Miguel ¿Qué es la indemnización por despido arbitrario?
Personalmente, lo defino como la extinción del vínculo laboral de una manera unilateral, porque es el empleador quien decide terminar la relación laboral.
La normativa laboral menciona dicha frase compuesta “despido arbitrario” en el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR:
El Período de Prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario …
Para que se compute el despido arbitrario, el trabajador debe cumplir 2 requisitos previos:
- Haber superado el periodo de prueba.
- Laborar más de 4 horas en promedio diarias.
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
Periodo de Prueba vs despido arbitrario
De la norma líneas arribas mencionada, podemos comprender que una vez superado el periodo de prueba, ya estamos protegidos contra el despido arbitrario.
También, el periodo de prueba puede extenderse de acuerdo a las circunstancias pero deberá constar por escrito.
Por ejemplo: el periodo de prueba es de 3 meses para los trabajadores normales, en caso de trabajadores de confianza es 6 meses y para los trabajadores de dirección es 12 meses.
Laborar 4 horas vs despido arbitrario
Este requisito, de laborar en promedio más de 4 horas diaria, para obtener la protección contra el despido arbitrario está normado en el artículo 22 del Decreto Supremo Nº 003-97-TR:
Para el despido de un trabajador sujeto a régimen de la actividad privada, que labore cuatro o más horas diarias para un mismo empleador, es indispensable la existencia de causa justa contemplada en la ley y debidamente comprobada …
Si hablamos de laborar en promedio 4 horas diarias, se viene a la memoria los contratos a tiempo parcial, esta modalidad tiene como requisito principal laborar menos de las 4 horas en promedio diario ¿qué significa esto?, significa que los trabajadores a tiempo parcial no tienen protección contra el despido parcial.
Indemnización por despido arbitrario
Cuando un trabajador es despedido arbitrariamente tiene derecho a una indemnización.
El monto a pagar dependerá del tipo de contratación: plazo fijo o plazo indeterminado.
Contrato a plazo fijo
La indemnización será igual a 1 ½ remuneración por cada mes que falte para terminar su contrato de trabajo.
El monto antes mencionado tiene un límite de 12 remuneraciones.
Contrato indeterminado
El monto de la indemnización será igual a 1 ½ remuneración por cada año de servicios, con un límite de 12 remuneraciones.
Observaciones
El monto otorgado por concepto de indemnización no esta afecto al impuesto de quinta categoría de acuerdo al artículo 18 del TUO IR:
a) Las indemnizaciones previstas por las disposiciones laborales vigentes.
Mencionar que ante un despido arbitrario el trabajador tiene un plazo de 30 días para demandar a la empresa ante el Poder Judicial.
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Indemnización en las Remype
En caso de las empresas acogidas al régimen de la micro y pequeña empresa tienen una forma distinta de calcular la indemnización por despido arbitrario.
Microempresa
La indemnización por despido arbitrario en una microempresa se calcula de la siguiente manera:
10 días de remuneración por año de servicios (con un tope de 90 días de remuneración)
Pequeña Empresa
La indemnización por despido arbitrario en una pequeña empresa se calcula de la siguiente manera:
20 días de remuneración por año de servicios (con un tope de 120 días de remuneración)
Casos Prácticos de Indemnización por Despido Arbitrario
Miguel Torres, trabajador de una microempresa, fue despedido injustificadamente por coquetear con la administradora, ha laborado por 4 años, 6 meses y 15 días, percibiendo una remuneración mensual y continua de S/ 2, 000.00. ¿Cuánto le corresponde por indemnización por despido arbitrario?
Solución:
En primer lugar, debemos identificar el régimen laboral de la empresa, para el ejemplo es una microempresa.
Por lo tanto, debemos calcular las 10 remuneraciones diarias: 2,000/30 * 10 = S/ 666.67
Luego calculamos el tiempo laborado:
- 4 años: 666.67 * 4 = S/ 2,666.68
- 6 meses: 666.67/12* 6 = S/ 333.34
- 15 días: 666.67/360*15 = S/ 27.78
Total: S/ 3,027.80
——
Miguel Torres, trabajador de una pequeña empresa, ha sido despedido arbitrariamente por besar a la encargada de contabilidad en la empresa; tiene un récord de 2 años y 10 días, percibiendo una remuneración mensual de S/ 930.00. ¿Cuánto le corresponde por indemnización por despido arbitrario?
Solución:
Debemos identificar el régimen laboral de la empresa, en este caso es pequeña empresa.
Por lo tanto, debemos calcular las 20 remuneraciones diarias: 930/30 * 20 = S/ 620
Luego calculamos el tiempo laborado:
- 2 años: 620 * 2 = S/ 1240
- 10 días: 620/360*10 = S/ 17.22
Total: S/ 1,257.22
Material para descargar
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Infografía Despido Arbitrario
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Rosario Vásquez dice
Miguel buenas noches, los 30 días para realizar la demanda lo cuentan desde que te despiden o luego que se realiza la conciliación en Sunafil ( sin acuerdo). Gracias por la respuesta.
Miguel Torres dice
Desde que se produce el despido.
Karina dice
Tengo el caso de un trabajador que tiene fecha de ingreso 12/10/2020 y contrato vigente hasta el 31/01/2022. sin embargo la empresa ha decidido que sólo trabaje hasta fines de septiembre. su remuneración es 1000. estamos en el regimen de pequeña empresa. gracias.
Miguel Torres dice
Realiza el calcula según lo mencionado en el artículo.
Karina Lengua dice
Un trabajador está en el régimen de pequeña empresa pero por diversos motivos lo han sacado pero tiene contrato vigencia por 4 meses más, como sería su cálculo
Miguel Torres dice
La respuesta en el artículo, solo calcula en base a meses, Recuerda tus clases de MATEMATICAS.
Bruno dice
Hola Miguel, felicitaciones por tus alcances,muy útil para trabajadores y empresas.un trabajador de microempresa que recibe 700 por concepto de liquidación anualmente ( labora 5 años) es despedido por faltar el respeto , tiene derecho a recibir más dinero por despido intempestiva?, gracias.
Miguel Torres dice
Si crees que es un despido injusto, puedes recurrir al poder judicial por daño moral.
Fatima dice
Tengo un trabajador de 67 años con contrato a plazo fijo por necesidades de mercado, lleva en la empresa 4 años, su contrato vence el 30/05/2020 puedo no renovarle el contrato y darlo por terminado? O debo esperar a que cumpla 70 años para finalizar el vinculo laboral?
Si fuera el caso que no puedo no renovar el contrato, debo pagarle una indemnización como plazo fijo o plazo indeterminado?
Miguel Torres dice
Si has realizado correctamente el contrato, puedes darle de baja.
Nancy dice
Puedo despedir a un trabajador el 15/04/2020 de la Microempresa e indemnizarlo.Su contrato es de 6 meses 01/03/2020 al 31/08/2020 con un periodo de prueba de 3 meses.
Si el trabajador me acepta. Que beneficios le corresponde? Y la Indemnización esta afecta algún impuesto?
Miguel Torres dice
Vacaciones truncas + indemnización, descuento de AFP nada más y salvo quinta si supera el límite.
Ale dice
Hola Miguel….la empresa pertenecía al régimen general cuando se contrató a plazo indeterminado a un trabajador pero actualmente ya figura como pequeña empresa….cuánto le corresponde de indemnización a dicho trabajador si se le despide hoy?? Se le calcula como régimen general o como pequeña empresa??
Miguel Torres dice
Como régimen general.
Elizabeth dice
Un trabajador ingresó a trabajar con contrato por suplencia por un mes a partir del 3 de febrero hasta el 3 de marzo. En su pago de liquidación que beneficios le corresponde???? Gracias
Miguel Torres dice
Depende mucho del régimen laboral de la empresa.
Juanita Avila dice
Buenos días Miguel, mi consulta es si a un trabajador le hacen un contrato por 6 meses indicándole que los 3 primeros son de prueba, a los dos meses del contrato le expiden una carta de despido sin argumentar el porque?…por cuanto tiempo se le calcula la indemnización por despido, por los 3 meses del tiempo de prueba o por los 6 meses ?.
Miguel Torres dice
Por el tiempo restante para culminar el contrato (4 meses).
Cristel dice
Buenas tardes mi consulta es la siguiente en caso de una indemnización por mutuo disenso se reconocería como gasto ese monto seria como pagarle una remuneración
Enrique Nieto dice
Miguel, trabaje en una empresa desde octubre 2018, me despiden arbitrariamente porque dicen que baje mi producción, tengo alguna indemnización a mi persona gracias, por tu respuesta.
Miguel Torres dice
Si es correcto, si el motivo del despido no es probado, te corresponde la indemnización de acuerdo a tu tipo de contrato.
Carlos Yarleque Silva dice
Miguel Buenos días, agradezco infinitamente por toda la información compartida, tengo una duda en el caso de empresas acogidas al régimen Remype, el calculo de los 10 días remunerados o 20 días remunerados por cada año de servicios según sea el caso. ¿es tanto para contratos a plazo fijo como para contratos a plazo indeterminado?
Miguel Torres dice
Si es correcto, no hay una forma de calculo para contratos a plazo fijo.
Marleny dice
Buenos días, ante todo felicitar por la información que nos brinda. Para solicitar ayuda, se tiene un caso de despido arbitrario de una trabajadora, en cual se paga sus beneficios en el régimen general pero la empresa es acreditada como pequeña empresa.¿ La indemnización le corresponde el 1.5 por año o 20 días por año?
Gracias
Miguel Torres dice
Prima el régimen laboral especial.
Blanca Guardia dice
Bendito seas Miquel gracias por tus aportes en el caso de un trabajador que su contrato es mensual ya trabajo 2 años así y lo despiden es también despido arbitrario?
Miguel Torres dice
Si es correcto existe despido arbitrario para el trabajador mensual o indeterminado.
Alice dice
Hola cuando ingrese a trabajar me dijeron que 3 meses eran periodo de prueba pero no había contrato, al finalizar los 3 meses recién me hicieron firmar mi contrato y cuando leí mi contrato decía que hay 3 meses de periodo de prueba, recién voy un 1 mes y 1/2 con contrato o sea que si me despiden, eso no se considera despido arbitrario?
Miguel Torres dice
El despido arbitrario surge efecto luego de pasar el periodo de prueba.
Diego dice
Hola Trabaje 7 meses para una empresa con modalidad de pequeña empresa. y fui despedido de manera arbitraria. mi contrato era de un año, debo recibir indemnización y cual seria el calculo?
Miguel Torres dice
Indemnización por despido de 20 días de remuneración por año de servicios (con un tope de 120 días de remuneración)
Andy dice
Mi papa esta trabajando en una empresa desde el 2011 pero su salud no va muy bien, el continuo trabajando sin problemas, en el 2018 sus jefes le pidieron q deje el trabajo y q saque su jubilación anticip x temor a q le pueda pasar algo, pero el ya consulto con el medico y le dijo q su salud esta bien y q normal puedes seguir pero sus jefes lo siguen presionado q puedo hacer?
Miguel Torres dice
Lo primero es conversar, de lo contrario denunciar hostigamiento a SUNAFIL.
Maria Esther Ch dice
Miguel, si un trabajador demanda por despido arbitrario desde cuando se contabiliza los 30 dias, teniendo en cuenta que habu una conciliacion en el ministerio sin ningun acuerdo. estos dias son habiles o calendarios. gracias por la respuesta.
Miguel Torres dice
Son 30 dias hábiles.
César dice
Si he trabajado en una empresa que está en el régimen laboral común primero por 2 años con contrato a plazo fijo, terminado este contrato me hacen un contrato a plazo indeterminado ¿Si me despiden arbitrariamente, el cálculo de la indemnización por despido arbitrario debe incluir los 2 años que trabajé a plazo fijo, o solo desde que inició el contrato a plazo indeterminado?
Miguel Torres dice
Sería por todo los años laborados, desde el inicio.
Katherine dice
Buenas noches, mi consulta es la siguiente.
Mi hermana trabajo en una empresa por un año, salio de vacaciones por 15 días (segun el Reginen) y a su regreso le hicieron firma su carta de renuncia …le corresponde liquidación ?? Indemnización creo que no ya que firmó la renuncia
Ella no tenia contrato ni tampoco estaba planilla .
Gracias
Miguel Torres dice
Si presento la carta de renuncia, se va dar por echo la renuncia. Es importante, que primero sepas el regimen laboral de la empresa, para ver que beneficios paga.
Elida dice
Hola Miguel si tuviera vacaciones pendientes, también se le da una indemnización.
Gracias.
Miguel Torres dice
Es correcto, tambien correspondería proporcional.
Arnold dice
Buen día, una consulta, en el caso si un trabajador indeterminado con 4 años laborados presenta su carta de renuncia, se le debe pagar su indemnización por despido arbitrario por cada año laborado?
Miguel Torres dice
No, porque el esta renunciando.
Wilfredo Arias dice
Amigo ,a los 2 años me hicieron renunciar instantaneamente me pasaron como nuevo a otra planilla del mismo dueño y me hicieron firmar contrato por 1 mes pero de alli hasta hoy no he firmado contrato y me han dicho que regrese a la planilla anterior como nuevo pero firmando mi renuncia y nuevo contrato.. todavia no me pagan la liquidacion de la primera planilla.
Miguel Torres dice
Te deberían pagar tus beneficios laborales de ambas empresa (puedes reclamar al ministerio de trabajo).
Lizbeth dice
Hola miguel una consulta..un trabajador esta demandando por despido arbitrario el calculo lo hacen de 5 años de trabajo ..pero lo que pasa es que el trabajador laboro varios años si, pero en periodos laborales no consecutivos ósea trabajaba 1 año y salia 3 mese o mas..mi pregunta el esta en lo correcto la liquidación o solo se toma el ultimo perido laboral?
Miguel Torres dice
Es logico que el trabajador haga la demanda por los 5 años, lo que tendrás que probar es lo que mencionas, te recomiendo asesorarte con un abogado.
Jhon Michael dice
Una consulta, quisiera saber cuando es la indemnización del regimen laboral en la microempresa y pequeña empresa.
María Luisa Rodríguez dice
Hola Miguel, cuando una empresa cierra por liquidaciòn de las partes (no por quiebra porqure tiene mucha liquidez en la oficina principal de USA), ¿nos corresponde a todos los trabajadores indemnizaciòn? ¿o solo liquidaciòn? Somos actualmente cerca de 10 personas con contrato indefinido. En mi caso llevo 8 años laborando acà. ¡Gracias!!
Miguel Torres dice
Una causal de extinción de cese es la quiebra, claro deberán sustentarlo.
Raul Ferreyra dice
Hola Miguel: La indemnización por despido arbitrario es deducible ? es aceptado como gasto? gracias por la respuesta.
Miguel Torres dice
En mi caso si lo deduzco, pero es un tema muy controversial.
Tatiana dice
Hola, yo labore en un empresa casi 8 meses, ingrese el 25 de abril me despidieron el 18 de diciembre. No tengo contrato ni estoy en planilla, les pedí mi gratificación ya que es algo que lo ley me corresponde y al final su decisión fue despedirme ¿cuanto me correspondería de indemnización? (Fui al ministerio de trabajo me indicaron que tengo 30 días ya me dieron las hojas de la denuncia)
Miguel Torres dice
En el ministerio te hacen una liquidación, ademas te calculan el valor de la indemnizan por despido arbitrario, solo sigue las indicaciones del fiscalizador.
Jose dice
Buenas noches mi consulta es q trabaje 3 meses en una empresa de transporte la cual ahora me dicen q ya no trabaje mas no tengo seguro no beneficio alguno es un mype quisiera saber si me corresponde una liquidacion
Miguel Torres dice
Si te corresponde liquidación, puedes hacer tu denuncia al ministerio de trabajo.
Arturo dice
Estimado Miguel. felicitaciones por tan importante espacio; te agradeceré responderme si a un trabajador que viene laborando dos meses y medio le corresponde por ley pagarle la gratificación por navidad, gracias.(caso de régimen general y r-mype)
Miguel Torres dice
Dentro del régimen remype existen dos categorías, en caso de microempresa no corresponde el beneficios.
Katherine dice
Miguel, muy buen aporte
Pero tengo una duda con respecto a lo que se le debe a pagar a un trabajador si su contrato ya culminó y ya no se le va a renovar. Cuanto se le pagaría y si además es un empleado R-mype.
Gracias por tu ayuda.
Miguel Torres dice
Si el contrato finalizo, le corresponde su liquidación de beneficios laborales.
Milagros dice
Buenos días, que sucede si contrato a un trabajador por la modalidad de contrato indeterminado y no pasa ni un año y lo despido. Por lo que indicas se le indemniza por cada año trabajado, en este caso el trabajador no tiene ni un año, que sanciones tendría la empresa??
Miguel Torres dice
Le pagas la indemnización proporcional a los meses laborados.
Flora dice
Excelente tus comentarios Dios te bendiga siempre.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen día 🙂
Romina dice
Muy buena publicacion!
Tengo una consulta: un gerente fue contratado a plazo indeterminado (no firmó contrato). Ya ha pasado 10 meses y la empresa definitivamente quiere despedirlo.
Puede despedirlo de inmediato?? O tiene que esperar hasta que supere los 12 meses de periodo de prueba??
Miguel Torres dice
Puede despedirlo inmediatamente. Pagando la indemnización.
Gisela dice
Miguel, si a un trabajador le falta menos de un mes para vencer su contrato y la empresa decide despedirlo arbitrariamente, el 1.5 de sueldo se calcula de manera proporcional a los días???
Miguel Torres dice
La norma indica por los meses faltantes.
Rosa dice
Excelente ayuda de contenido laboral Gracias Miguel por tu aporte que tengas una buena semana.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen día 🙂
Manuel dice
Amigo miguel tengo 10 años laborando y y me an pedido q me retiré de mi trabajo cuales son mis beneficios
Miguel Torres dice
En ese caso seria un despido arbitrario, te correspondería un sueldo y medio por cada ano laborado + tus liquidación de beneficios laborales.
Demetrio dice
Buenas amigo miguel mi consulta es que un trabajador no ha tenido contrato y a abandonado e trabajo, y después de 30 días ha llegado con sunafil diciendo que es despedido arbitrariamente. ¿se considera despido arbitrario o que debo hacer en este caso?
Miguel Torres dice
En ese caso, si hubo abandono de trabajo debiste seguir el procedimiento, enviando la carta de preaviso y luego la carta de despido. Si no hiciste el procedimiento anterior, tendrás que demostrar que no se le despidió, por lo tanto que sigue en planilla.
Geraldine dice
Buenas tardes miguel, si un trabajador con contrato indefinido trabajo 4 años y 7 meses… su indemnización seria 1.5 sueldo por año y adicional un proporcional por los 7 meses? espero puedas ayudarme. gracias.
Miguel Torres dice
Es correcto lo que mencionas.
Geraldine dice
genial gracias.
Thaly dice
Buenas Tardes Miguel, si un trabajador ha faltado mas de 3 días sin justificación; se ha considerado como despido. Quisiera saber si a este trabajador le corresponde pagarle los beneficios sociales (liquidación)?
Miguel Torres dice
Si le corresponde beneficios laborales, si ha laborado como mínimo 1 mes.
Jairo dice
Hola señores buenas tardes una pequeña consulta sobre el despido arbitrario me dicen que tengo un limite de 12 remuneraciones. Se refiere al sueldo que gana el trabajador o a la remuneración mínima vital.
Miguel Torres dice
A su remuneración que viene ganando.
Jaime dice
De mucha ayuda laboral.
Miguel Torres dice
Gracias, buen FDS.
Carlos Enrique Guevara Quispe dice
Hola Miguel:
Gracias por tus aportes, mi pregunta es si hay un modelo de indemnización?
Gracias por la respuesta.
CArlos
Miguel Torres dice
No tengo un modelo, pero es igual que una liquidación solo agregas el punto de indemnización.
Anghela dice
Hola tengo casos prácticos sobre la indemnización por despido arbitrario, pero nos dan dos remuneraciones una inicial y otra final ¿cual de estas usar o como desarrollarlo?
Miguel Torres dice
La ultima remuneración que percibe.
Carlos dice
Hola, si la empresa quiere despedir aduciendo q hay personal excedente, y lograra ganar por la via administrativa, que nos queda??
La via judicial???
Miguel Torres dice
Es correcto, la vía judicial es lo unico que tendrías que hacer.
Lenin dice
Hola miguel mi contrato es indefinido lo que pasa que la empresa va dar de baja que sucedería en ese caso trabaje 2 años con 8 meses que me corresponde gracias.
Miguel Torres dice
Te correspondería tu liquidación de beneficios laborales, otro beneficios dependerá de la empresa. En este caso es mejor negociar o conversar, porque un proceso laboral sería una perdida (mientras que dura el juicio la empresa ya esta de baja)
Raquel dice
Hola MIguel, una pregunta.,si a un trabajador que tiene contrato a plazo indeterminado se le despide y solo ha trabajado 10 meses, se le calcula solo x los 10 meses? ya que no ha llegado ni al año.
Gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
En ese caso, la norma dice: 1.5 remuneración por cada año laborado, por lo tanto será proporcional a los meses laborados.
eduardo chaparro romero dice
yo trabaje en una enpresa de publicidad el la cual estos estafadores de esta enpresa me dieron trabajo 1 de abril de 2013 hasta el 13 de enero 2015 en la cual ellos dijieron que 3 meses debia estar en planilla en la cual pagaban todo los beneficios y al final no habia comtrato y trabaja de lunes a domingo por un sueldo de 1200 mensual en la cual cuandi me despiden arbritario me liquidan con 3000 soles yo no estoy con forme con eso que puedo hacer
Julian dice
En la micro empresa también se puede hacer despido arbitrario?
Miguel Torres dice
Si también existe despido arbitrario en las microempresas.
Juan Jose dice
Gracias Sr Miguel, soy estudiante de contabilidad y hoy aprendido mucho de ud. espero seguir aprendiendo de sus conocimientos y experiencias.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario.
Cesar Armando dice
Bien Miguel, te felicito una pedadogia eficaz que deja comprender lo que estas enseñando.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Fidel dice
Tengo un trabajador que a la semana trabaja una o aveces dos días, el resto de los días se lo pasa tomando, como lo puedo despedir encima quiere que le pague el sueldo completo ayudame por favor miguel.
Miguel Torres dice
Bueno empieza por sancionar las faltas injustificadas, las tardanzas y solo espera que sean reiteradas y lo puedes despedir por falta grave.
Jose Rodri dice
Buena publicación, a ver si nos das tu aporte con la forma de descuento de EPS a los trabajadores. Muchas gracias.
Miguel Torres dice
El EPS se descuenta por voluntad del trabajador, el decide afiliarse a un plan de EPS, nadie lo obliga.
César dice
Muy buena lección como siempre Miguel, siempre contribuyendo al conocimiento de una forma tan sencilla. Consulta: Y el pago por despido arbitrario es gasto deducible para la empresa? o no? (Hay parámetros o sustentos para ello). Saludos
Miguel Torres dice
Es una buena pregunta amigo, desde un punto conservador y personal lo tomaría como no deducible.
Jose Ramirez Rivera dice
Me están ayudando mucho tus enseñanza en trabajo contable espero un curso sobre los libros electrónicos.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario.
Oscar dice
Muy buenos dias sr miguel, eres un excelente profesional y que compartes tus experiencias, conocimientos con nosotros, te pido el favor si podrías pasarme todo lo que es referente a vínculos laborales con casos prácticos.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario, pero no tengo material sobre dicho tema.
Joselin dice
Estimado Miguel a mi primo lo sacaron del trabajo con la excusa de que lo encontraron durmiendo (turno noche) pero eran mas de 3 trabajadores en la misma situacion y solo lo sacaron a el y aparte mi primo era presidente del sindicado de esta empresa ahora estan en juicio por mas de 2 años… cuanto puede durar estos juicios? que probabilidad hay que gane un trabajador en estos casos? donde puede asesorarse mejor en estos casos? gracias.
Miguel Torres dice
Si la empresa quiere llegar hasta ultima instancia por lo menos 3 años a más, consulta con cualquier abogado laboral.
Ledevi dice
Que yo sepa en el caso de los fijos su indemnización será hasta el periodo que le falta completar con un límite de 12 remuneraciones también, pero me parece que en el caso de los de periodo de prueba si existe indemnización también por el periodo de prueba que les falta completar si es que los despiden antes del mismo
Miguel Torres dice
No es correcto, la base legal que menciona el artículo esta claro.
Aidee Malca Mesyanza dice
Buen día Miguel, te felicito por compartir dia a dia tus enseñanzas y experiencias (campo laboral,contable .tributario …etc) como CPC.te deseo muchos éxitos.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Rene Velasquez dice
Bien Miguel muy pedagogicos tus enseñanzas, felicitaciones y muchas gracias.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario, bendiciones 🙂
Elsita dice
Me parece un espacio necesario para el trabajador, nos ayuda con una respuesta de acuerdo a la legislación laboral y nos ilustra en forma sencilla y directa.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario.
Delsi Ccanto dice
Muy buena.