Medida está destinada a brindar seguridad en identidad de los usuarios
Consejo del Notariado fijará cronograma de aplicación en 60 días
El uso del sistema de verificación biométrica de huellas dactilares en las notarías del país será obligatorio para brindar seguridad respecto de la identidad de los otorgantes y/o intervinientes que realizan trámites notariales.
Así lo estableció el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus), mediante el DS N° 017-2012-JUS, el cual determina que este sistema se empleará para todo instrumento público notarial, protocolar o extraprotocolar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55° del Decreto Legislativo N° 1049.
Implementación y supervisión
Corresponderá al Consejo del Notariado, adscrito a dicho portafolio, aprobar el respectivo cronograma de implementación progresiva de su uso en los diferentes distritos notariales en un plazo de 60 días calendario, contado desde la entrada en vigencia del mencionado decreto.
Además se encargará de efectuar la supervisión respectiva, considerando que los colegios de notarios tendrán que informar a este consejo, en el plazo que éste establezca, sobre los avances de la implementación del uso del sistema de verificación biométrica en sus respectivos distritos notariales.
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) brindará a las notarías del país el acceso a su base de datos para la verificación de identificación al costo real del servicio, y los usuarios realizarán el pago correspondiente a dicho costo dentro de la tarifa notarial.
Reacciones
En opinión del presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, Francisco Villavicencio Cárdenas, lo importante de la norma del Minjus es que permitirá también la verificación biométrica de huellas dactilares en los documentos extraprotocolares, la cual ya se aplica en gran parte de los oficios notariales.
“Es una medida que dotará de mayor seguridad jurídica a todas las operaciones en las que interviene el notariado y que evitará fraudes en toda la contratación, ya no solo en las escrituras públicas sino en cualquier documento extraprotocolar que redacte el notario”, comentó la autoridad, quien agregó que lo óptimo hubiera sido que el notariado tenga la posibilidad de hacer la respectiva consulta al Reniec como cualquier otra institución sin costo, para no cargar este costo al usuario final, que es el ciudadano.
Como miembro del Consejo del Notariado, espera que pueda reglamentarse la norma del Minjus y colaborar con los notarios de provincias que tienen menos recursos, para que puedan acceder al lector biométrico a un costo razonable y, de ese modo, todos los notarios puedan brindar sus servicios con dicho sistema a nivel nacional.
“El uso obligatorio del sistema de verificación biométrica en las notarías del país, donde cuenten con el Internet, será implementado progresivamente en los diferentes distritos notariales.”
Problema y facultades
Según el Minjus, pese a la existencia de mecanismos de control de identidad como la verificación biométrica, se advierte la comisión de operaciones fraudulentas, como consecuencia de un inadecuado proceso de identificación de los intervinientes. De ahí la necesidad de imponer la obligatoriedad del uso del sistema de verificación biométrica en las notarías, que cuenten con el acceso a Internet.
La medida se justifica en el art. 55 del D. Leg. N° 1049 establece que el notario tiene el deber de dar fe, de conocer o haber identificado a los otorgantes y/o intervinientes en instrumentos públicos notariales. En consecuencia, esta obligado a acceder a la base de datos del Reniec, en aquellos lugares donde se cuente con acceso a Internet.
Esto con la finalidad de proceder a verificar la identidad de los referidos otorgantes y/o intervinientes, mediante la verificación de su fotografía, datos y/o la identificación por comparación biométrica de sus respectivas huellas dactilares.
Diario El Peruano (17/12/2012)
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