Según el estudio Miranda & Amado Abogados, dicha propuesta busca flexibilizar algunos criterios rígidos que se tenían sobre ceses colectivos.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó hoy un decreto supremo para establecer que aquellas empresas que tengan resultados negativos en sus utilidades operativas durante tres trimestres consecutivos podrán realizar despidos colectivos de sus trabajadores.
La norma establece que la terminación colectiva de los contratos de trabajo por motivos económicos también podrá darse en una situación en la que de mantener la continuidad laboral del total de trabajadores eso implique pérdidas.
Esta segunda situación deberá ser sustentada con el informe que, para tal efecto, deberá elaborar una empresa auditora autorizada por la Contraloría General de la República.
“Esta norma modifica disposiciones de ceses colectivos que buscan flexibilizar algunos criterios rígidos que se manejaban”, señaló el Área Laboral de Miranda & Amado Abogados.
Por otro lado, el MTPE estableció que un proceso de arbitraje potestativo en una negociación colectiva puede darse siempre que exista un mínimo de tres meses de negociación infructuosa.
Anteriormente, en esta causal de solicitud de arbitraje, la legislación establecía que dicho proceso podía darse desde el primer día que un sindicato negociaba por primera vez con su respectiva empresa.
Diario Gestión (21/11/2014)
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