de Trabajo es solo una falta administrativa, afirman expertos. Sin embargo, un fallo judicial estableció un criterio contrario que sería inconstitucional.
Un precedente judicial emitido por la Corte Superior de Lambayeque en última instancia (Exp. N° 1319 – 2012 -0- 1706-JR-CI-03), concluye que la falta del registro de un contrato de trabajo temporal es una prueba de que se ha desnaturalizado la relación laboral y ello tiene como consecuencia que el contrato se considere a plazo indeterminado o permanente.
De acuerdo a la legislación laboral, los contratos temporales de trabajo deben registrarse en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dentro de los 15 días de suscritos por el trabajador y la empresa; o de manera extemporánea, siempre que ello se realice durante la vigencia del contrato.
Es decir, se trata de un requisito formal, pero no uno sin el cual el contrato de trabajo no inscrito deje de tener validez.
El laboralista César Puntriano discrepó con el fallo y señaló que la falta de registro es una omisión, pero no una desnaturalización del contrato. “Se debe considerar una infracción leve y ordenar a la empresa el pago de una multa”, agregó
Asimismo, dijo que la decisión es un exceso al sancionar a una empresa con la desnaturalización del contrato temporal por causas que no son reguladas.
El experto detalló que la desnaturalización del contrato de trabajo tiene causas expresas y en ellas no figura la falta de registro como uno de sus detonantes.
Así, la ley establece que un contrato se considera desnaturalizado cuando el trabajador continúa laborando después de la fecha de vencimiento del plazo o sus prórrogas.
También se desnaturalizará cuando un contrato para obra, o de servicio específico; así como si el trabajador continúa laborando luego de concluida la obra materia de contrato sin renovación.
Otro caso es si el titular del puesto sustituido no se reincorpora por haber vencido el plazo (por embarazo y otros) y el trabajador contratado en su reemplazo continúa laborando.
Finalmente, anotó, se desnaturaliza el contrato cuando hay fraude a normas laborales, por ejemplo, los contratos para ejecutar actividades permanentes a través de contratos temporales.
Es un fallo con criterio ilegal
Es ilegal señalar que la falta de registro convierte a un contrato a plazo fijo en permanente o estable, ya que no es un requisito esencial establecido en la legislación laboral.
Esta última establece que el registro es para conocimiento y registro del Ministerio de Trabajo, es decir, con fines estadísticos y otros.
El único requisito esencial de un contrato temporal es que sea escrito (asimismo, los contratos a domicilio, a tiempo parcial, agrario y otros); es decir, lo único que no puede existir es un contrato verbal a plazo fijo.
Por ello, de no presentar el contrato de trabajo para estos fines, la sanción para la empresa es una multa administrativa por no presentar el contrato en el plazo (extemporáneo).
Por ello, es un criterio equivocado y felizmente no vinculante emitido por la Corte Superior de Lambayeque, que además tendría vicios de inconstitucionalidad, sin embargo, es un criterio peligroso que no debería extenderse por ser contrario a ley. Establece requisitos que no existen.
Diario Gestión (11/03/2015)
Raquel dice
Gracias Miguel por tus aportes, son de gran ayuda.
Tengo dos trabajadores laborando con contratos vencidos a Octubre 2014 y Octubre 2017 respectivamente. Quisiera saber si debo pagar multa al Ministerio de Trabajo por no registrar dichos contratos. Gracias
Miguel Torres dice
Si son contratos modales ya no se presentan al ministerio de trabajo.
Miriam dice
Miguel ,pero que pasa si no registré ante MINTRA el contrato part time ( 3.5 horas) de un trabajador que ingresó a laborar hace 2 años. Sigue gozando solo de gratificaciones, o por esa omisión ya debemos darle todos los beneficios como a un trabajador de jornada completa?
Ademas el trabajador ya esta por cesar.
Rody dice
Miguel, cuáles son las causales de despido de un trabajador permanente.
Sls.
Miguel Torres dice
Que haya cometido una falta grave.
Vanessa dice
Miguel cuales son las tasas vigentes para pagos de contratos, con la UIT vigente, porque he buscado y solo encuentro en base a la UIT de 3550. que es del 2008 creo.
Miguel Torres dice
No lo he investigado, el sistema te arroja automáticamente los montos a pagar.
Johnny dice
Si la empresa no me renueva mi contrato paso a ser trabajador indefinido?tengo laborando con la empresa 2años y 5 meses / Si la empresa me quiere hacer firmar mi renovación de contrato en un lapso de 15 días posteriores al vencimiento de mi ultimo contrato y mi persona no quiere firmarlo con la intención de pasar a personal indefinido
Miguel Torres dice
Es un tema muy complicado, trabajar un centro laboral donde no te quieren es dificil, porque puedes conseguir la modalidad indeterminado, pero te van a buscar la sin razon, memos tardanzas, no permisos, carga laboral, etc. piensalo bien.
Manuel Eliot Ahumada Castillo dice
Hola, quisiera saber cuanto es la multa por inscripción extemporánea de un trabajador ante el MTPE, acabo de leer el articulo y estoy algo preocupado, tengo 1 trabajador que esta laborando y no esta registrado.
La razón es que el sistema del MTPE no me aceptaba algunos datos y nunca pude generar el registro del comprobante.
Gracias por la atención a la presente