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Inicio » Laboral » Cómo presentar la Suspensión Perfecta de Labores

Cómo presentar la Suspensión Perfecta de Labores

Publicado por Miguel Torres el 16 de abril de 2020 55 comentarios

Miguel, luego de publicado el Decreto Urgencia Nº 038-2020, donde se habilita a las empresas la posibilidad de aplicar la suspensión perfecta de labores ¿Cómo presentar la suspensión perfecta de labores?

En primer lugar, analiza si la empresa cumple los requisitos para aplicar dicha medida.

Como segundo punto, estudia qué significa la suspensión perfecta de labores y los pasos para aplicarla.

Para fines prácticos, realizaremos una pequeña casuística donde analizaremos cada punto y mencionaremos algunas recomendaciones.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Caso Práctico Presentar Suspensión Perfecta de Laborales
    • Sustento de la Suspensión Perfecta de Labores
    • Selecciona a los Trabajadores Suspendidos
  • Duración de la Suspensión Perfecta de Labores
  • Comunicar al Ministerio de Trabajo
    • Prepara un Expediente Técnico Financiero
  • Plazos para comunicar la Suspensión Perfecta
  • Dejar sin efecto la Suspensión Perfecta
  • Preguntas Frecuentes

Caso Práctico Presentar Suspensión Perfecta de Laborales

Sustento de la Suspensión Perfecta de Labores

Paso 01. Confirmar que la actividad de la empresas no esté permitida a laborar durante el estado de emergencia.

Por ejemplo: un bar o restaurante campestre.

Paso 02. Demostrar problemas económicos para mantener la fuente de trabajo.

Este punto es clave para conseguir la aprobación de la solicitud de suspensión perfecta de labores.

Está claro, que no solo basta decirlo, sino demostrarlo con papeles.

Paso 03. Determinar el grado del daño económico en la empresa

Por ejemplo: el area de logistica no opera por la implementación del estado de emergencia, pero el área de ventas si esta laborando bajo la modalidad trabajo remoto.

Por lo tanto, determina si la paralización de la empresa es parcial o total.

Selecciona a los Trabajadores Suspendidos

Paso 04. Determina qué grupo de trabajadores seguirán trabajando y cuales pasarán a la suspensión perfecta de laborales.

Por ejemplo, las meseras, mozos, barman y seguridad de un restaurante pasaran a la suspensión perfecta, pero el área de marketing y ventas seguiran laborando.

Paso 05. Una vez determinado que trabajadores pasarán a la suspensión perfecta de labores, determina si es posible adoptar medidas que mantenga la remuneración del trabajador.

Por ejemplo:

  • Vacaciones Devengadas
  • Reducción de Salario
  • Licencia con goce de haber
  • Vacaciones adelantadas

Es importante tener documentación que sustente la intención de aplicar estas medidas.

Por ejemplo: correos, whatsapp, llamadas grabadas, videoconferencias, etc.

Paso 06. Notificar al Trabajador de la Medida

Debes comunicar al trabajador que la relación laboral se suspenderá perfectamente motivados por caso fortuito y/o fuerza mayor.

  • Manual Plataforma virtual de Registro de Suspensión Perfecta de Labores

Duración de la Suspensión Perfecta de Labores

La duración de la suspensión perfecta de labores no puede exceder de treinta días calendario luego de terminada la vigencia de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días; salvo norma que prorrogue dicho plazo.

El Estado de Emergencia Sanitaria termina el 09 de junio 2020.

Duración de la Suspension Perfecta de Labores

Comunicar al Ministerio de Trabajo

Para realizar la comunicación al ministerio de trabajo debemos hacerlo por la plataforma virtual.

Plataforma para Suspension Perfecta de Laborales

Para ello debemos ingresar a la siguiente dirección web:

  • http://apps.trabajo.gob.pe/suspension-perfecta/autenticacion

Nos registramos con la clave sol de la empresa.

La primera pantalla que nos aparece es sobre los datos del empleador.

Datos del Empleador

En esta sección debemos tener presente el tipo de ámbito:

Supra Regional.- De ser el caso que los trabajadores comprendidos en la medida, presten servicios en centros de trabajos ubicados en más de una región.

Regional.- De ser el caso que los trabajadores comprendidos en la medida, presten servicios en un centro de trabajo ubicado sólo en una región, señalar la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo que corresponda.

Luego de seleccionar la opción correspondiente, seleccionamos la dependencia.

Posteriormente, ingresamos los datos de los trabajadores a los que se aplicará la suspensión perfecta de labores.

Datos de los Trabajadores - Suspension Perfecta Labores

Ingresado el DNI del trabajador se llenan los datos personales automáticamente.

También ingresamos la fecha de inicio y fin de la suspensión.

DATO: El sistema permite realizar la suspensión a partir de 15 de abril de 2020, medida que no comparto para nada, dejando una incertidumbre:  

¿Qué pasa con los primeros 15 días el mes de abril – no se ha mencionado ninguna medida?

Nota sobre la suspension perfecta

Por otra parte, si bien es cierto el sistema no permite colocar desde 01 de abril de 2020, pero si lo podríamos hacer en el formato de la declaración jurada.

Para concluir debemos descargar dos archivos:

  • Declaración Jurada
  • Autorización de notificación por correo electrónico

Los imprimimos y escaneamos juntos en un solo archivo PDF.

Finalmente, el punto más importante, deberás adjuntar como anexo un expediente que sustente lo indicado en los pasos 01, 02 y 03.

carga-de-documentos-de-la-suspension-perfecta

Prepara un Expediente Técnico Financiero

Miguel ¿Algun formato para descargar?

No hay un formato, dependerá de cada empresa y que documentos sustentatorios mostraras.

Por ejemplo, mencionas que no has obtenido ingresos durante el estado de emergencia, lo puedes sustentar con tu declaración mensual, estado de cuenta de la empresa, última factura de venta emitida, etc.

En otras palabras, no solo basta decir, la empresa no tiene dinero, SUSTENTALO.

Si demuestran fehacientemente y  es acompañado de la documentación respectiva, la solicitud presentada debería darse se aprobada.

A la fecha el número de solicitud es: 926-2020.

registro finalizado de la suspension

Plazos para comunicar la Suspensión Perfecta

Según el Decreto Supremo N° 011-2020-TR se establece el plazo máximo para notificar al Mintra sobre la suspensión perfecta de labores.

Carácter Suprarregional o Nacional

Las comunicaciones por vía remota efectuadas por el empleador se realizan como máximo hasta el día siguiente de adoptada la suspensión perfecta de labores, únicamente, a través de la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Carácter Local o Regional

Las comunicaciones por vía remota efectuadas por el empleador se realizan como máximo hasta el día siguiente de adoptada la suspensión perfecta de labores, únicamente, a través de la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Plazos para comunicar la Suspension Perfecta

Dejar sin efecto la Suspensión Perfecta

Cuando con posterioridad al inicio de la suspensión perfecta de labores sea posible la aplicación del trabajo remoto, el otorgamiento de licencia con goce de haber, o la adopción de las medidas previstas, el empleador puede dejar sin efecto, total o parcialmente, la suspensión, debiendo comunicar ello dentro del día hábil siguiente a través de la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Dejar sin efecto la Suspension Perfecta

Preguntas Frecuentes

¿Cuantas veces puedo presentar la solicitud de suspensión perfecta de labores?

Una solo vez puedes presentar la solicitud.

¿El ministerio de trabajo verificará la información enviada?

El mInisterio de trabajo  tiene hasta 30 días hábiles de presentado la solicitud para verificar la información enviada. Posteriormente, emitirá una resolución dentro de los 7 días hábiles de concluido el plazo antes mencionado.

¿Qué pasa si deniegan mi solictud de suspensión perfecta de labores?

Los efectos son dos principalmente:
> El trabajador tiene que incorporarse a sus labores.
> El empleador deberá pagar la remuneración por el tiempo transcurrido.

¿El trabajador debe estar de acuerdo con la suspensión perfecta de labores?

No, es una decisión unilateral que toma la empresa.

¿Qué beneficios tiene los trabajadores que vayan hacer suspendidos perfectamente?

El Decreto de Urgencia Nº 038-2020 menciona algunos beneficios desde retiro de CTS, AFP y hasta una prestación económica de S/ 760 soles.

Puedes revisar el siguiente artículo:

  • Medidas Complementarias a favor de los trabajadores [Decreto Urgencia Nº 038-2020]

Conclusión

  1. Para realizar la solicitud de la suspensión perfecta de labores se debe sustentar con documentos fehacientes mediante un expediente técnico.

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55 comentarios

  1. Luis Miguel Mendoza amaya dice

    1 de junio de 2020 a las 1:32 pm

    Buenas tardes Miguel, agradecerte por la ayuda que nos da, tengo una consulta, ¿Qué pasa si después de presentar la solicitud nos rechazan, se puede volver a presentar una nueva solicitud de suspensión perfecta laboral?, muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2020 a las 2:17 am

      Puedes, pero tendría que ser otro periodo, recuerda la suspensión se presenta maximo luego de 24 horas.

  2. Carlos dice

    31 de mayo de 2020 a las 4:45 pm

    Hola Miguel, una consulta si un trabajador voluntariamente solicita la SPL por 2 meses, como empleador tenemos que comunicar al MINTRA y seguir el dictamen de DS 038-2020 o no es necesario. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2020 a las 2:26 am

      Te recomiendo la Licencia sin goce de haber (no se comunica a nadie).

  3. Aniley dice

    28 de mayo de 2020 a las 1:36 pm

    Hola Miguel,
    Una consulta. En suspensión perfecta debería pagar el 9% de essalud del trabajador? o se omite pagar todo. Y si tenía trabajadores en el SIS también dejo de pagar?. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2020 a las 10:51 pm

      No se aporte EsSalud.

  4. Lilia dice

    29 de abril de 2020 a las 10:06 pm

    Hola Miguel buenas noches, tengo una consulta estoy haciendo la suspensión perfecta laboral de una empresa hoy por 60 días estoy poniendo fecha de inicio 16 de abril pero no acepta el sistema como puedo hacer para que inicie la suspensión desde ese dia ya que no cuenta con liquidez la empresa y no ha tenido operación, aparte no permite el registro por 60 días solo por 30 debo volver hacer el registro el siguientes mes?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2020 a las 12:09 pm

      Solo te aceptara hasta la fecha final del 09/07.

  5. Elena dice

    27 de abril de 2020 a las 5:29 pm

    Muy buena tu explixación, una consulta, al finalizar me sale ocurrió un error, es por que la página está saturada?, por otro lado si cierro sesión se borra todo lo ingresado o queda grabado?, gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2020 a las 2:38 pm

      Si esta con fallas la página.

  6. Noemi dice

    24 de abril de 2020 a las 11:07 pm

    El sistema SPL, al finalizar se cuelga, no me permite finalizar será por sobrecarga o porque estoy considerando la fecha de suspensión del 01/05/2020

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2020 a las 2:35 am

      Esta funcionando erróneamente. Intentalo Nuevamente.

  7. Norcesca dice

    24 de abril de 2020 a las 11:05 pm

    Hay fecha limite para acogernos a la suspensión perfecta de labores, la pagina ha estado mas de los días congestionado que no pude ingresar la información de mi cliente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2020 a las 2:50 am

      La fecha límite seria el 09/07.

  8. Rosa dice

    24 de abril de 2020 a las 4:50 pm

    Buen día Miguel, en un PLAME del RUS , al momento de presentar el l formulario de la SP, al ingresar el DNI del conductor ( esta en planilla Micro ) me sale con observación (NO ESTA EN PLANILLA ) , mi pregunta es que justificación de las observaciones le tengo que dar, o que tratamiento se debe dar al CONDUCTOR de la MYPE

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2020 a las 3:14 am

      No puedes registrar al conductor, si no esta planilla. Por otra parte, dudo que te validen dicha información aplica para trabajadores (distinto al dueño).

  9. Renzo dice

    24 de abril de 2020 a las 11:33 am

    Miguel una consulta :
    Hay un plazo o fecha límite para presentar la Suspensión Perfecta?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2020 a las 5:08 am

      El 09/07.

  10. Manuel dice

    24 de abril de 2020 a las 10:51 am

    Miguel una consulta un contribuyente del RUS puede acogerse a la SUSPENSIÓN PERFECTA. Es un restaurante y tiene 2 trabajadores.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2020 a las 5:11 am

      Si es correcto.

  11. Julio dice

    24 de abril de 2020 a las 9:17 am

    Hola Miguel, presenté mi solicitud de suspensión perfecta laboral por 90, pertenecemos al rubro de restaurant pero aun no sabia lo de delivery, cuando presente la solicitud no inclui datos anexos en todos caso no sustente que no tengo liquidez, ahora con esto del delivery no quiero la suspension, cree que se púeda anular? gracias

    Responder
  12. Miguel Torres dice

    24 de abril de 2020 a las 5:39 am

    Quizás sea la sobrecarga de la información, existe un límite en el peso del archivo. También puede ser problema de la web.

    Responder
  13. Marco dice

    24 de abril de 2020 a las 12:14 am

    En la plataforma del MINTRA de ingreso de información para suspensión perfecta han detallado ahora como “opcional” la casilla donde antes pedian el expediente. Ahora sólo dice sustento de haber realizado acuerdos con el personal (Opcional). Entonces ya no será necesario adjuntar informe de ratios ni inviabilidad econónomica

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2020 a las 5:01 am

      Mientras más información adjuntes es mejor.

  14. Jose Valentin dice

    23 de abril de 2020 a las 7:03 pm

    Hola, muy bien explicado. Seguí todos los pasos, si embargo en la sección de adjuntar, me sale una ventana de “error”, alguna forma para solucionar el problema. Muchas gracias de antemano.

    Responder
  15. Joel dice

    23 de abril de 2020 a las 11:43 am

    Hola Miguel, hice todo el procedimiento pero al final me salió ERROR, intenté ayer y hoy pero ya no se puede ingresar al sistema, hay alguna otra opción de solución? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2020 a las 5:49 am

      Si esta presentando un error, habrá que esperar a que este disponible.

  16. Jennifer dice

    23 de abril de 2020 a las 11:32 am

    Consulta como hago para dejar sin efecto la solicitud de suspensión perfecta, indicas que ingrese a la plataforma virtual del mintra, podrías explicar como porfa? ya llegue a un acuerdo con mis trabajadores al fin, pero necesito anular la solicitud como hago? ayudaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa a que plataforma virtual entrooo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2020 a las 5:50 am

      Esperar que este disponible la página web.

  17. Delia Godoy Carhuayo dice

    23 de abril de 2020 a las 12:21 am

    Muy interesante tu explicación muchas gracias por tu ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2020 a las 6:11 am

      Muchas gracias 🙂

  18. Danny dice

    22 de abril de 2020 a las 4:09 pm

    Muy bien explicado Miguel, muchas gracias. Yo tengo una duda, meses antes de empezar la emergencia sanitaria yo ya contaba con un trabajador con SP dado que la obra para la que había sido contratado no había iniciado aún. En este caso tengo que solicitar la SPL o puedo declarar la SPL como normalmente lo hice meses anteriores? Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2020 a las 6:24 am

      Si esta vigente la primera SP no haces nada. Si ya culminó, genera una nueva.

  19. German dice

    22 de abril de 2020 a las 3:37 pm

    Hola miguel, siempre gracias por tu vocación de servicio.
    Una consulta: tengo mas de 60 años y trabajo en una empresa de limpieza de hospitales. Mi contrato vence el 30 de abril. me pueden despedir?
    tengo beneficios?
    gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2020 a las 6:25 am

      Pueden decir no renovarte el contrato. Si paso eso te corresponde tus beneficios laborales.

  20. Jhobanna dice

    21 de abril de 2020 a las 2:58 pm

    Miguel btardes, entiendo q si voy a sustentar haría en un documento aparte y aduntando otros sustentos en un sólo PDF? Y en DJ la parte de anexo no pondría ya nada, estoy en lo correcto? Gracias x tu respuesta, saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2020 a las 2:30 am

      Si, en el adjunto es la declaración jurada + el correo electrónico, en el segundo adjunto tu justificación.

  21. Lesly dice

    21 de abril de 2020 a las 12:31 pm

    Hola Miguel, una consulta, se esta diciendo también que para consignar la fecha en que inicia la suspensión se debe tener en cuenta que no se puede colocar fechas anteriores a la fecha actual por lo tanto si hoy es 20 de abril , es posible poner 01 de abril o 15 de abril?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2020 a las 2:32 am

      El sistema no permite.

  22. Jhon Condori dice

    21 de abril de 2020 a las 9:30 am

    Miguel una consulta , la suspensión perfecta de labores también significa que dentro de esos 90 dias la empresa estará cerrada, o puede seguir vendiendo o brindando servicios??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2020 a las 2:36 am

      Puedes seguir operando.

  23. Pedro Ccanto dice

    21 de abril de 2020 a las 9:30 am

    Miguel buen día una consulta tenemos una trabajadora en planilla pagamos todos los beneficios de ley, pero somos una entidad privada sin fines de lucro, es un colegio profesional denominado colegio de ingenieros de huancavelica, puedo aplicar la suspensión perfecta de labores?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2020 a las 2:37 am

      Aplica lo que dice el artículo, si tienes la justificación.

  24. Nadezna dice

    20 de abril de 2020 a las 4:42 pm

    Hola Miguel , buenas tardes. Una pregunta … Si el motivo de la empresa para la suspensión perfecta es problemas económicos debe probar acuerdos con los trabajadores ( adopción de medidas como vacaciones vencidas , vacaciones adelantadas , etc) , si en realidad la empresa no cuenta con ingresos este mes para cancelar vacaciones adelantadas , licencias con goce , etc.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de abril de 2020 a las 2:48 am

      Mientras puedes sustentarlo no habría problemas en aplicar la suspensión perfecta de labores.

  25. Miagros dice

    20 de abril de 2020 a las 1:54 pm

    Hola Miguel, un gusto saludarte:
    Tengo mi empleada del hogar, corresponde la suspension perfecta?, normalmente cada mes pago su seguro y sueldo mas beneficios sociales.
    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de abril de 2020 a las 2:53 am

      No aplica, es mejor llegar a un acuerdo.

  26. Yessica dice

    20 de abril de 2020 a las 12:47 pm

    Hola Miguel una empresa que ha recibido el subsidio del 35% y luego solicita la suspensión perfecta de labores, aun asi esta obligada a depositar la CTS?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de abril de 2020 a las 3:05 am

      Si claro, la obligación existe.

  27. Isabel dice

    20 de abril de 2020 a las 12:18 pm

    Hola Miguel gracias por tu aporte, los documentos a adjuntar será necesario que sean firmados por el representante Legal?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de abril de 2020 a las 3:06 am

      Es correcto.

  28. Luis Morales dice

    17 de abril de 2020 a las 12:26 pm

    Se dijo sobre la fecha de inicio de la SP en virtual desde el 15/04, así mismo secomentó que en la DJ fisica se debe poner la SP desde el 01/04.-Para ambos casos; cual seria la fecha para el fin de la SP?-De ser el inicio del 01/04, el fin seria 30/06?-De ser el inicio del 15/04, el fin seria el 15/07?-¿Cómo evitar el conflicto de fechas entre lo ingresado en el sistema virtual y la DJ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:58 am

      Mi opinión es colocar desde 01/04, motivado que el gobierno solo legislo para la primera tramo del estado de emergencia (licencia con de haber compensable), posteriormente no hay publicado nada. Sobre la fecha de fin depende de cada empresa, el maximo es 90 días, pero puede ser menor.

  29. César Lujan dice

    17 de abril de 2020 a las 8:31 am

    Hola Miguel, buen día, estoy tratando de solicitar la SPL de una empresa de transporte sigo los pasos pero al final me sale error, quizás puedas ayudarme, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 2:07 am

      Debe ser por la saturación de la red, intentalo en las noches o madrugadas.

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