El Régimen Mype Tributario está vigente desde el 01 de Enero de 2017.
Una de sus principales característica es el porcentaje de pago a cuenta de 1%.
Pero, no siempre el pago a cuenta será 1% de los ingresos netos del mes, este valor puede cambiar debido a ciertas circunstancias.
[clickToTweet tweet=”Conoce como realizar el pago a cuenta Régimen Mype Tributario” quote=”Conoce como realizar el pago a cuenta Régimen Mype Tributario”]
Pago a cuenta Régimen Mype Tributario
Para realizar correctamente los pagos a cuenta en el RMT, debemos tener en cuenta una sola regla:
Sus ingresos netos anuales del ejercicio superan las 300 UIT
Tener presente lo siguiente:
- UIT a tomar en cuenta es la del ejercicio en análisis.
- Ingresos netos anuales es del ejercicio acumulado mes a mes.
Ejemplo:
Si voy a declarar el periodo Junio 2017, debo analizar:
UIT 2017 = 4,050
Ingresos netos anuales = Ingresos (Enero + Febrero + Marzo … + Junio)
Pago a cuenta del 1%
Mientras tus ingresos netos no superen las 300 UIT, aplicaras el 1% de tus ingresos netos mensuales como pago a cuenta.
Ejemplo:
La empresa Noticiero Contable SAC, nos detalla sus ingresos netos de todo el ejercicio 2017.
En este caso, al no superar las 300 UIT en ingresos anuales en ningún mes sobre el acumulado, aplicara como pago a cuenta el 1%.
Pago a cuenta del coeficiente
Si tus ingresos netos anuales llegaran a superar las 300 UIT, la norma indica que debemos realizar el cálculo según el artículo 85 de la LIR.
- Coeficiente (aplicando factor 0.8000)
- Porcentaje Mínimo
El que resulte mayor (PDT 621, elegirá automáticamente)
Empresa RG que paso al RMT en el ejercicio 2017
Si la empresa superara las 300 UIT en un mes determinado, tendría que hacer la comparativa entre uso del coeficiente o porcentaje mínimo.
El PDT 621, aplicara un factor de 0.8000 al coeficiente (0.0345 * 0.800 = 0.0276)
Miguel ¿Esta muy complicado esto del coeficiente?
No te preocupes, el PDT 621 lo hace automáticamente, solo tienes que ingresar los datos.
El PDT 621 automáticamente aplica al coeficiente resultante el factor de 0.800 (111,586/3234376 = 0.0345).
Como resultado, aplicaremos como pago a cuenta régimen mype tributario el resultado final 0.0345 * 0.800 = 0.0276.
Empresa RER que paso al RMT en el ejercicio 2017
Si en algún mes del ejercicio superar las 300 UIT, tendría que utilizar el porcentaje mínimo 1.5% como pago a cuenta.
Miguel ¿Porque tengo utilizar porcentaje, no debería comparar con el caso anterior?
No, porque al provenir del RER, no has presentado DJ Anual, por lo tanto, no tendrás coeficiente que evaluar.
Conclusión
- El truco del pago a cuenta del régimen mype tributario, es saber si pasas las 300 UIT, si ocurre este hecho llena correctamente los datos en el PDT 621.
Buenas tardes, me acogí al régimen mype tributario, pero en octubre supere las 300 UIT, pero no nos percatamos del detalle y presentamos el pdt 621 y pagamos la renta con el 1%, y sunat dice que pagué considerando el coeficiente. mi pregunta aparte de pagar la diferencia de renta hay multa por este error?
Multa por el tributo omitido de renta.
Buenas Noches Miguel
Una consulta , tengo uan empresa constructora y esta en el Regimen mype tributario y quisiera saber si esta obligado a pagar sencico ???
Gracias
Saludos
Es correcto, la obligación es por tus trabajadores del régimen de construcción civil.
Miguel quisiera que me absuelvas esta consulta una empresa x inicio sus actividades el mes de agosto del 2017 esta inscrita con el régimen Mype tributario ,pero por causas de no tener contador no declaro sus ingresos el 2017 y el 2018, seguirá en el Regimen Mype tributario o la sunat le pasa de oficio al regimen general, porque ahora quieren regularizar toda su situación.
Es muy fácil, ingresa con tu clave sol y mira en que regimen estas actualmente.
sinceramente tienen razón los informales es engorroso para los microempresarios. ¿ Porque no se pueden hacer el lenguajes de números mas sencillo?. primero se debe incentivar en la practica de la cultura de declarar los impuestos. Iniciar con un pago mínimo. que solo sean de dos o 3 pasos. Lograr que el contribuyente se sienta satisfecho de aportar.
Gracias por el comentario 🙂
Hola MIguel una pregunta
Para calcular el pago a cuenta de renta en el regimen mype como calculo la base de renta??? le aplico el 1% a mis ventas o le multiplico el 1% a mis ventas menos costos y gastos?
gracias
soy del mype tributario, no me pase las 300 uit en el 2017, quiero saber declaracion mensual que coeficiente uso? . en la dj anual me sale 1.5 segun casillero 610 , pero me sale 0.0117 que sale entre dividir el impuesto entre las ventas anuales. casillero 611 dj anual.
en la dj mensual 621, al momento de llenar los casilleros me sale la opción 1%
gracias.
Miguel, tengo la misma pregunta soy mype, que coeficiente debo utilizar para mis declaraciones mensuales, no pase las 300 uit y me sale 1.55 en la casilla 610.
Gracias
En tu caso utilizar el 1%.
Miguel como se obtiene el factor 0.08000 y porque se aplica por cultura general . gracias por la respuesta
Se aplica cuando pasas del 1% al coeficiente.
Buen día Miguel, una consulta, una empresa se encuentra en el RMT, una ves presentado el balance anual 2017, que coeficiente se aplicaría para la declaración mensual Marzo 2018 en adelante? se aplicaría el coeficiente del balance o el 1%?
gracias de antemano.
Aplicaras el 1%.
Hola una consulta por favor, acabo de presentar mi dj anual 2017, estoy en RTMYPE pero ahora salió un coeficiente un poco alto, mi pregunta es, ahora en Abril que tengo que declarar la renta mensual uso ese coeficiente? aunque en el pdt me pregunta si mis ingresos anuales han superado las 300 uit y yo coloco NO, y la opción para marcar el coeficiente se desactiva, gracias por tu ayuda
No, sigues usando el 1% hasta que no superes las 300 UIT.
Miguel, que tal, una consulta. estuve en el ejercicio 2017 en el regimen mype, y en el mes de octubre supere las 300 uit, a partir de ahi pague el impuesto con el coeficiente, pero ahora para este nuevo ejercicio 2018, ¿como serian mis pagos mensuales? con el 1% nuevamente hasta pasar los 300 uit, o con el coeficiente del ejercicio 2017
Seria con el 1%. Si a partir de Enero vuelves al RMT.
Gracias por la información, tengo una duda respecto a los pagos a cuenta del RMT espero que me pueda ayudar. En caso que en el ejercicio 2017 se supere las 1700 UIT debería aplicaría el 1.5 ó el coeficiente; ¿debo continuar aplicándolo para el ejercicio 2018 solo en los periodos de enero y febrero? ¿ a partir de marzo podría volver al 1 %?
Muchas gracias por sus alcances.
Buenos días
Miguel
La empresa esta en Reg Mype Tributario desde Enero 2017 , en el mes de Julio 2017 excedió las 300 UIT de ingresos y estuvo pagando renta con coeficiente de la DJ 2016, ¿ Que porcentaje tiene que tomar para pagar la renta del mes de Enero y Febrero 2018, (1%) , o coeficiente como estuve pagando??? , y para Marzo 2018???? gracias por la respuesta.
El que estuvo pagando en diciembre 2017.
ni modo excelentes conocimiento y ayuda inmensa para los encargados
Solo una Pregunta cual es el codigo de un Balance Mype en la Cuota 13
Hola!!! Los libros diario, Mayor e IB de una empresa del RMT no están al día desde 2013 y se debe mandar a legalizar. Aconsejarías legalizar también el período 2017 y posteriores o utilizar el Libro Diario de Formato simplificado? Cuantas serían la multas por pagar, cual seria el código y período. Tendríamos gradualidad?
Gracias por tu consejo y NUNCA CAMBIES!!!
Solo se paga una multa por el atraso de todos tus libros y periodos. Código 6035.
ola Miguel,nos acojinmos al regimen mype t y estaba pagando el 1.5% fue entonces que en agosto presentamos el pdt 625 para modificar su pago a cuenta y bueno ahora resulta que superamos las 1700 uit y me indican que debemos pasar al Regimen General…mi consulta es que si en el regimen general puedo seguir utilizando el coeficiente que optube cuando presente el pdt 625 en el mes de agosto.
Hola Miguel,
Consulta, estoy en RER y he declarado ENE-17 hast JUL-17 en este regimen , en el Ago-17 puedo acogerme a RMT.
Consulta, con que código cancelo el pago a cuenta del impuesto a la renta mype.
Con el código 3121.
Hola Miguel, mañana estaré presentando la DDJJ anual MYPE Tributario, cual es el código que se debe de considerar en la guía de pago varios, Gracias por la respuesta
Hola Miguel
Consulta, un cliente acaba de pasar las 300 UITs proviene del Régimen General y en el ejercicio 2016 la empresa tuvo pérdida tributaria ¿le corresponde aplicar el porcentaje de 1.5%? ¿Puede aplicar el coeficiente de 0.80?
En tu caso aplicaría el 1.5%.
Buenos días Miguel una consulta, y si e activado mi RUC en Regimen Mype Tributario en julio de este año, para mi declaración de agosto que porcentaje tomaría para pagar renta el 1% o el 1.5%, agradecería mucho tu respuesta.
Tomas como base el 1%.
Hola Miguel, tengo una consulta. Suponiendo que se trate de una empresa venda mensualmente 3.000.000 pero que sus costo de ventas sea 2.900.000, teniendo que pagar a cuenta como mínimo el 1.5% de las ventas, este pago a cuenta estaría captando la mayor parte de la utilidad. ¿Pueden hacer algo estas empresas?
Si puede, solicita la suspensión de los pagos a cuenta.
Muchas gracias. Ojala pronto pueda explicar también sobre las cuentas del cierre contable, los respectivo asientos. Hacerlo un pequeño articulo.
Gracias por la sugerencia, lo tendré en cuenta.
Si a un contribuyente la SUNAT por notificaciones estuvo postergando las emisiones de facturas electrónicas hasta este mes de Julio 2017 y se encuentra ahora en este nuevo regimen RMT y es menos a las 400 UIT, implica en algo o no.
No implica, si ya estas obligado, tienes que usar los comprobantes electrónicos.
Me entregaron una factura con fecha de emisión 06/06/2017 pero su guía de remisión esta con fecha 05/05/2017 y su pago o bancarizacion esta con 30/06/2017 esta bien lo acepto como gasto o es incorrecto, los dueños me dicen que primero le entregaron la mercadería y luego pedieron la factura, nos sirve como crédito fiscal o no aceptara la sunat en una futura fiscalización gracias por la respuesta.
Si estaría valido la operación.
Gracias por la información valiosa que nos entregas, saludos.
Muy didáctico tu explicación, estimado miguel, que dios te bendiga tu no te haces problemas para compartir tus conocimientos, eso es bueno.
Muchas gracias, bendiciones para su familia.
Muchas Gracias Miguel por el articulo que Dios te de mucha salud y sabiduría.
Muchas gracias, que tenga un buen día 🙂
Buen día Miguel, una pregunta desde el 2014 tengo la obligación de llevar kardex en unidades físicas, desde este 2017 estoy en el régimen mype tributario, aun debo seguir llevando este libro?
En el 2016, tus ingresos superaron las 500 UIT, si debes hacerlo.
Excelente informacion, Muchas gracias.
Gracias, que tengas un buen día 🙂
Hola Miguel, agradezco infinitamente tu apoyo por hacer tan didactica los temas que nos compartes, y lo mejor de todo, es que nos envias temas precisos que son parte de nuestro dia dia, mil gracias por todo y sigue siendo asi una persona tan solidaria de siempre compartir sus grandes conocimientos, es admirable el don que tienes de “servir” Dios te siga bendiciendo.
Infinitas gracias🌟☺
Muchas gracias por sus palabras, cuidese mucho y muchas bendiciones para su familia.
Gracias por compartir tus conocimientos ,Dios te bendiga y siempre te de sabiduria y inteligencia.
Muchas gracias, que tengas una super semana 🙂
Gracias por compartir tu sabiduría!!!!
Bendiciones para tu vida…….
Muchas gracias, que tengas un buen día 🙂
Buenas tardes, Contador Miguel. Interesante articulo, por favor podría hablarnos también sobre las tasas que aplicaran en la declaración jurada anual para determinar el impuesto a la renta. Gracias y bendiciones.
Gracias por la sugerencia lo tendré en cuenta.
Gracias Miguel por tu explicación tan didáctica y por emplear tu valioso tiempo en proporcionarnos interesantes temas.
Muchas gracias, buen día 🙂
En el caso de mi empresa se paso del RG al RMT, llevaba y declaraba todos los libros electrónicos, pero ahora en el RMT declaro libro diario y mayor (aunque solo esta obligado a llevar libro diario simplificado según la norma), tome esta opción sobre seguir declarando esos libros ¿estará bien miguel? esa es mi inquietud
excelente explicación del articulo, gracias miguel y saludos!!!
Si no hay problema, puedes seguir declarando diario y mayor.
Excelente explicación, gracias miguel y saludos!!!
Gracias, buen día 🙂
Muy interesante estimado Miguel! 🙂
Gracias, buen dia 🙂
Excelente explicación mi estimado Miguel. Una pregunta, que consecuencias originaria, llevar diario general en lugar del diario simplificado?. Saludos y exitos.
No hay problema, porque la información del LDS esta incluida en el Libro Diario.
Excelente información apreciado Colega Miguel Torres
Gracias, buen día 🙂
Miguel muy buen articulo, muy explicativo, gracias
Muchas gracias 🙂