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Estado 0 – Registro de Compras Electrónico

Publicado por Miguel Torres el 1 de junio de 2018 93 comentarios

Miguel ¿Cuándo se utiliza el Estado 0 – Registro de Compras Electrónico?

Se utiliza para anotar operaciones opcionales que no otorgan derecho a crédito fiscal.

Por ejemplo, podrías anotar los siguientes comprobantes de pago:

  • Recibos por Honorarios
  • Boleta de Venta
  • Recibo por Arrendamiento
  • Comprobante por Operaciones No Habituales
  • Billetes de lotería, rifas y apuestas
  • Etc

Miguel ¿Qué pasa si no anoto dichos comprobantes de pago en Registro de Compras Electrónico?

No pasa nada ….

Pero yo personalmente lo recomiendo por dos motivos:

  • Gasto Deducible Impuesto a la Renta
  • Comodín para subsanar errores

En primer lugar, vemos algunas reglas básicas de como anotar comprobantes de pago con estado 0.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Estado 0 – Registro de Compras
    • Recibos por Honorarios
    • Boleta de Venta
    • Recibo por Arrendamiento
    • Comprobante por Operaciones No Habituales
  • Reporte de Consistente
  • Gasto Deducible Impuesto a la Renta
  • Comodín para Subsanar Errores
    • Si te gusta, compártelo 🙂
    • Artículos Relacionados:

Estado 0 – Registro de Compras

Veamos algunos ejemplos de cómo realizar una correcta anotación de operaciones optativas.

Recibos por Honorarios

Para realizar la anotación de un recibo por honorario debes tener en cuenta:

  • Tipo de Comprobante: 02
  • Serie: 4 dígitos
  • Serie Físico: 0000 – 9999
  • Serie Electrónicos: E001
  • Monto: Valor No gravadas

Esta anotación lo puedes realizar cuando te olvidas declarar un recibo por honorario en el PDT PLAME en el periodo de pago.

Boleta de Venta

Para realizar la anotación de una boleta de venta debes tener en cuenta:

  • Tipo de Comprobante: 03
  • Serie: 4 dígitos
  • Serie Físico: 0000 – 9999
  • Serie Electrónicos: EB01 o BXXX
  • Monto: Valor No gravadas

Esta anotación lo puedes realizar cuando deseas deducir como gasto el 6% del monto utilizado en boletas de ventas a contribuyentes del Nuevo Rus.

Recibo por Arrendamiento

Para realizar la anotación de un recibo por arrendamiento debes tener en cuenta:

  • Tipo de Comprobante: 10
  • Serie: 1683
  • Numero: Numero de orden de formulario
  • Monto: Valor No gravadas

Esta anotación lo puedes realizar cuando necesitas dar mayor fehaciencia a una operación de alquiler.

Comprobante por Operaciones No Habituales

Para realizar la anotación de un comprobante por operaciones no habituales debes tener en cuenta:

  • Tipo de Comprobante: 22
  • Serie: 4 dígitos
  • Serie Anotada: 0820
  • Numero: Numero de orden de formulario
  • Monto: Valor No gravadas

Esta anotación lo puedes realizar cuando realizas la compra de un activo a una persona que no tiene RUC.

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Reporte de Consistente

Es importante siempre verificar el numero de estados anotados en un libro electrónico, de esta manera verificaremos que todas las operaciones han sido anotadas.

Estado 0 - Registro de Compras

Gasto Deducible Impuesto a la Renta

Un beneficio de anotar comprobantes de pago con estado cero, es poder deducir gastos adicionales.

  • Aumentemos el gasto deducible gracias a los libros electrónicos

Miguel ¿Cómo deduces gastos adicional registrando boletas de ventas, recibos por honorarios, etc?

Revisemos el inciso z) del artículo 37 de la Ley de impuesto a la Renta menciona:

… podrán ser deducibles como gasto o costo aquellos sustentados con Boletas de Venta o Tickets que no otorgan dicho derecho, emitidos sólo por contribuyentes que pertenezcan al Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS, hasta el límite del 6% (seis por ciento) de los montos acreditados mediante Comprobantes de Pago que otorgan derecho a deducir gasto o costo y que se encuentren anotados en el Registro de Compras. Dicho límite no podrá superar, en el ejercicio gravable, las 200 (doscientas) Unidades Impositivas Tributarias.

La norma antes menciona permite deducir como gasto las boletas de ventas emitidas por contribuyentes del Nuevo Rus, pero establece un limite 6% del monto acreditado mediante Comprobante de Pago que SUSTENTE costo o gasto y que se encuentre anotado en el Registro de Compras.

Por lo tanto, mientas más comprobantes de pago anotes en tu registro de compras será beneficioso, por que el limite aumentará.

Comodín para Subsanar Errores

Al anotar comprobantes de pago opcionales, nos permiten utilizar estos como comodín para aplicar la técnica del change (técnica de cambio).

Adicionalmente, también puede ser un medio probatorio para sustentar la fehaciencia de una operación.

Recomendación

  1. Esta semana empezamos el Curso Presencial: "SIRE SUNAT 2025", te permitirá aprender como presentar los registros electrónicos utilizando macros en excel, si deseas información, te dejo este link: Taller Práctico SIRE SUNAT 2024.

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Etiquetado como: libros electronicos, registro de compras electrónico

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93 comentarios

  1. Karina dice

    21 de diciembre de 2021 a las 7:46 am

    Hola Miguel, en el mes anterior en mi registro de ventas coloque de manera errónea la fecha de emisión a una factura. Este mes solo debería de colocarlo en estado 9 con la fecha indicada o no ?

    Responder
  2. Rocio dice

    12 de mayo de 2021 a las 6:47 pm

    Hola Miguel
    Acabo declarar un comprobante con estado 0, y en mi PDT virtual no arrastra el valor de dicho comprobante en la columna de no gravados. ¿eso es normal?
    Gracias de antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 3:02 pm

      Si tienes que digitar manualmente.

  3. Roger dice

    5 de mayo de 2021 a las 8:33 pm

    Hola Miguel… excelente aportación… me estoy instruyendo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de mayo de 2021 a las 3:08 am

      Gracias por el comentario.

  4. Jazmin dice

    28 de diciembre de 2020 a las 9:59 am

    Una consulta y si una empresa no esta obligada a presentar los libros electrónicos, realiza su registro compra para luego ponerlo en hojas legalizadas y no considera las boletas de ventas , no se puede asumir el gasto deducible de esas boletas ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de marzo de 2021 a las 10:14 pm

      Si puedes, solo si pertenece al Nuevo Rus.

  5. Rene dice

    23 de marzo de 2020 a las 1:26 pm

    Hola miguel, con que? código registro los boletos de aviación de pasajeros?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2020 a las 8:58 pm

      Con el código de comprobante 05.

  6. Jonathan dice

    15 de octubre de 2019 a las 4:33 pm

    Hola miguel tienes un formato de como llenar el registro de compras para el PLE cuando este no aya tenido compras en el periodo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de octubre de 2019 a las 2:18 pm

      En el artículo está la guía.

  7. Karen dice

    2 de octubre de 2019 a las 3:34 pm

    Una consulta, si no declaró los Recibos por Honorarios en el Registro de compras pero si en el PLAME puede sustentar gasto o costo, o para que sustente necesariamente tiene que estar en el registro de compras?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de octubre de 2019 a las 8:17 pm

      Si es correcto, es gasto. No es requisito registrarlo.

  8. Aldo dice

    16 de septiembre de 2019 a las 4:06 pm

    Tengo compras no gravadas en el período anterior (agosto) en facturas y boletas de venta, que estado debo de colocar en el registro de compras, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2019 a las 5:34 am

      Estado 0.

  9. Cristian dice

    27 de agosto de 2019 a las 7:52 am

    Hola miguel,

    En qué casos utilizaría el estado 0 en el registro de ventas, podrías dar algún ejemplo por favor, muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2019 a las 7:22 pm

      No tengo ningún ejemplo.

  10. Victoria Mc dice

    21 de mayo de 2019 a las 1:46 pm

    Una consulta, deseo registrar una boleta de venta, en mi registro de compras, que importe debo colocar en mi registro?, el importe desembolsado, o le saco su igv??. Espero su respuesta gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de mayo de 2019 a las 4:28 pm

      El importe total en la columna no gravadas.

  11. Heidy Magdalena Vara Centeno dice

    14 de junio de 2018 a las 3:22 pm

    Los pagos de CTS y liquidaciones de un trabajador sirve para deducir gastos para la renta anual, entonces como lo demuestro a SUNAT porque hacen firmar papales de CTS y Liquidaciónes de trabajadores y los vouchers de pagos que se depositan al banco si se realiza dentro de un determinado mes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2018 a las 11:30 pm

      Mediante la declaración del PDT PLAME + los pagos.

  12. JF dice

    12 de junio de 2018 a las 12:15 pm

    Miguel quiero registrar un recibo de arrendamiento en el RC. Que fecha se le pone???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de junio de 2018 a las 4:40 pm

      La fecha de emisión del pago del comprobante.

  13. Jhonny Berrospi dice

    11 de junio de 2018 a las 5:32 pm

    Miguel una consulta que pasa se lo declare en mi PLE en registro de compras con estado (0) apesar que las facturas si tienen crédito fiscal puedo declarar de nuevo cambiando de estado de (0) a (1) todavia no se declara el PDT

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de junio de 2018 a las 4:57 pm

      Ya no podrás declara con estado 1, la unica forma sería declararlo con estado 9 en la corrección.

  14. Luis dice

    3 de junio de 2018 a las 3:25 am

    Hola Miguel, se esta regularizando libros y un anterior contador quiere declarar RH en compras no gravadas considerando importes por ejemplo 1,200, siendo los RH por 1,000; cuando en el PDT solo se ha declarado 200 en compras no gravadas. Esto esta bien, o podría generar alguna incontingencia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de junio de 2018 a las 7:16 am

      No es necesario declarar en el PDT 621 como compras no gravadas los importes de los RxH.

  15. Isabel dice

    2 de junio de 2018 a las 10:23 am

    Gracias por la información. esta muy interesante.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de junio de 2018 a las 7:27 am

      Muchas gracias 🙂

  16. Yola dice

    1 de junio de 2018 a las 8:20 pm

    Gracias por compartir tus ideas y la información. Yo sé que no te consideras así pero… eres un CAPPO!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de junio de 2018 a las 7:29 am

      Muchas gracias. que tengas una super semana. Bendiciones.

  17. Marita dice

    30 de noviembre de 2017 a las 11:56 pm

    Miguel una consulta las entidades del estado es obligadas a presentar sus libros electronicos mi consulta en que columna debo registrar la base iimponible de una compra que esta afecta con el igv, el estado no utiliza el credito fiscal.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 1:12 am

      Si es una compra de una operación gravada (columna 14).

  18. José dice

    24 de noviembre de 2017 a las 10:39 am

    Hola Miguel. tengo una nota de crédito que no se registro en su momento, lo puedo registrar en otro mes?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2017 a las 8:53 am

      Lo que he visto en fiscalizaciones es que te obligan a que este registrado en el periodo de emisión.

  19. Ana dice

    13 de octubre de 2017 a las 10:51 am

    Hola Miguel,
    Por favor me podrías decir la base legal para el registro de estas operaciones optativas.
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2017 a las 3:18 am

      Las estructuras de los libros electrónicos RS 361-2015.

  20. Elfer Tito dice

    15 de diciembre de 2016 a las 9:39 am

    Hola miguel, gracias ante todo por el apoyo.
    Como puedo anotar en mis registro de venta las ventas exoneradas del IGV pues en el PLE me bota como error el tipo de documento de identidad (RUC) pues ellos comienzan con letra y numero (tienen 9 dígitos entre letra y numero) y porque suman el sub total del monto y no debería sumar el total solo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 6:37 am

      En ese caso, coloca tipo de documento 0 y no 6.

  21. Milena dice

    25 de noviembre de 2016 a las 10:47 am

    Hola Miguel, en febrero del 2016 se constituyo una empresa, y me afilie voluntariamente al ple, segun lo que he leido tendria que usar el cronograma de tipo A, aun no he enviado setiembre y octubre, cual seria la multa en este caso. te agradezco tu valiosa respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2016 a las 2:53 pm

      Es correcto, ya estas con multa. Solo esperar que salga alguna RSNAO que pueda exonerar la infracción.

  22. Jose Franco dice

    26 de octubre de 2016 a las 11:34 am

    Hola gracias por los aportes, tengo la siguiente duda si el RxH, se supone que se declara en el PLAME cuando se cancela dicho recibo, entonces en que momento se declara en el PDT 621 cuando tambien lo declare en el PLAME o solo con la fecha de emisión sin cancelarlo? y lo mismo para el libro electronico cuando se pague o a su emisión?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de octubre de 2016 a las 2:07 am

      Con la fecha de emisión se declara en el registro de compras electrónico.

  23. Henry Stewart dice

    15 de julio de 2016 a las 12:42 pm

    Tengo el caso de un recibo de servicios tipo de documento 14, que por descuento sobre el recibo mismo aplicado por la empresa el recibo resulta ser negativo sus totales tanto en base como igv, como trato el recibo al ser 14 no puedo pasarlo en negativo tendría que ser como tipo 87 y como asociado al documento que le pongo el mismo documento acaso, podrías aclarar la duda?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 10:27 pm

      Yo no registraría un recibo de servicio publico negativo.

  24. Luisa dice

    13 de julio de 2016 a las 12:21 pm

    Hola como corrijo un R Honorarios que registre en mayo pero fue pagado en junio. En el plame de mayo no se declaro

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2016 a las 6:33 am

      No hay nada que corregir, dicho recibo debe declararse en junio (periodo del pago).

  25. Guillermo dice

    15 de junio de 2016 a las 12:02 pm

    Estimado Miguel una Factura exonerada del igv de un mes anterior a mi registro de compras debo registrar estado 6 o 0.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de junio de 2016 a las 3:14 pm

      Con estado 6.

    • Guillermo dice

      15 de junio de 2016 a las 3:19 pm

      En caso de ser del periodo la factura exonerada debe ser estado 0 ?

    • Miguel Torres dice

      16 de junio de 2016 a las 3:39 am

      Estado 1.

  26. Guillermo dice

    15 de junio de 2016 a las 12:00 pm

    Estimado Miguel una boleta de venta de un mes anterior a mi registro de compras debo registrar estado 6 o 0.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de junio de 2016 a las 3:13 pm

      No se puede anotar dicho comprobante, ya que los comprobantes opcionales se anotan en su periodo de emisión.

  27. Kelly dice

    13 de junio de 2016 a las 7:54 pm

    Una consulta en el registro de ventas como seria la anotación de las facturas que tengo anuladas pero pertenecen al periodo anterior, pero para anotarlas este mes debo ponerle el 8? o solo el 2

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2016 a las 2:41 pm

      No puedes solucionar dicho error.

  28. Maria dice

    1 de junio de 2016 a las 4:57 pm

    Hola Miguel,
    Una consulta, porque al validar mi libro eletronico de no Domiciliados del mes de Mayo 2016 donde he corregido operaciones con estado 9 de operaciones del año anterior, no suma los importes de cada fila del estado, solo me sale el Reporte de Consistencias con importes “0.00” ¿?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de junio de 2016 a las 2:16 am

      Si es correcto, solo suma las operaciones con estado cero, más no las correcciones.

  29. Keydi Guzman dice

    1 de junio de 2016 a las 8:28 am

    Esta Interesante.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de junio de 2016 a las 3:03 am

      Muchas gracias 🙂

  30. Junnior Manuel dice

    30 de mayo de 2016 a las 7:15 pm

    Excelente aporte Miguel, al ingresar B/V en el registro de compras con el estado “0”; al momento de generar el archivo txt me sale que la columna 12 “el campo es obligatorio” que error debo estar cometiendo..? Agradeceré tu comentario . 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2016 a las 7:23 am

      Son los datos del proveedor de la boleta de venta.

  31. Diana dice

    30 de mayo de 2016 a las 6:20 pm

    Hola Miguel felicitaciones por tus temas de mucha ayuda una consulta envie mi libro electrónico de junio del 2015 y por erros esta con nombre de otro proveedor se puede corregir con estado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2016 a las 7:29 am

      Si te equivocaste en el proveedor en una operación, se puede corregir con el estado 9.

  32. Felipa dice

    30 de mayo de 2016 a las 3:41 pm

    Miguel una consulta que pasa si se registro un recibo atrasado en el registro de compras y se envio con estado de 9, habria una sancion por eso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2016 a las 3:43 pm

      Esta errado pues, no se tomará en cuenta dicho comprobante para usar el credito fiscal en ese periodo.

  33. Maria dice

    30 de mayo de 2016 a las 1:56 pm

    Y en el caso de liquidaciones de compras no gravadas va con el estado 0 ó 1 ? al validarlo no me acepta el estado 1.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2016 a las 3:29 pm

      Si es una liquidación de compra que no te da derecho a crédito fiscal es estado 0.

  34. Marylu dice

    30 de mayo de 2016 a las 10:19 am

    Excelente!! como siempre
    Gracias por brindar tus conocimientos..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2016 a las 12:54 pm

      Super ! que tengas un super inicio de semana 🙂

  35. Gerson dice

    27 de mayo de 2016 a las 6:38 pm

    Buenas tardes, mi consulta es como registro un recibo por arrendamiento del mes anterior que no fue registrado cual seria su estado.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de mayo de 2016 a las 8:10 am

      No se puede, solo comprobantes del periodo.

  36. Katherine Palacios dice

    27 de mayo de 2016 a las 4:50 pm

    Hola miguel deberías hacer una sobre el formato 8.2 del PLE no domiciliados empezando que información es la que se declara existe confusión entre la relación del 8.1 y 8.2.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de mayo de 2016 a las 8:14 am

      Gracias pro la sugerencia, este tema lo dejo para los talleres presenciales.

  37. Pedro dice

    27 de mayo de 2016 a las 3:49 pm

    Excelente……. práctico y didáctico….
    Gracias Miguel…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2016 a las 3:54 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  38. Liceth dice

    27 de mayo de 2016 a las 3:42 pm

    Miguel quiero llevar clase de ple virtual yo vivo en pucallpa hay o ya no hay, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2016 a las 3:45 pm

      Si puedes llevarlo virtualmente, te paso los datos por email.

  39. César Vargas Dávila dice

    27 de mayo de 2016 a las 3:08 pm

    Gracias mi estimado, muy útil tus anotaciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2016 a las 3:17 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  40. Yuli dice

    27 de mayo de 2016 a las 3:01 pm

    Buenas Tardes
    Estoy corrigiendo una anotación errada en el reg. de compras del mes de enero 2015 en ese periodo envié los archivos txt generados por un software privado, en el periodo febrero 2016 estoy generado los archivos txt con otro software contable , al hacer la corrección visualizo que los archivos txt son distritos entre si , como corregir la anotación de enero 2015

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2016 a las 3:48 pm

      Lo que puedes corregir son operaciones del libro anotado, para ello debes usar el estado 9. Por otro lado este libro tiene limitaciones ya que no puedes corregir operaciones que no has anotado en su fecha indicada.

  41. Ross Mary dice

    27 de mayo de 2016 a las 1:30 pm

    Gracias miguel por tus enseñanzas, por favor tengo un problema con el envio del registro de compra electronico, sabes tengo una nota de credito electronica que afecta o modifica a 12 facturas y estas son de dos series distintas cuando trato de validar el archivo el ple me envia formato incorrecto y longitud incorrecta. por favor si pudieras ayudarme te lo agradeceria. muchas bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2016 a las 4:03 pm

      Una nota de credito debería modificar a un solo comprobante, no podrás anotar dicha operación, en tu caso solo elige una factura nada más.

  42. Luis dice

    27 de mayo de 2016 a las 12:50 pm

    Hola Miguel,
    Una consulta,
    Lo mismo que declaro en mi libro electrónico a las anotaciones que te refieres, ese mismo monto debe estar estar declarado en mi PDT como inafectos?
    Muchas gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2016 a las 3:58 pm

      Es correcto, debería coincidir dichos importes, pero podría haber algunas excepciones al ser clasificadas como operaciones voluntarias.

  43. Nora Gomez Cespedes dice

    27 de mayo de 2016 a las 12:48 pm

    Buenas tardes Miguel, muy agradecida por tus excelentes aportes, que nos ayudan mucho…mi consulta es si el el Reg.Compras elect. también puedo registrar el pago de imptos…pues lo leí en un trìptico de un seminario…Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de mayo de 2016 a las 8:17 am

      Si se puede el comprobante 46, por ejemplo para utilizar el credito fiscal en operaciones con no domiciliados.

  44. Lucy dice

    27 de mayo de 2016 a las 11:52 am

    Seria bueno que hables sobre libro diario y mayor electrónicos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de mayo de 2016 a las 8:22 am

      Muchas gracias por la sugerencia 🙂

  45. Solimar dice

    27 de mayo de 2016 a las 11:38 am

    Hola, interesante la clase de hoy , gracias por tus aportes, tengo una consulta, si me olvido registrar un RH con Retencion, tambien lo puedo registrar aqui??

    Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de mayo de 2016 a las 8:23 am

      Si deseas, pero la formalidad en ese caso seria el PLAME o pagar el tributo retenido mediate guia pagos varios.

    • Erica Flores dice

      5 de julio de 2016 a las 3:44 pm

      Una pregunta Miguel, tengo una nota de credito y factura que se han declarado en el PDT 621 del periodo Febrero 2016,estos dos comprobantes no se copiaron en el excel para generar el txt, por lo cual no figuran en el libro electrónico de registro de compras de feb 16, como hago para agregar dichos documentos?
      Gracias.

    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:43 pm

      No se puede agregar comprobantes en el registro de compras, lo queda sería rectificar tu PDT e igual a lo que menciona el libro.

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