Miguel ¿Cuáles son los impactos del incremento de la Remuneración Mínima Vital?
En primer lugar, el bolsillo de las empresas que incrementaran sus costos laborales.
En ese sentido, otros beneficios laborales también serán afectados con un incremento.
Por otra parte, los beneficiados con el incremento de la Remuneración Mínima Vital son los trabajadores que perciben ingresos iguales o menores a RMV.
Finalmente, es importante precisar que no es lo mismo, remuneración básica a remuneración mínima vital.
Incremento de la Remuneración Mínima Vital
Mediante el Decreto Supremo Nº 003-2022-TR se incrementó en S/ 95.00 soles la Remuneración Mínima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con lo que la Remuneración Mínima Vital pasará de S/ 930.00 a S/ 1 025.00 soles; incremento que tendrá eficacia a partir del 1 de mayo de 2022.
Incremento de la Remuneración Mínima Vital
A partir del mes de Mayo de 2022 la RMV subirá a S/ 1,025 soles.
Con el incremento de la remuneración mínima vital, otros benéficos laborales aumentarán en valor, por ejemplo:
1. Asignación Familiar
Cuantía: 10% de la RMV
Monto: S/ 93.00
Nuevo monto: S/ 102.50
2. Aporte mínimo al seguro social de salud (EsSalud)
Cuantía: 9% de la RMV
Monto: S/ 83.70
Nuevo monto: S/ 92.25
3. Subvención mínima para modalidades formativas
Cuantía: 1 RMV
Monto: S/ 930.00
Nuevo monto: S/ 1,025.00
4. Remuneración mínima del sector minero
Cuantía: RMV más el 25%
Monto: S/ 1,162.50
Nuevo monto: S/ 1,281.25
5. Remuneración mínima por trabajo nocturno
Cuantía: RMV más el 35%
Monto: S/ 1,255.5
Nuevo monto: S/ 1,383.75
6. Topes aplicables para el otorgamiento de prestaciones alimentarias (Ley Nº 28051)
Cuantía: 2 RMV
Monto: S/ 1,860
Nuevo monto: S/ 2,050
7. Remuneración mínima de los periodistas
Cuantía: 3 RMV
Monto: S/ 2,790
Nuevo monto: S/ 3,075
8. Planilla de Movilidad, limite diario por trabajador
Cuantía: 4% RMV
Monto: S/ 37.20
Nuevo monto: S/ 41.00
9. Aporte ONP
Cuantía: 13% RMV
Monto: S/ 120.90
Nuevo monto: S/ 133.25
Finalmente, los trabajadores el sector agrario también recibirán un aumento en su jornal diario a S/ 43.17 soles.
Preguntas Frecuentes sobre la RMV = S/ 1,025
1. ¿Tengo que renovar mis contratos laborales realizados a trabajadores que ganan una remuneración de S/ 930 soles?
No es necesario, los contratos de trabajo siguen siendo válidos, solo necesitas realizar la actualización de la remuneración en la boleta de haberes.
2. ¿Tengo que actualizar la remuneración del trabajador en el T-Registro?
Tampoco es necesario, recuerda que la remuneración que se coloca en el T-Registro es remuneración inicial (no piden la remuneración actual).
3. ¿Voy a realizar nuevos contratos de trabajo a partir del 01 de mayo de 2022, debo indicar la nueva RMV S/ 1,025 soles?
Es correcto, deberías actualizar las remuneraciones de tus colaboradores.
4. ¿Puede realizar una adenda para actualizar la remuneración de los trabajadores que ganan S/ 1,025 soles?
Si es correcto, puedes realizar una adenda indicando el alza de la remuneración del trabajador.
5. Si un trabajador ceso el 04 de mayo de 2022 ¿Con qué remuneración debo realizar su liquidación de beneficios laborales?
La liquidación deberá calcular en base a la remuneración que perciba el trabajador al momento del cese, por lo tanto, S/ 1,025 soles.
6. Actualmente, gano S/ 1,200 soles en una empresa no Mype ¿Recibiré algún aumento de sueldo?
No, dado que ganas más de la RMV actual S/ 1,025 soles.
7. Una trabajadora, va a salir de vacaciones el 10 de mayo de 2022 ¿Con que remuneración le hago su pago de vacaciones?
El pago de las vacaciones debe realizarse con la remuneración que habitualmente el trabajador percibe, en este caso tendría que realizarse con el aumento de la RMV S/ 1,025 soles.
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Vicente dice
Trabajo en una institución publica, porque sunat aplica la aportación a essalud con la RMV de 1025, cuando el aumento es para los privados y no para el sector publico. hay alguna norma al respecto,
Miguel Torres dice
Si, lo que pasa es que el aporte minimo de essalud esta en base a la RMV.
Naty Castro dice
Buen día Miguel, una consulta, para trabajadores que tienen sueldo por encima del sueldo mínimo, se debe incrementar la asignación familiar, es decir el sueldo es el mismo pero la asignación familiar incrementa de 93.00 a 102.50. Muchas gracias por sus comentarios..
Miguel Torres dice
Es correcto.
KAREN BEATRIZ AVALOS RAMOS dice
Hola Miguel, en el caso del sector agrario el BETA también sube 30% 1025?
Miguel Torres dice
Es correcto.
VIOLETA RAMIREZ JUAREZ dice
Excelente la forma como explicas los diferentes temas, claro y conciso, te dejas entender, muchas gracias , ! felicitaciones ¡
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Issamar dice
Buenas tardes estimado Miguel, el anuncio que dio el presidente sobre el aumento de la RMV ¿Ya cuenta con una base legal que indique ello? De ser así, podrías brindarme, por favor.
Miguel Torres dice
No AUN.
Isabel dice
muchas gracias por la información, que tenga un excelente día.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Raquel dice
Buena info Miguel.
Pero observo un detalle la remuneración nocturna
Actual es 1255.5 con el aumento de la RMV sería 1350.00
Miguel Torres dice
Es correcto.
HEDWIG FLORES dice
Miguel muchas gracias por tus aportes son importantes, consulta Tienes programado dictar capacitación sobre operaciones con No Domiciliados?
Saludos
Miguel Torres dice
Aun no tengo ese curso, pero lo tendre en cuenta.
Nataly dice
Hola Miguel, con gusto leo tus publicaciones, una acotación sobre el punto 8. Aporte mínimo de ONP, no es 13% sobre la RMV sino que es sobre la remuneración devengada, ya que la remuneración puede variar a menos incluso de la RMV en casos como trabajo a tiempo parcial.
Un abrazo.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario.
Saul dice
Actualmente estoy en una microempresa y estoy en plantilla. Mi pregunta es si me deben descontar el 13% de aporte ONP de mi sueldo. En plantilla estoy 1000 – 13% me dan 870. Esta bien que me pagen 870.
Si la RMV es de 930.
Miguel Torres dice
Es correcto, a un trabajador se le debe descontar la pensión.
Emily Periche Silva dice
Estimado Miguel, buen día. Agradecer por tus aportes. Mi consulta es por ejemplo Un trabajador que ingresa el 08 de Julio del 2017 con la RMV, al siguiente año tengo que cancelar vacaciones. ¿Cuánto tendría que cancelarle? Teniendo en cuenta que la RMV cambió el 01-04-2018. La empresa no está inscrita en REMYPE.
De ante mano agradezco tu respueta, me urge liberar esta duda. Gracias
Miguel Torres dice
Con la ultima remuneración.
Julia dice
Una consulta mi contrató esta con 850 y a mi parecer me siguen pagando igual con el sueldo minimo de 850 es porq mi contrato no termina con ese mi sueldo q firmé. Eb junio termina cuando me renueven ahi si saldra con 930 y seguro de ahi recien me aumentarán el sueldo.
Miguel Torres dice
El contrato es de lo menos, revisa tu boleta de haberes que remuneración figura.
Ethel dice
Mi pregunta yo giraba mi recibo de honorarios por S/.850.00, ahora con el incremento de la RMV. de 80.00, tendré que reajustar mi honorarios mensuales a S/.930.00., es correcto.
Gracias por la respuesta.
Miguel Torres dice
Entiendo que si, dado que sustenta el ingreso que percibes.
Antonio Santamaría dice
Miguel.
¿Con qué importe (de asignación familiar) calculo la CTS de mayo 2018? ¿850 o 930?
Miguel Torres dice
Con el importe de 930 soles. Asignación Familiar es 93 soles.
Janeth Castillo dice
Buenas tardes, si tengo un trabajador part time en planilla con el sueldo de S/. 850.00 y la asignacion familiar con S/. 85.00, la pregunta es:
¿cambiara el sueldo para este tipo de contrato?
¿cuanto sera la asignacion familiar si se mantiene con el sueldo de S/. 850.00 será S/. 85.00 ó S/. 93.00?
Muchas gracias por su respuesta
Miguel Torres dice
El sueldo no cambia, solo la asignación familiar a 93 soles.
Jeshu dice
Buenos días!
estoy en una empresa mype, si el aumento de rmv rige desde el 1ro de abril, el calculo de cts (para la rmv) sera 930…. cierto?
Miguel Torres dice
Es correcto, pero para la mype – pequeña empresa.
Luis dice
Una una Eirl inscrita en Remype como microempresa decidio pagar a sus trabajadores todos los beneficios laborales como en el regimen laboral normal, pues tenia recursos, segun ministerio trabajo si podia tener las 2 condiciones Remype y Reg general, es correcto esto y el incremento de sus sueldos es en Mayo.
Gracias por tus bien acertados temas.
Miguel Torres dice
Si es correcto, pero ya no podrás quitar dicho beneficio. El aumento surge en mayo.
Anali Chauca Reyes dice
Una consulta Miguel, tengo trabajadores con la RMV que salieron de Vacaciones desde el 01 de Abril, pero se les pagó sus vacaciones completas el 28 de Marzo en base a S/. 850. Es correcto? O tengo que también pagarles la diferencia a S/. 930?
Miguel Torres dice
Si eres no Mype, tienes que hacer la corrección.
Julia Laqui Mamani dice
Excelente Miguel, muchas gracias, Saludos.
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Isabel dice
Hola Miguel una consulta . Gano 1,200 pero en mis boletas tengo como sueldo básico 850 y en el concepto de movilidad 350 . Me corresponde el incremento de 80 soles? o me pueden sacar de movilidad los 80 y ponérmelos en la RMV. Dese antemano muchísimas gracias por tus aportes día a día . Muchas bendiciones
Miguel Torres dice
Si la movilidad es condición de trabajo, te corresponde el aumento, si es de libre disponibilidad no recibes el aumento.
Edwin dice
Hola Miguel, por favor, tengo una duda, si tengo trabajadores que ganan por encima de la RMV, a ellos tambien les debo incrementar los 80 soles? o solo es para los que ganan el sueldo minimo
Miguel Torres dice
Ya no es necesario 🙂
Vely dice
Hola miguel una consulta, los trabajadores que se encuentran en el Pequeña Empresa es decir cuentan con la mitad de todos su beneficios, Su RMV sube en abril o mayo? Muchas gracias por el post.
Miguel Torres dice
A partir de Abril sube la RMV.
Antony dice
Hola Miguel, gracias por la info!… Para salir de dudas, Solo la MICROEMPRESAS son las que rige el aumento desde mayo, las PEQUEÑAS EMPRESAS empieza desde este mes de Abril cierto? Gracias de antemano.
Miguel Torres dice
Es correcto, very good.
Anais Lizeth dice
Excelente Señor Miguel, la información es muy completa y de gran ayuda , muchas vibras.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario 🙂
Jhuliana dice
Gracias por ponernos al tanto de todo lo ultimo en temas contables y laborales entre otros, me servirá de mucho durante mis estudios.
Miguel Torres dice
Super, éxitos !!!
July dice
Miguel una consulta!
Salgo de vacaciones el 1ero de Abril , yo gano el sueldo minimo mis vacaciones me pagaran a 850 o 950 ?
Gracias
Miguel Torres dice
Depende, si la empresa es microempresa solo recibes 850, si es no Mype, recibirías 930.
Diego dice
¿El personal empleado sujeto a Régimen Agrario está afecto al alza de la Revista?
Miguel Torres dice
Si es correcto, van a tener un aumento en el jornal diario.
Diana dice
Gracias, Miguel. Esperemos que no aumente la informalidad laboral con esta alza.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario, que tengas un buen día:)
Deyvi dice
Buen día miguel muchas gracias por tus aportes, para el sector agrario en cuanto es el aumento.
Miguel Torres dice
El nuevo jornal agrario es 36.28
Edson Cortez Perez dice
Buen articulo. Una consulta esta alsa Es retroactiva? ; que pasa si tengo contratos de personal que iniciaron labores en marzo con RMV 850; tengo que cambiar los contratos o solo modificar datos en el T-REGISTRO. O se quedan con la remuneración de contrato hasta la fecha que se indica en tal.
Miguel Torres dice
No es necesario, solo actualiza el monto en las planillas.
Carmen dice
Hola Miguel
En el caso de las empresas que no están inscritas en el Remype, es a partir del 1ero de Mayo 2018?….Es una microempresa con cuatro trabajadores, pero no está inscrita en el Remype. Gracias
Miguel Torres dice
A partir del 01 de Abril.
Marian dice
Gracias miguiel 🙂
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Raul Sotomayor dice
Buena Miguel siempre con la precisa!!!!
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen día 🙂
Patricia dice
Miguel, gracias por la info
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Andres Revatta dice
Estimado Miguel, muchas gracias por la información oportuna y precisa.
Atte.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, que tengas un buen fin de semana.
Mercedes Llacza dice
Para Remype es a partir de 01/05/2018 pero porque seria a partir de 01/04/2018 el incremento??
Miguel Torres dice
Cuando no estas afiliado al remype, una empresa que paga beneficios completos, por ejemplo Ripley.
Deysi dice
Para el caso de los trabajadores que se encuentren con un contrato por el monto de s/ 850.00 se deberá anular y emitir un nuevo contrato por el monto actual????
Miguel Torres dice
No es necesario, solo actualiza la información en la boleta de haberes.
Susana dice
El salario para el sector agrario a partir de mayo ?
Miguel Torres dice
Si la empresa no esta afiliado al REMYPE, seria desde 01 de abril de 2018.
John dice
Grande Miguel gracias por la información, saludos.
Miguel Torres dice
Gracias, buen fin de semana.
Roxana dice
Buenos dias Miguel:
Gracias por tus informacion, es de gran ayuda, y las pongo en practica en mi labor cotidiana.
Muchas gracias, y existos.
Roxana
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buenas vibras.
Jose Manuel Goicochea Laymito dice
Excelente Miguel, por favor necesitara conocer mas de los aspectos laborales en general ya que yo trabajo en un estudio contable jurídico y me encargo de realizar contratos laborales y me gustaría conocer todo lo referente a lo laboral y regímenes de las empresas.
Gracias por ponernos al tanto de todo lo ultimo en temas contables y laborales entre otros.
Miguel Torres dice
Si te interesa el tema laboral, existen muchos diplomados en las universidades para estudiar (googlea).
Oscar Manuel dice
Gracias por la información miguel saludos ¡¡¡
Miguel Torres dice
Gracias, éxitos.
Masiel Sory dice
Una Información completa y argumentaba
Gracias
Miguel Torres dice
Muchas gracia, bendiciones.