Un problema que muchas veces tienen los encargados de planillas, es sobre el cálculo de la gratificación de trabajadores con remuneraciones variables (horas extras, comisiones, bonificaciones, vales, etc).
Muchas empresa con el fin de incentivar a su grupo humano, utilizan incentivos como los bonos, bonos que van tener diferentes tipos de connotación y que para percibirlo habrá que realizar una meta, pasar un suceso, una fecha importante, etc.
Las Bonificaciones
Muchas empresas entregan bonificaciones a los trabajadores por diferentes motivos, por ejemplo cuando un trabajador cumple años la empresa puede decidir darle un reconocimiento (cantidad de dinero), quizás también por el aniversario de la empresa, como también por cumplir ciertas metas de ventas , el trabajador puede percibir una bonificación mensual.
¿Son computables o no las Bonificaciones?
Muchas veces cometemos el error de generalizar un concepto remunerativo, como las bonificaciones por ejemplo y lo resumimos en “las bonificaciones SI son computables” o en “las bonificaciones NO son computables”.
Para saber si las bonificaciones se incluyen en el cálculo de la gratificación, se tiene que analizar la NATURALEZA del concepto remunerativo, para este caso analizaremos algunos casos:
1. Bonificación por metas, en este caso dichas bonificaciones si serán consideradas como remuneración principal, esto se debe a que prima el carácter de regularidad, quiere decir que se presume que el trabajador percibirá dicha bonificación cada mes, es por ello que solo existe un requisito, dicha bonificación deberá ser percibida como mínima en 3 meses para que sea computable, en base a lo que menciona el articulo 3.1 del Decreto Supremo N° 005 -2002 – TR
2. Bonificación por cumpleaños, este tipo de bonificación al percibirse solo una vez cada año, no cumple el carácter de regularidad, además de ello al no ser percibida como mínimo en 3 meses dentro del periodo de cómputo, no se considera como remuneración computable, en base al artículo 3° de la Ley N° 27735.
3. Bonificación por aniversario de la empresa, de la misma manera al no cumplir el carácter de regularidad no será computable.
Caso Práctico
1. El Sr. Miguel Torres trabaja como cantante en la empresa Mayimbe; se pide calcular el valor de su gratificación para el periodo de Julio 2012, teniendo en cuenta la siguiente información:
Miguel Torres Chauca
Amigo puedes copiar este articulo en tu blog o pagina web, solo no te olvides de colocar el autor y la fuente (www.noticierocontable.com), en base al Decreto Legislativo Nº 822.
María Fuentes dice
Hola Miguel,
Soy Asistente administrativa y estoy cubriendo actualmente un puesto de analista de tesorería por 5 meses me dan un bono mensual desde 01 diciembre 2021 deberían considerarlo para mi gratificación o debo cumplir la regularidad de los 3 meses ?
Miguel Torres dice
Si es un bono mensual, no debe cumplir regularidad.
Miguel Salazar, pregunto, porque Miguel Torres respondió que no necesita la regularidad de 3 meses, si es una bonificación complementaria, entonces en que casos si y en que casos NO? Mi correo es 2015mafa@gmail.com dice
Me gustaría que el autor Miguel Torres, precise mas claro, cuándo un concepto remunerativo complementario o suplementario debe de cumplir con regularidad para recién incorporar en los calculos de beneficios sociales, y en que casos no se debe exigir que haya recibido 3 meses.?
Diego Salazar dice
Buenas noches, una consulta, ¿que es bono regular? y quiero saber si es Remunerativo o no Remunerativo.
Miguel Torres dice
No existe esa definición en las normas.
Marianella dice
Buenas noche el bono de productividad, tiene limites cuantas veces al año se da , esta afecto a descuentos a un apersona q esta en planilla . esa gasto ?
Miguel Torres dice
Es un concepto remunerativo.
Alfredo dice
Yo gano 4500 soles mensuales brutos pero he recibido mensualmente bonificaciones por metas todos los meses del 2019 por 3000, si renuncio en enero 2020, debo presumir que mi liquidacion sera la suma de los 4500 + 3000 como mi nueva base para el calculo por ya ser regulares….o es borron y cuenta nueva y mi liquidacion es en base a los 4500.
Saludos.
Miguel Torres dice
Si ingresaran para el calculo de la liquidación tus bonificaciones.
Jackelin dice
Buenas tardes estimado una consulta hay algún tipo de bono que no esta afecto a essalud ni a aportaciones.( si fuera el caso que bono seria para considerarlo cada mes y sea continuo )
por favor espero su respuesta
Miguel Torres dice
No existe eso, salvo condición de trabajo.
Leonardo dice
Una consulta si entro a laborar el 05/01 solo se calculara en base a 05 meses? o tambien los dias para el pago de gratificaciones de fiestas patrias
Miguel Torres dice
Solo por 5 meses.
Josue dice
Bono por movilidad entran para el calculo de las gratificaciones ?
Miguel Torres dice
Si es libre disponibilidad, si entra.
Celia dice
Si se otorga cada año un bono por cumplimiento de objetivos y se continua otorgando este beneficio por más de 3 años, la naturaleza del bono se convertiría en remunerativa? Es decir, ya estaría afecto a considerarse dentro de los beneficios sociales?
Miguel Torres dice
Es correcto, es remunerativa.
Ivan dice
Las horas nocturnas son computables para los beneficios sociales?
Miguel Torres dice
Si, siempre que cumplan el requisito de regularidad.
Edyth dice
Buenas noches Miguel,
a que está afecto las bonificaciones extraordinarias? si estas se otorgan por única vez, de acuerdo a los resultados obtenidos del periodo 2018
Miguel Torres dice
Si esa bonificación es por resultado, año tras año, si esta afecto a beneficios laborales.
Gabriel Fernández de Córdova C. dice
Buenas tardes:
Las bonificaciones por destaque a que están y no están afectas?.
Muchas gracias.
Miguel Torres dice
Esta afecto a beneficios y descuentos de ley.
Kevin Valdivia dice
Miguel que tal, estoy en planilla desde el 1/09/2016, mi básico es 1,000 soles + 400 de movilidad + 400 de bono (a secas), nos pagan asi para reducir el gasto en onp y essalud, lo que percibo por movilidad y por bono, al ser aportes continuos desde hace más de 3 meses, ¿entran en el cómputo para el pago de mi cts y liquidación?, el régimen del empleador es de “pequeña empresa”.
JOSE SULOAGA SALAZAR dice
Miguel, buenas tardes.
Yo percibo una parte de mi sueldo como condición de trabajo, esta es mensual desde el 2016 y de mi libre disposición. Y no esta siendo considerada por mi empresa para el calculo de mis gratificaciones, CTS, etc. Favor su comentario . Muchas gracias.
JOSE SULOAGA SALAZAR dice
Miguel, buenas tardes.
Yo percibo una parte de mi sueldo como condición de trabajo, esta es mensual desde el 2016 y de mi libre disposición. Y no esta siendo considerada por mi empresa para el calculo de mis gratificaciones, CTS, etc. Favor su comentario . Muchas gracias.
Xeryus dice
Hola Miguel una consulta que pasa si mi sueldo esta conformado por mi basico y un bono de movilidad y etc que me lo van dando todos los meses desde hace mas de 2 años. Ese bono deberia de incluirse en el calculo de liquidacion??
Josemaria Gil Alvan dice
Hola Miguel buenas tardes…tengo una duda….en el caso que se de desarrolle la planilla de remuneraciones y en esta los trabajadores perciben ingresos como alimentos, horas extras, bonificacion, asignacion familiar y otros, como se calcula la gratificacion? Seria de mucha ayuda si me dijeras en que decreto o ley puedo encontrar esto…gracias de antemano!
Elizabeth dice
Hola Miguel
Como se considera la bonificación por cargo?( ejem. jefe de Ventas le pagan s/1,000.00 mas a parte de su sueldo).
Si sale de vacaciones 15 dias se le prorratea para pagar el sueldo:( 2,000 +1,000 bonif.)/30 *15 … o es 2,000.00 /30*15 + 1,000.00
por favor ayudame en eso en la empresa dicen q se paga el integro de la bonif. al igual que la asignación familiar.
Martha dice
Hola miguel en donde trabajo desde el 2012 me dan dos bonificaciones al año, el año pasado me dieron solo una y este año no me han dado y no quieren hacerlo y el resto del personal si recibió, como puedo hacer valer ese derecho, ya que en mis boletas de pago reflejan dichos pagos como Bonif. Extraord. desde el 2012. gracias
Miguel Torres dice
Puedes quejarte al ministerio de trabajo.
Marlisse dice
Hola miguel que tal una consulta como sacas el 125.78 de las bonificaciones extraordinarias por favor espero tu respuesta gracias
Miguel Torres dice
Es el 9% del valor de las gratificaciones, recuerda que en caso de EPS, es el 6.75%.
Sandy dice
Hola Miguel,
Que tal, una consulta, como sería en el caso de promedio de vacaciones para personal comisionista, que no ha percibido comisiones todo el semestre,solo en 3 oportunidades, es muy urgente por favor tu apoyo.
Favor brindame un correo o numero de contacto.
Gracias.
Miguel Torres dice
En ese caso es la sumatoria de las comisiones entre 6. Tienes que seguir la regla de la CTS.
Alberto dice
Una Consulta si un trabajador está en una Micro empresa y ha venido recibiendo gratificación, la última que recibió fue en diciembre 2016, pero la empresa decide ya no dar dicha gratificación ahora en Julio 2017, por que la micro empresa no tienen derecho a dar gratificaciones.hay alguna Contingencia, al no aportar dicha gratificación.
Miguel Torres dice
Si lo has echo por dos años consecutivos, debes hacerlo siempre.
adrian dice
MIGUEL UNA CONSULTA
TENGO UN TRABAJADOR QUE A PERCIBIDO UN BONO COMO CONDICIONES DE TRABAJO POR 9 MESES.
ENTRARIA PARA SU LIQUIDACIONES.
Lady dice
Hola en verdad me ayudan mucho tus ejemplos 🙂 .. te quería consultar algo cuando se calcula las horas extras se tiene en cuenta la gratificación?.
Te agradecería de ante mano tu respuesta
Miguel Torres dice
No se toma en cuenta.
Maria Elena dice
Donde trabajo dan 2 bonos extraordinarios al año, tengo hasta la fecha 5 años en la institución y en mis boletas figuran dichos bonos, este año, aun no la dan, pero creo que me la quieren quitar, es eso posible? la empresa puede decidir a quien si y a quien no le da, Gracias espero puedas ayudarme.
Miguel Torres dice
Si hay un fundamento escrito por el que otorgan el bono, por ejemplo si las ventas aumentas un 10%, pueden hacerlo al no cumplir el requisito. Pero si no hay nada, no pueden quitarlo.
ROBERT dice
Estimado miguel una consulta cuando una empresa te da un bono a fin de año porque tuvo bueno ingresos como se podría considerar en el plame y estaría afecto a impuesto y a beneficios.
Danny dice
Una consulta dentro de los conceptos computables para el cálculo de las horas extras también ingresa la sobretasa por trabajo en horario nocturno ?
Miguel Torres dice
La sobre tasa de horario nocturno es la base calculo (Tu sueldo 1000, la base calculo es 1147.50).
Danny dice
Gracias por sus aportes.
Ketty dice
Buenas tardes
Felicitaciones por el blog:
Consulta: si un trabajador tienes mas de un año trabajando en la empresa con un sueldo de S/ 1,000, y le ofrecieron pagar un bono de S/. 200 por su cumpleaños junto a su gratificación en diciembre.
El calculo final seria 1000+ 90+200= 1,290.00 (El monto a pagar al trabajador seria de S/ 1,290.00).
Gracias por su respuesta.
Miguel Torres dice
El bono de cumpleaños es no computable para la gratificación.
miguel ramirez dice
la condición de trabajo por trabajo en altura, clima entra al pago de la gratificación y en norma esta basada.
Denisse Chujutalli Arguelles dice
Se quiere dar un bono a un trabajador por apoyo en otra sede, obviamente este solo sera temporal en que concepto debo colocarlo en el PLAME, y si es bonificación a que esta afecto. Gracias por la respuesta….
Miguel Torres dice
Si es eventual, puedes crear el concepto en la opción: Mantenimiento de Conceptos del Plame.
Susan Agurto dice
Hola, Miguel! Una consulta. El pago de Bonificación a los trabajadores por buen desempeño, está afecto a Renta de 5ta Categoría?
Espero tu pronta respuesta. GRACIAS! 🙂
Miguel Torres dice
Esta afecto a 5ta categoría.
Elizabeth dice
Hola Miguel, si doy por tres años consecutivos bonificación por Cargo y Antigúedad , este Bono pasa hacer parte de la remuneración del trabajado. Quiere decir que ya no seria posible quitarlo.
Miguel Torres dice
No sería posible quitarlo.
Edgar dice
Hola Miguel trabajo como asesor de ventas .desde octubre 2015 he renunciado el 15 de julio 2016.
Tengo dudas respecto a lo sgte. Cuando me calculan mis comisiones Bueno del importe a comisionar descuentan el 30% y lo ponen en boleta como bono de productividad y no lo afectan a descuento de seguro.
Consulta estas cantidades no entran en calculo de gratif y liqidacion.
De antemano las gracias
Ronald dice
Una consulta…si una empresa no esta obligada a pagar gratificación por estar inscrita en la mype como micro empresa…pero el director les desea dar una bonificación, se que lo puede hacer…pero en la plame con se refleja en que casilla iria….te agradeceria bastante tu respuesta
Miguel Torres dice
En el PLAME puedes crear un concepto remunerativo, de acuerdo al nombre que le pusiste.
Rosa dice
Hola mi comentario es si tengo trabajadores que son vigilantes y se les paga la bonificación por noche esto entraria para el calcula de la gratificación.
Miguel Torres dice
Es correcto ingresa al cálculo.
Vicky dice
Hola Miguel, consulta, los bonos de reconocimiento de afp, que se paga mensual a los trabajadores, son computables para el calculo de CTS, gratificación y vacaciones?
Miriam dice
Hola miguel una pregunta si la empresa es mype y no se debió pagar asignación familiar pero a este trabajador se le estuvo pagando asignación familiar como quedaría , así mismo se le quita o ya forma parte de un concepto principal como se estuvo pagando todos los meses .
Miguel Torres dice
En ese caso ya tendrás que pagarle regularmente, a menos que converses con el trabajador y le hagas entender.
Dennys dice
Hola mi nombre es dennys una consulta tengo una bonificación por producción que se dieron solo dos veces en diciembre 2015 y febrero 2016 para el calculo de liquidación ya que se retira el 31.12.2016 esos bonos entraria en promedio?
Miguel Torres dice
No ingresa.
Manuel dice
Si un trabajador le pagan bono de productividad por 6 meses esta afecto a grati, liquidación cts gracias
Miguel Torres dice
Si es correcto.
Alejandro dice
Hola Miguel, de antemano gracias por la respuesta. Mi pregunta es el siguiente.
Si percibo todos los meses una bonificación invariable como parte de mis ingresos, está afecto para determinar horas extras, si es que me quedo mas horas trabajando.???
Miguel Torres dice
No ingresaría al calculo.
Alberto Vargas dice
Hola, tengo metas mensuales de venta, en la empresa que trabajo, las metas las han puesto trimestrales, lo que hacen es sumar las metas mensuales. Pero el pago es trimestral, de esta forma lo recibo cuatro veces al año, dos veces en cada semestre. Estos ingresos, no me los consideran para el computo de mis gratificaciones, esto es legal?
Miguel Torres dice
Es legal si esta estipulado en tu contrato de trabajo, lamentablemente es un medio para evitar que dichas comisiones ingresen en el calculo de la gratificación.
Karla dice
Buenos dias al gerente de la empresa se le puede dar una bonificación por solo el mes de noviembre y quisiera saber que bonificación puede recibir y a que esta afecto esta bonificacion
Miguel Torres dice
Si le entregas una sola vez al año, no cumpliría el requisito de haberlo percibido mínimo 3 veces en un periodo por ende no entraria al calculo.
Diana dice
Hola, llevo trabajando en una empresa desde el 01/02/2015 con un sueldo de 1200 (básico) y 300 (bono), el 30 Abril me pagaron una liquidación por esos 3 meses y me dieron otro contrato a partir del 01/05/2015 con el mismo sueldo y bono, mis pregunta son:
+ ¿Para el calculo de mi gratificación de Julio se tomara en cuenta el bono de 300?
Lo digo porque mi nueva fecha de ingreso es de 01/05 y según lo que sé, es que el bono tiene que tener un mínimo de 3 meses, o se consideran los meses pasados antes de mi liquidación.
+ ¿El bono tuvo que ser considerado también para el calculo de mi liquidación.?
Gracias
Miguel Torres dice
Lo más probable es que la empresa este considerando ese bono, como una remuneración no computable, por ende no lo considera para los beneficios laborales. Lo que tendría que analizarse es la naturaleza del bono.
Lidis dice
Hola
Las comisiones estan afectas a los descuentos para ONP o AFP desde el primer mes?
Miguel Torres dice
Es correcto están afecto.
Enma dice
El caso de mi esposo es el mismo pero es correcto q no se considere si ya tiene 10 meses rwcubiendo el mismo bono pero con contratos de 3 meses
DELIA dice
1) Que por pacto colectivo se dispuso la bonificación por el día del trabajador municipal y se otorga a cada servidor por un importe del 50% de su remuneración total en noviembre. Asimismo a través de resolución de alcaldía se aprueba criterios técnicos para el otorgamiento de las asignaciones, bonificaciones, aguinaldos y demás beneficios concedidos a los trabajadores municipales; disponiendo sobre la bonificación por el día del trabajador municipal lo siguiente:
(…)
2.- Beneficios de Periodicidad Especial:
a. Bonificación por el Día del Trabajador Municipal.- En forma proporcional sobre la treceava partes (03 meses); es decir, proporcional a los meses trabajados de septiembre a noviembre en el año fiscal que corresponde pagarse, y con un mínimo de un (01) mes como tiempo de servicio computable al 05 de noviembre de cada año.
(…)
2) Si, mediante Resolución de Alcaldía, se otorga licencia sin goce de haber, a la servidora municipal, por el término de 60 días, con motivo de su participación en el proceso electoral regional y municipal 2014, efectivo a partir del 12 de agosto de 2014 al 12 de octubre de 2014.
Sueldo de la trabajadora: 2500
¿Corresponde a la servidora la bonificación por el día del trabajador municipal, en caso de corresponder cuando le corresponde, indicar procedimiento?
Miguel Torres dice
Si la trabajadora estaba con permiso sin goce de haber , dicho tiempo no es computable para beneficios, porque se entiende que no es tiempo laborado. En tu caso no le correspondería la bonificación.
Ram dice
Buenos dias, si ingrese a laborar el 19 de junio y mi sueldo es de 750, cuanto seria mi gratificacion? gracias
Miguel Torres dice
No corresponder gratificación de julio.
Maykol Ca dice
si me suben el sueldo en el mes de noviembre cuanto recibo de gratificacion? si eh trabajado de corrido desde julio
Miguel Torres dice
El calculo de la gratificación de diciembre sera en base a la remuneración de noviembre.
Jair Diaz dice
Una consulta! .. Si eh comenzado el 15 de abril 2012 para calcular mi gratificaciones para julio seria de 2/6 no?
Miguel Torres dice
Es correcto.
Lore dice
Si ingresé a trabajar el 18 de Junio, me corresponde gratificacion completa en Diciembre correcto?
Gracias
Miguel Torres dice
Es correcto, para la gratificación de diciembre sera completa.
Franklin Galvez dice
Gracias por el artículo.
Carlos Osorio Reyes dice
Una consulta, de donde sale los 2,820??
Miguel Torres dice
Buena observación el importe era 1,760 estaba jalando mal el casillero. Gracias
elsa ccanto dice
si me aumentan el sueldo en julio con que base hago el calculo de la grati,con el sueldo nuevo o el antiguo
Rey Daganzta dice
La Remuneracion computable es la ultima recibida en el periodo para estos efectos son la percibida en junio y en noviembre…
Miguel Torres dice
Es correcto, se toma en cuenta la remuneración al 30/06 y al 30/11 para el calculo de las gratificaciones correspondientes.
Elsa Ccanto dice
cual es la base para calcular la grati de julio si en el mes de julio le subieron el sueldo
Miguel Torres dice
Para calcular la gratificación de julio se basara en la remuneración percibida a junio.
Rohami dice
Si yo ingrese a laborar a la empresa el 15 de Junio 2012. Cuanto me correspondería de Gratificación por Julio 2012.
Miguel Torres dice
No te corresponde amigo, por no tener un mes de servicio.
Franklin Galvez dice
Yo trabajo 6 horas cuanto me corresponde de asignación familiar?
Miguel Torres dice
Te corresponde 10% RMV.
Luis FQ dice
Así mismo, hay que tener en cuenta que dicho beneficio es pagado desde el día en que el trabajador demuestre la existencia del hijo.No tiene efecto retroactivo.