Miguel ¿Cómo realizo un reparo IGV por exceso de gastos de representación?
En primer lugar, deberías analizar el monto del reparo IGV.
Este tipo de problema es muy común que lo comentan las microempresas y pequeñas empresas.
¿Por qué?
El abuso descontrolado de los gerentes de pedir factura por todas las reuniones, almuerzos, celebraciones, gastos familiares, etc.
En este artículo les compartiré la incidencia tributaria respecto al IGV, por exceso en el uso del gasto de representación.
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
Requisitos Sustanciales del IGV
En el artículo 18 del TUO de IGV menciona en su inciso a) :
Tratándose de gastos de representación, el crédito fiscal mensual se calculará de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca el Reglamento.
Notar que se habla de crédito mensual, y este se calculara de acuerdo a lo que menciona el reglamento.
Ojo no se habla de cálculos anuales sino más bien mensual.
En el numeral 10 del artículo 6 del Reglamento del IGV menciona:
Los gastos de representación propios del giro o negocio otorgarán derecho a crédito fiscal, en la parte que, en conjunto, no excedan del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos acumulados en el año calendario hasta el mes en que corresponda aplicarlos, con un límite máximo de cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias acumulables durante un año calendario.
Por lo tanto, el cálculo del 0.5% de los ingresos brutos se realiza hasta el mes que corresponda aplicarlos (esa es la clave), una aplicación errada es realizarlo de anual.
Reparo IGV: Facturas de Almuerzos
La empresa Noticiero Contable SAC en el mes de enero 2023 solicito factura por consumo de S/ 250 + IGV. Por otra parte, los ingresos brutos del periodo de enero 2023 fueron S/ 15,800.
Analicemos si la empresa puede considerar como crédito fiscal dicho comprobante de pago por consumo.
Periodo: enero 2023
Ingresos Brutos: S/ 15,800
Gastos Representación: S/ 250
Ingresos Mensuales | Límite (0.5% I.B) | Gasto Represent. | Exceso | Reparo IGV |
---|---|---|---|---|
15,800 | 79 | 250 | 171 | 31 |
Para empezar, la empresa en el mes de enero 2023 tenía el tope de S/ 79 soles para consumo por gastos de representación.
Por consiguiente, al considerar una factura por consumo de S/ 250 soles, notamos un exceso.
Finalmente, se determina el reparo IGV a realizar.
Cómo puede solucionar el Reparo IGV
Una solución errada a este problema, es no registrar más facturas de consumo en el ejercicio, de esa manera en el cálculo anual los ingresos brutos (0.5%) ya no excederá el límite.
El problema de esta solución, es el momento en que se realiza el análisis del crédito fiscal vs gastos de representación, ya que el reglamento lo menciona claramente:
Los gastos de representación propios del giro o negocio otorgarán derecho a crédito fiscal, en la parte que, en conjunto, no excedan del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos acumulados en el año calendario hasta el mes en que corresponda aplicarlos …
Como puedes notar, el cálculo del límite se realiza hasta el mes de su aplicación.
Por ejemplo, si deseas analizar el uso del crédito fiscal en septiembre, tienes que realizar el cálculo hasta setiembre (Límite de los Ingresos Brutos).
Conclusión
- El análisis para tomar el crédito fiscal por gastos de representación se analiza mensualmente.
Migue que tal, eh, o sea quiere decir que si en el periodo enero hay un exceso, reparo el IGV de aquel periodo. Ahora si en febrero no se excede entonces por consiguiente no se hace nada. Y si en el periodo marzo nuevamente al hacer el análisis hay un exceso, se tiene que reparar el IGV por aquel periodo, y así en cada mes que se exceda aquel límite estoy entendiendo 😉
Y aquel reparo como no se puede utilizar como Crédito Fiscal, se lo manda al gasto no es así.
HOLA, UNA CONSULTA TENGO UN NEGOCIO Y DE VEZ EN CUANDO PIDO FACTURA EN EL RESTAURANTE “POR CONSUMO” SE DEBE DECLARAR? Y DONDE O COMO?
Una consulta
En caso de ser una persona natural con un negocio de venta de artesanías, la compra de insumos para alimentación de la misma está sujeta tambien al limite?
Buenas tardes Miguel.
En la empresa industrial donde trabajo hay perros que forman parte del personal de seguridad, mi consulta es si hay un reglamento o algo donde diga si puedo usar el crédito fiscal por los gastos relacionados a los perritos?
Hola Miguel,por favor tu apoyo. Somo s empresa de servicios y tenemos 6 personas en planilla, y cuando tenemos trabajos grandes contratamos personal eventual cuyos viaticos como almuerzos , cenas es por cuenta de la empresa. la factura por compra de almuerzos y cena se usa para el credito fiscal, esto es correcto?
Mientras estés dentro del límite de gastos de representación no hay problema.
Todo Bacan la informacion. Pero no estaria mal, que salgas en tu imagen personal bien aseado, y peinado, hay que hacer quedar bien a los contadores, sino nos confunden con ambulantes, por lo demas buen Blog.
Oe David…..tu no te metas…
Contestando tanta pregunta que tiempo va ha tener para peinarse….digo
Miguel una consulta en el caso de que el cliente me traiga facturas por compra de combustible para los vehiculos de su empresa, el igv de dichas facturas se considera para el credito fiscal?
Si es correcto.
Estimado Miguel,
Muchas gracias por toda la información.
Tengo una consulta; Mi consulta es para persona natural. La pregunta es, si solicito factura por estos consumos del 15%, alimentación, etc, me sirve para algún aspecto de la declaración anual?.Saludos
Como persona natural si sirve para las 3 UIT para bajar tus rentas de trabajo (4ta + 5ta).
Estimado Miguel ;en el caso que la empresa tenga trabajadores que viajan mucho a provincia por proyectos allá y tienen que ir a alojarse y gastar en alimentación. Yo por temor a no pasarme del limite he tratado de no tocar esos documentos en el tema de las declaraciones de IGV mensuales, pero esas facturas las puedo usar como gasto ahora para la dj anual?
Gracias Miguel!
Si es correcto, existe causalidad del gasto.
Si claro puedes usar el crédito fiscal, en general puedes usar una factura hasta con 12 meses de atraso.
Hola!
Quisiera saber cuanto es el importe diario que un trabajador puede percibir por refrigerio y movilidad en planilla… Hay un limite mensual en cuanto a refrigerio y movilidad?
Espero que me puedas ayudar.
Gracias!!
No hay limite legal.
Hola, una consulta
si la empresa es una EDITORIAL y los libros están exonerados del IGV , se realizan gastos de representación el cual por medio de asientos contables la factura sea usada en un 100% al gasto. Existe un limite de uso según la normativa de IR?
No existe limite, pero existe un principio básico solo deduces como gasto aquello que te produce ingreso gravado. Lo mismo ocurre con el IGV.
Hola Miguel,
Una factura por, unos lentes y monturas para el titular-gerente, de una EIRL, pueden ser declaradas como gastos mensual.
Saludos,
Parece mas un gasto personal.
Hola .. digamos que necesito calcular de enero a octubre sumo todos los ingresos y calculo el 0.5 y en el caso si quiero calcular en noviembre vuelvo a sumar hasta enero hasta noviembre y calculo el 0.5 y seria un nuevo monto cierto?
Es correcto.
Estimado miguel torres, una factura emitida por DESAYUNO es valido para procesarla y solicitar su reembolso de gasto.
Si el gasto es causal, es valido el gasto.
Estimado Miguel,
Mi consulta es, ¿puedo registrar en los Libros electrónicos una Factura que me entregaron dentro de la fecha para la declaración mensual y se me pasó y no lo declaré? ¿puedo hacerlo en el siguiente período sin el sello con fecha de entrega que se le solicita al proveedor en caso de realmente no haber entregado a tiempo? Te agradezco tu atención.
En el registro de compras electrónico, no puedes agregar facturas.
Hola miguel si estuviese en el régimen especial ingresaría facturas de por consumo? y hasta cuanto se ingresaría.
Si bien es cierto la norma no regula eso, pero puedes tomar como base el RG.
Excelente, muchas gracias por la información.
Gracias, buen día 🙂
Excelente explicación bendiciones Miguel.
Gracias, buen día 🙂
Excelente Miguel, Bendiciones.
Muchas gracias 🙂
Gracias por la información miguel, de mucha ayuda para evitar contingencias tributarias.
Muchas gracias, que tengas una super semana.
Excelente y preciso, gracias por tus explicaciones, Miguel¡¡¡
Gracias, buen día.
Hola Miguel, te felicito por la información que nos brindas diariamente.
Mi consulta es:
En caso que la empresa sea nueva ( se creo en junio) y en los meses de junio y julio a tenido gastos por consumo de almuerzos con clientes y proveedores pero en dichos meses no a tenido ventas.. Sino en el mes de agosto recién va tener ventas. El crédito fiscal de dichos meses ya declarados es valido?
No es valido, reparo.
Miguel, saludos: en este caso como se relaciona con la prorrata del crédito fiscal, ya que para el RC nos indica si es gravada para ventas gravadas, las no gravadas y ambas; frente al % de los gastos de representación ¿cuál prima?
Buena pregunta, lo conservador seria tomar el 100% de la factura para verificar el limite (teniendo en cuenta que no se tomara el 100% del crédito fiscal del comprobante por aplicar la prorrata).
Miguel , mi empresa se dedica al servicio de diseños y eventos ,y tiene muchas facturas POR CONSUMO, normal las registro? ademas las puedo considerar como un gasto de ventas o un costo?
Tienes que tener claro la diferencia entre costo y gasto, si es parte del costo no hay limite para usar dicho desembolso.
Buenas, gracias por su explicación, pero en caso si después de rectificar el IGV aún tenemos crédito fiscal (a favor) se pagaría por el crédito fiscal rectificado de todos modos?
Por el crédito indebido.
Hola , Miguel buenos días : Las facturas y boletas que detallan la frase ¨por consumo¨ si son aceptadas para deducir costo o gasto ?
y cual es la diferencia entre los gastos de representación y aquellos gastos por viáticos realizados por trabajadores dependientes e independientes para realizar algunas funciones de la empresa (caso empresa de servicios de asesoría y capacitación ?)
En primer lugar los comprobantes no deberían tener dicha descripción, solo es valido “por consumo” para servicios de comida (restaurante). Los gastos de viaticos no tienen limite.
Una consulta una PN del RG, sus ingresos son comisiones por venta y captacion de nuevos vendedores de productos naturales, realiza gastos en consumo de reuniones de capacitacion con los nuevos vend. y se esta usando el CF el 100% , es correcto; pues no tiene otros gastos salvo telefono, pues su labor es mas de campo.
Gracias por tu respuesta.
No puedes usar el 100% CF, tienes que analizar el limite de los gastos de representación.
Hola, con respecto al tema quería consultarte: en el caso de una persona natural con negocio propio en este caso brinda asesorías y tiene que viajar constantemente y gastar en restaurantes y hoteles.. estos gastos si son deducibles??? o también aplica el límite señalado??? te agradecería me lo aclares por favor.
Gracias
Tendrías que distinguir los gastos de alimentación y hospedaje vinculados a un servicio (establecido mediante contrato), no estará sujeto a limite, de los gastos que utiliza para promocionar su negocio (reuniones, alimentos, viajes). Lo más conservador es todo respetar el limite.
Como siempre preciso Miguel.
Muchas gracias 🙂
Hola Miguel, de la misma forma que en un comentario anterior, si están reconocidos los gastos de viáticos diarios al personal que está en planilla, esto se conforma como costo de ventas, verdad? y en este caso, el IGV si se configura como sujeto de crédito fiscal.
Muchas gracias por tu apoyo,
Saludos
César Bazán
Si gasto de viaticos es costo no esta sujeto limite y por ende es crédito fiscal.
Exelente información Miguel ! C:
Tus publicaciones son muy didacticas y super entendibles C:
Bendiciones !
Muchas gracias por el comentario 🙂
Mis estimado si te entendi bien el uso del crédito fiscal es hasta el mes en que corresponde aplicarlo:
Si utilizo el Crédito en Enero hago el calculo solo de enero.
Si utilizo el crédito en Septiembre hago el calculo sumando los ingresos de Enero hasta Setiembre.
Correcto?
Es correcto amigo.
Hola muy buenos dias… Que se entiende por ingresos brutos?. Es que es 0.5%x(base imponible de mis ventas) o seria el 0.5% x (ventas netas – costo de ventas)? Gracias
Es la base imponible de tus ventas – los descuentos otorgados (nota de créditos).
Esto solo aplica cuando estamos hablando de gastos de representación, porque si es una empresa se servicios por ejemplo que contrata personal para eventos específicos y dentro de sus viáticos considera almuerzos o cenas, este gasto si es deducible y es aceptado el Igv. Me gustaría un comentario al respecto.
Es correcto, una cosa es “gasto” y otro “costo”.
Hola muy bueno tu articulo y como haria para subsanar si ya me pase como en tu ejemplo. Saludos!!!
Ya no se puede subsanar dichos errores, solo te quedaría cambiar las facturas de compras.
Por favor podrias publicar un ejemplo con un consuml en julio o setiembre para aclarar algunas dudas.
Gracias
Lo tendré en cuenta para la actualización del artículo.
Una consulta es para todas las empresas o sola las que están registradas en las microempresa o pequeña empresas?
El beneficio de las gratificaciones es para todas las empresas, salvo algunos regímenes laborales que se rigen por sus propias reglas. Por ejemplo las microempresas no estan obligadas a pagar este beneficio. Otro ejemplo las trabajadoras del hogar solo reciben el 50% del beneficio.
Muy buena aclaración pero en el registro de compra como registro?
Solo registra las operaciones dentro del limite, en caso de reparar IGV por exceso, solo ajustas cuentas. Se entiende que tu registras lo que declaras, por eso es importante llevar tu control mensual.
Muy bueno así estamos más enterados de lo impuestos, y no cometemos errores.
Esa es la idea 🙂
Muy bueno y facil y sencillo, se entiende..
Gracias por el comentario 🙂