Miguel ¿Cómo se realiza la retención judicial por alimentos?
En primer lugar, una empresa realiza la retención judicial por alimentos cuando es notificada con una orden retención judicial emitido por un juez de paz en la mayoría de casos.
Por otra parte, el descuento por retención judicial por alimentos en algunos casos es expresado en porcentaje de los ingresos percibidos o monto fijo.
Miguel ¿Por qué algunos es porcentaje y otros en monto fijo?
Depende, de lo que solicito la demandante.
Por ejemplo, si el demandado tiene un sueldo fijo, solicitaran la retención en base a un porcentaje, pero si el demandado gana un monto variable, recomiendan un monto fijo.
Al final, el que tomara la decisión es el juez.
Retención Judicial por Alimentos
Miguel ¿Retención Judicial es en base a la remuneración bruta o neta?
Muy buena pegunta.
La retención judicial por alimentos se realiza luego de efectuar los descuentos de ley y además la retención de quinta categoría.
Por ejemplo: Miguel Torres gana un sueldo de S/ 19,500 soles mensuales, siendo notificado la empresa donde labora con una retención por alimentos del 25% de sus ingresos percibidos.
- Sueldo: S/ 19,500
- Pensión: S/ 2,535
- Quinta Categoría: S/ 3,250
Neto a Recibir: S/ 13,715
Retención de Alimentos: 13,715 * 25% = S/ 3,428.75
Por otra parte, porcentaje máximo que se puede retener a un hombre o mujer es el 60%.
Miguel ¿La retención judicial de alimentos no solo es para los hombres?
Para nada niña hermosa, la retención judicial de alimentos lo solicita la persona que tiene la tenencia de los hijos.
En algunos casos, el papa puede tener la tenencia de los hijos, por una incapacidad física, económica o moral de la mama.
Monto Máximo Retención por Alimentos
El monto máximo que se puede retener por concepto de retención alimentos esta tipificado en el inciso 6 del artículo 648 del Código Civil:
«Artículo 648.- Bienes inembargables. –
6. Las remuneraciones y pensiones, cuando no excedan de cinco Unidades de Referencia Procesal. El exceso es embargable hasta una tercera parte. Cuando se trata de garantizar obligaciones alimentarias, el embargo procederá hasta el sesenta por ciento del total de los ingresos, con la sola deducción de los descuentos establecidos por ley;
Descuentos Judiciales de Sueldos
En la practica muchas veces es muy complicado realizar los descuentos judiciales de sueldo a los trabajadores.
El problema principal es la interpretación de las ordenes de retenciones emitido por los jueces.
Por ejemplo:
- El juez ordena retener el 35% del trabajador en base a sus haberes mensuales.
- El juez ordena retener el 25% del trabajador de sus haberes y demás ingresos remunerativos.
Preguntas:
- ¿Qué son haberes mensuales?
- ¿La orden menciona ingresos remunerativos, significa que los ingresos no remunerativos no están sujetos a la retención?
La recomendación tanto para el empleador y trabajador sujeto a retención de alimentos es revisar muy bien la orden emitida del juez.
Adicionalmente, existe un precedente donde el Tribunal Constitucional indicó que también deben incluirse en la retención por alimentos los conceptos no remunerativos, como las utilidades.
El Expediente Nº 04031-2011-AA menciona:
La resolución judicial que ordena la asignación anticipada de alimentos sobre «los ingresos que por todo concepto percibe el afectado», debe realizarse teniendo como base todo lo que el trabajador percibe, incluyendo la participación en las utilidades.
Múltiples Retenciones de Alimentos
Miguel ¿Qué pasa si un trabajador recibe múltiples ordenes de retención de alimentos?
La empresa debe acatar la orden del juez, por otra parte, la empresa puede responder al juez indicando que el trabajador ya tiene a la fecha descuentos de alimentos que supera el 60% de sus ingresos.
Problemas frecuentes con los descuentos judiciales
Actualmente el área de recursos humanos puede enfrentarse algunos problemas frecuentes sobre los descuentos judiciales.
A continuación, enumero los más frecuentes:
La orden judicial de alimentos llega a la empresa, pero el trabajador ya no labora
En este caso la empresa debe notificar al juez que el trabajador ya no labora en la empresa, adjuntado la liquidación de beneficios laborales emitida.
La empresa no retiene la orden judicial de alimentos
En este caso la empresa deberá asumir la parte no retenida al trabajador. Por otra parte, de no regularizar el pago, puede ser demanda por desacato.
La orden de retención llego, pero ya se realizó el cierre de panillas
En este supuesto la retención de alimentos se aplicará a partir del mes siguiente.
Pensión de Alimentos
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Conclusión
- El descuento por retención judicial por alimentos en algunos casos es expresado en un porcentaje de los ingresos percibidos o monto fijo.
Recomendación
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RICARDO dice
BUENOS DIAS, ME DESCONTARON EL 90% DE MIS HABERES, POR 5 AÑOS, TENGO ALGUNA SOLUCION, HAY ALGUN RESPONSABLE?. GRACIAS.
JESUS EUGENIO CHAVEZ CAMPOVERDE dice
si tengo que abonar por una sentencia judicial por mis dos hijos 50% de mis haberes y me descuentan por un acta de conciliación con mi ex- conyugue 60% ¿Cuanto me debe descontar mi empleador?
Miguel Torres dice
Eso lo determina al JUEZ, lo que tienes que hacer es indicarle a tu ABOGADO que tienes ya órdenes de retenciones con % que indiques. Mientras no hagas eso, las empresas van a descontar lo que indique las resoluciones.
Mariela Manchay dice
Podrias decir si la Condición de Trabajo esta afecto a la Retencion Judicial? en que ley se especifica esto? o se acata lo que indica el Juez de Alimentos?
Miguel Torres dice
No está afecto.
Francisco dice
Si el gobierno da un bono colectivo , esta sujeto al descuento judicial por alimentos. “Respuesta por favor”
Thalia dice
Hola Miguel muy interesante este tema
Mi pregunta es, si la empleadora ya inicio descuento ase 4 meses en este caso es la PNP, el caso lleva ya como 8 meses y resien ase unos días el juez está enviando el oficio con el número de cuenta para que depositen lo retenido.
Cuanto tiempo máximo estaría realizando el depósito de lo retenido la empleadora.
Agradecería su respuesta.
Miguel Torres dice
Debería hacerlo en el momento que normalmente hace el pago a sus trabajadores el empleador.
Alejandra dice
¡Gracias! El post me ayudó muchísimo. Aún tengo una duda, por favor. Si a un trabajador se le hizo la retención (2018 y 2019) y se le liquidó correctamente (con retención) e ingresa nuevamente a laborar en 2021. ¿Es necesario que nos notifiquen? o ¿Nosotros deberíamos notificar que estaremos depositando a la cuenta CCI de ahorros de la demandante? Gracias.
Miguel Torres dice
Es necesario una nueva notificación, debido a que no sabes si es el mismo porcentaje (hubo reducción).
Jack dice
Hola, Miguel
Hace unos meses nos llegó una notificacion de retencion judicial pero no siempre contamos con personal para que se apersone al banco de la nacion a realizar el deposito.
Hay algun plazo para depositar el importe retenido? Nos pueden sancionar por demorar algunos dias? solemos hacerlo durante la primera semana del mes
Miguel Torres dice
Deberías hacer el deposito en las mismas fechas que pagas a tu personal.
Yván dice
Pregunta: Miguel, por favor, podrías indicar la norma donde se precisa el descuento que haces referencia en el artículo: “La retención judicial por alimentos se realiza luego de efectuar los descuentos de ley y además la retención de quinta categoría.”
Miguel Torres dice
Consultalo con un abogado de familia para que te explique.
Andrea dice
Buenos días,quería hacer una consulta,cuanto es el porcentaje descontado por cts para una pensión de alimentos
Ejemplo: tengo 1o mil de cts y retiro 8 mil ,me descuentan a los 8mil?
o el descuento se queda con el restante que seria 2mil y lo que seguiría acumulando .?
gracias
slds!
Miguel Torres dice
El descuento depende de la resolución de alimentos. El monto estará retenido.
Ximena dice
En un proceso de alimentos en que momento se solicita la CTS y como se realiza el trámite para el embargo de la CTS.
Miguel Torres dice
Tienes que notificar al depositario de la retención.
Patricia Godoy dice
Buenas noches tengo una consulta…la empresa donde trabaja el Papa de mi hija no me depositó nada desde que comenzó la pandemia y me dicen que cambiaron de razón social y que presente nuevo documento y los meses que no me depositaron que pasa??
Miguel Torres dice
Consúltalo con tu abogado, porque lo más probable es que haya liquidado a todos los trabajadores (anterior empresa).
Roger Alva Rodríguez dice
Tengo conciliación con mis 4 primeras hijas que en suma llegan al 48% de mi sueldo, y de segundo compromiso el juez ha ordenado el 15%, para mi 5to hijo, superando el 60%, en 63% de mi ingreso.
Por que Juez no ha considerado lo que establece la norma que sólo debe ser el 60% máximo (Art 648 numeral 6 – CPC)
Miguel Torres dice
Consulta con tu abogado y presenta una reconsideración.
Sandra Badilla dice
Buenas tardes MIguel, mi consulta es la siguiente:
El padre de mis hijos tiene una retención judicial, hace unos años, pero hace unos meses se cambio de trabajo, tengo que hacer el tramite nuevamente o es automático?
Gracias por tu ayuda.
Miguel Torres dice
Tienes que notificar a la empresa con la retención judicial, notifica al JUEZ el nuevo empleo.
Carlos Vasquez dice
Hola señor Miguel una consulta soy docente del estado de Loreto, tengo descuento judicial de una hijita hace dos años. Pero este mes de marzo 2020 no me hicieron el descuento o me aran el mes siguiente de abril el doble. ¿ Qué puedo hacer o depositar a la cuenta de la mama de hija o no ?
Miguel Torres dice
Es correcto, puedes hacer el depósito manualmente.
Lucas Osorio dice
Hola Miguel, tengo una duda si mi padre está a punto de jubilarse y desea retirar todo su dinero de la AFP, mi pregunta era ¿puede hacerlo? Porque el tiene una demanda de pensión de alimentos por la cual mensualmente le descuentan un porcentaje de su sueldo.
Miguel Torres dice
Te recomendario consultarlo con el AFP para el retiro total del fondo.
Richard dice
MI consulta es la siguiente llegaron 2 notificaciones retención del 50% de la CTS y 30 % de haberes , luego este se redujocon una sentencia de 26 % en donde indica todos los beneficios sociales , si esa fue la sentencia porque me siguen reteniendo el 50% de la CTS?
Miguel Torres dice
Reclama a la empresa porque no esta acatando esta ultima notificación del juez.
Miluska dice
Estimado Miguel: al cese del trabajador es obligatorio comunicar al juzgado que éste ya no labora en la empresa?
Miguel Torres dice
Sería una buena práctica.
Yasunmi dice
Buenas una consulta: El padre de mi hijo acaba de renunciar a su trabajo…pero la empresa no realizó el embargo del cts (25%) emitida por el juez….
A esto le caria alguna sanción a la empresa….si notifico al juez y yo perderia ese dinero??”
Miguel Torres dice
La CTS depositada en el banco no lo retiene la empresa, en todo caso debieron notificar al banco sobre la retención para que ellos lo hagan.
Alberto dice
Hola Miguel, le paso 60% por alimentos a la madre de mi hija, pero mis padres ahora me piden el 30%, como puedo hacer para que le resten de los 60% que recibe la madre de mi hija? ya que lo máximo que me pueden retener es el 60%
Miguel Torres dice
Tienes que hablar con el juez que te ordenó la retención inicial, consultalo con tu abogado.
Milagros Castillo dice
Haré una conciliación pero quisiera saber si el monto que me pasará por alimentos también cubre pañales entre otras cosas para el aseo personal del hijo?
Miguel Torres dice
En el monto que pediras como pensión deberías incluir todos esos gastos.
Susan dice
Miguel gracias por la información brindada. Tengo una consulta, cuando cesa mi trabajador que tiene retención judicial por alimentos cual es el procedimiento con el banco por el retiro de su CTS, antes que le entregue la carta. Gracias por tu ayuda brindada.
gracias.
Miguel Torres dice
Como cualquier otro trabajador, irá a retirar su CTS.
Juan Felix Chacon Aybar dice
Que pena tienen aquellas instituciones públicas, que mediante una orden tienen la obligación de retener un porcentaje a un trabajador, esta hace el descuento y no deposita a la cuenta de la beneficiaria por alimentos.
si al padre le dan pena de cárcel, y para el empleador que retiene y no hace el respectivo depósito que sanción tiene
gracias por la respuesta-
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario 🙂
briggit dice
es verdad tendra que pagar de nuevo lo retenido pero depositado a otra cuenta el fiscal le ara pagar de nuevo
Geraldine dice
Buen día, quisiera saber si el monto que se descuenta como parte de la liquidación es considerado como pago a cuenta de las pensiones. Pasa que me quedé sin trabajo y no puedo pagar ahora la pensión de alimentos. Me habían requerido el 20% de mi remuneración y ahora estoy pasando un poco menos de eso pero se acaban mis ahorros.
Miguel Torres dice
Es correcto.
Claudia dice
Hola! muy interesante el blog, tengo una consulta, para proceder con el pago de esta retencion es necesario un documento oficial (enviado porel juzgado o notariado) donde se indique el numero de cuenta?
Miguel Torres dice
Es correcto, es obligado la orden de un juez.
William Paul Quintana Payes dice
Mi consulta es tengo un descuento por alimentos que es del 60%, los 40 restante es los puede retener tu empleador para poder cancelar alguna deuda pactada,
Miguel Torres dice
Es correcto, del saldo la empresa retendrá alguna deuda pactada, por otra parte puede renegociar dado la retención de alimentos del 50%.
Cecilia dice
Hola Miguel, consulta: La indemnización por despido arbitrario está afecta a la retención judicial por alimentos?
Miguel Torres dice
Dependerá mucho de lo que menciona la resolución del juez.
Carmen dice
Hola Miguel la movilidad sujeta a asistencia esta afecta al descuento por mandato judicial?
Miguel Torres dice
No debería estarlo.
Alberto dice
Buenas tardes
Quisiera saber si para el calculo de pensión de alimentos, es el neto o el bruto, se descuenta también la renta de 5ta. y en que artículo del código penal estipula
Miguel Torres dice
Se calcula sobre el Sueldo Neto.
Luis dice
Hola. Nesecito que me saquen de una duda. Me llego una media cautelar de la retención del 40% de mi sueldo para mis dos menores hijos a esto sumemole que yo a mi madre ya mayor fuimos a un conciliador para yo darle el 30% de mis ingresos, que va a hacer mi empresa si ya hay una media cautelar del 40% de la retención de mis ingresos???? A todo estoy soy un vendedor cimicionista.
Miguel Torres dice
La empresa solo va acatar la orden del juez.
Paul dice
Buenas noches una consulta este fin de mes me va a liquidar. Mi. Empleador. le corresponde a la madre de mis hijos algun porcentaje de mi liquidacion!??!??!
Miguel Torres dice
Es correcto, le corresponde a la madre de tus hijos parte de la liquidación.
Kathy dice
A donde recurro si no le hicieron el descuento judicial al papá de mi hija y me dicen q espere al siguiente mes???
Miguel Torres dice
Al juez para que notifique a la empresa.
Lena Zapata dice
Hola Miguel si ya tengo la sentencia del juzgado por alimentos es necesario que se vuelva a notificar a su nuevo centro laboral del demandado o sólo sería necesario que les haga llegar la copia de la sentencia. Gracias
Miguel Torres dice
Tienes que hacer llegar una copia al nuevo centro de trabajo.
Nelly dice
Ola una consulta yo le hice juicio Al papa de mi hija, se llego a una conciliacion El dia d la audiencia en la cual El acepto darme El 35% del total de su sueldo y El juez puso por libre determincion mi pregunta es si corresponde ese % a Todo(gratificaciones, utilidades,ect)o es solo a su sueldo.
Miguel Torres dice
Es a todo beneficio que recibe el padre de tu hija.
Maria Garcia Adrienzen dice
Tengo un juicio de alimento pero el papa de mi hija le pagan recibos x honorarios me debe una liquidación el año 2015 le puedo hacer la liquidación.
Miguel Torres dice
No pueden retenerle bajo RxH. Tienes que tomar otras medidas, el no pago de una pensión, tiene como pena la carcel.
Roger dice
Consulta soy casado con un hijo de 4 años y tengo otra hija de 3 años , me voy a divorsiciar que porcentaje corresponde darle por juicio de alimentos a mi esposa y a que se aplica el porcentaje de descuento al sueldo bruto o neto?
Miguel Torres dice
Eso lo determina un juez, cada caso es muy distinto.
Liz dice
Buenas tardes, el padre de mi hijo tiene otra familia en la cual tiene otro hijo,en base a eso cual es el porcentaje del sueldo que le corresponde a mi hijo?
Miguel Torres dice
No sabría decirte, en todo caso puedes consultar con un abogado.
Milagros dice
Hola mi pregunta es como puedo hacer si mi bb no esta firmada pero el solo me pasa 200 mensuales y no me dice exactamente cuanto gana donde podria averiguar el monto q le corresponderia a mi bb gracias
Miguel Torres dice
Un abogado te podría dar un mejor consejo.
Stella dice
Hola buenOs tArdes, tengo una ejecución anticipada de sentencia a mi favor sobre alimentos el padre de mi hijo no lo cumple hace dos.mese y sólo deposita la mitad del.monto total, el apeló a la.primera.sentenciA, q puedo hacer de mandarlo vía penal por i.cunplimiento de una media Cautelar o presentar otro tipo de demanda gracias
Miguel Torres dice
Te recomiendo consultarlo con un abogado.
Edwin dice
Si cambia de trabajo, tengo que comunicar al juez para que haga conocimiento a su nuevo trabajo para que le descuenten o el juez actua de parte?
mi nuevo trabajo, como se puede enterar que tengo la retención de alimentos?
Miguel Torres dice
Tienes que comunicar tu cambio de trabajo.
Anyela dice
Hola miguel me llegó un oficio de medida cautelar de asignaciona anticipada donde me solicitan descontara el 25 % de lo que percibe el trabajador el gana 850+ 85 de asign. aparte saca todos los meses montos distintos por pasajes y alimentación la pregunta es también ese monto que menciono al final es computable para el descuento’?
Miguel Torres dice
Aplicas el descuento sobre la remuneración de libre disposición, no sobre la remuneración como condición de trabajo.
Liz dice
Tengo una consulta con respecto a la retención judicial por alimentos a que monto se aplica al descuento ,ya q en la empresa que trabajo se descuenta en base a (850 básico+85 Asig familiar-tardanzas) en porcentaje de 20% es correcto ?
O se considera los descuentos de AFP o SNP ? si fuese así se considera la remuneración neta?
Espero que me puedas ayudar por favor!!
Saludos.
Miguel Torres dice
Se aplica a la remuneración bruta, sin descuento.
Carlos dice
Estimado.
Quería hacer una consulta me separe hace unos meses de mi conviviente, tengo dos menores de edad en etapa escolar yo siempre eh pagado todo los gastos de mis hijos al 100% ya que ella nunca trabajo por decisión de propio. Sin embargo ella me amenaza con hacerme demanda judicial de alimentos en mi trabajo.
Miguel Torres dice
Esta en todo su derecho de realizar la denuncia, te puedo aconsejar conciliar y llegar a un acuerdo de una pensión justa.
Yazmine dice
Tengo una pregunta ya le están reteniendo la pensión en su trabajo, si el señor cambia de trabajo tbm le harán la retención?
Miguel Torres dice
Pues claro, para eso el nuevo trabajo debe ser notificado.
Guillermo dice
Si hay 2 retenciones. La primera por alimentos (60%) y la segunda no es de alimentos. Puedo hacer ambos descuentos? En ambos casos tengo resoluciones. El colaborador refiere que no se puede retener más de 60% para ambos casos
Miguel Torres dice
Tu solo aplicas las retenciones, lo que menciona el trabajador debió expresarlo en los procesos de alimentos. O su abogado debe comunicarse con el juez que ordena la retención.
Lorena dice
Buen día, miguel al padre de mi hijo le pagaron vacaciones truncas pero aun no se ah hecho efectivo, la retención por alimentos y ya hace dos meses que le pagaron como puedo saber que paso y porque a la fecha no se ah hecho dicho deposito o puede que no lo hagan?
Miguel Torres dice
Tendrías que acercarte a la empresa a preguntar sobre el deposito, porque la retención tb debe afectar a las vacaciones.
Sara dice
Buenas trades .. Se puede embargar en Ina demands d ailmentos la jubilacion?
El papa de mi hija Es jubilado y retiro de la afp su 95.5 % de su dinero . El cual embargue .el 50% Pero el va a apelar xq dice q ese dinero no de puede embargar .. Es cierto eso?
Miguel Torres dice
Le recomendaría que lo consulte con un abogado.
Nelida dice
Hola y gracias por responder a mu pregunta.
Tengo una demanda por alimentos, el juez asigno q me depositen 400 soles, pero el demandado apelo a este monto, el cual lo declararon inadmisible su apelacion y luego el juez emitio una resolucion de redistribucion.
Que significa esto?
Muchas gracias
Miguel Torres dice
Consultarlo con un abogado de familia.
Ayde dice
Quiero saber en un descuento judicial de un docente, cuando se hace efecto el descuento. puede ser después del mes.
Miguel Torres dice
Al momento del pago, de acuerdo al cronograma de pago de la entidad donde labora, la retención surte efecto notificado la entidad.
Susan dice
Tengo una consulta yo usé una demanda x filiación y alimentos x la cual el juez ya dió sentencia x lo cual solo fijo una mensualidad de 350 pero mi pregunta es cómo hacer que se le descuente al demandado x porcentaje ya que el trabaja en una empresa y está en planilla .Xq creo q así gane más o le den utilidades o gratificación el demandado solo me depositara 350 .
Miguel Torres dice
Lo tendrías que consultar con tu abogado.
Marli dice
Hola Sr. Luisa lo que podria hacer es Demandar cambio en la forma de prestar alimentos (de monto fijo a porcentaje) y Aumento de alimentos.
Luisa dice
Que sucederá si empresa no cumplió con responder oficio de informe sobre vínculo laboral del demandado?
Miguel Torres dice
Deberías consultarlo con tu abogado.
Fresia dice
Que pasa si la empresa no paga puntual sobre el acuerdo que se hizo, la demandante puede denunciar a la empresa por impuntual.
Miguel Torres dice
Podrías hacerlo, consultarlo con tu abogado.
Lidia dice
Agradeciendo por anticipado su ayuda. Que pasa si a la empresa se le notificó hace 3 meses la retención por alimentos a su trabajador y hasta el momento no lo hace. la empresa tiene alguna infracción o multa?
Miguel Torres dice
Si la empresa asumiría dicha retención.
Victor Chinarro dice
Amigo si el juez determina que se me descuente el 26% de mi remuneración y todos los beneficios que percibo, en beneficios incluye las utilidades ???
Miguel Torres dice
Es correcto, incluye utilidades.
Cesar dice
Hola. Mi consulta es: puedo pedirle voluntariamente a mi ex mujer o al juez que me embarguen por el 60% por manutención?
Miguel Torres dice
No te podría responder, en todo caso consulta con un abogado.
Juan dice
Buenas tardes, tengo una retención judicial del 55% de todos mis ingresos, esto se llevo mediante una conciliación, tengo dos consultas, la primera es que no me están descontando la retención de mis utilidades a que se debe esto, la segunda es que le acabo de ganar un juicio a mi empresa y me tienen que pagar, este monto también esta afectado por la retención judicial?
Miguel Torres dice
Quizás por un desconocimiento de la empresa no te retiene las utilidades, adicionalmente el monto ganado por juicio tb estaría afecto a la retención.
Eduardo dice
Estimado Miguel, me pusieron una medida cautelar del 30 por ciento para cuando trabajaba en una empresa, pero deje de trabajar por un año, ahora conseguí otro trabajo en otra razón social o empresa, quiero saber que pasara con la medida cautelar??, se aplicara a la nueva empresa??
Miguel Torres dice
Lo más probable es que pasa lo mismo.
ANNET dice
Hola miguel, al papa de mi hija le deben descontar el 20% de su remuneración mensual, incentivos y beneficios sociales. Mi pregunta es: Las grati, CTS, utilidades, etc se le va a descontar al momento que ocurra? la empresa no me esta depositando según ellos lo van hacer en la liquidación, el juez manifestó que deberían descontarle al momento! quien se equivoco y que debería hacer?
Miguel Torres dice
La gratificación debería descontarse en el momento que lo percibe.
Luis dice
Hola Miguel. mi consulta es si a un trabajador le acaban de realizar su liquidación de beneficios sociales, también tienen que realizarle el descuento judicial de esa liquidación por el tiempo de servcios.
Miguel Torres dice
Es correcto, también debes aplicar la retención judicial.
Elena dice
Hola miguel: si una empresa tiene un trabajador que emite recibo por honorarios todos los meses y llega la sentencia judicial de descuento por alimentos …. la empresa tiene la obligación de retener…???? y si no cumple reteniendo …. tiene alguna sanción….????
Miguel Torres dice
En ese caso no procede, solo para trabajador en planilla.
Jorge dice
Miguel deseo saber si ya la empresa hizo la retencion de una cantidad y la otra contraparte no viene a reclarmarlo por mas q paso casi un año y yo deje de trabajar todo ese tiempo, ese cheque quien lo reclama..
Miguel Torres dice
Lo tiene que reclamar la parte que demanda la retención judicial.
Yanina dice
Buenas noches, una consulta me descuentan judicialmente pero me encuentro con descanso médico(CIT) más de 01 mes, mi consulta es si me seguirán descontando aún estando con el descanso médico.Gracias.
Miguel Torres dice
Si es correcto, la empresa debería seguir reteniendo.
Ricardo dice
Buenas dias, Miguel, como empleador si se realiza el deposito a una cuenta bancaria establecida por el juzgado, es necesario notificar mes a mes los pagos realizados de las retenciones
Miguel Torres dice
No es obligatorio, en todo caso podrías solo mandar una primera carta donde se informe que se hizo el deposito y mensualmente se realizara a futuro.
Jorge dice
Buenas tardes miguel, mi pregunta es: Ya que la gratificacion ordinaria esta afecta a la retencion judicial, queria saber si la bonificación (9% de essalud) ordinaria tambien lo esta, y si tienes la norma donde lo mencione, avisas.
Saludos y gracias
Miguel Torres dice
Si aplica también la retención. En la Resolución de retención debe mencionar que aplica retención a todo ingreso que obtenga el trabajador.
Josue Alvarez dice
Hola, tengo dos años en una empresa laborando y voy a renunciar, tengo una retencion del 20% por alimentos que me descuentan mensualmente. mi consulta es si cuando renuncie y me den mi carta de CESE para cobrar mi CTS, eso tambien afecta al 20%? yo tengo que depositarlo ? o el banco ya me lo da descontado del 20%.? gracias
Miguel Torres dice
Es correcto, tb afectara tu deposito de CTS en el banco.
Carol dice
Una consulta mi ex esposo tiene trabajando hace 6 años acaba de renunciar y renuncio hace un mes y no le han descontado la Cts que tiene en el banco, y acabo de ver que también me corresponde, como procedería
Miguel Torres dice
Consultarlo con tu abogado, la carta de retención debiste llevarlo a la entidad financiera.
Aldo Revatta dice
El descuento por alimentos es al basico, mi basico es 2000 soles o al sueldo neto pagado ya descontado de afp y quinta ,tengo un acuerdo laboral de 500 soles que figura en mi boleta como acuerdo laboral mi empresa se encarga de pagar mi afp y quinta, mi pago neto es de 2000, la asignación familiar suma a mi sueldo en este caso seria 2085 soles, confirmame.
Miguel Torres dice
El descuento de alimentos se realiza del neto a recibir, una vez realizado todos los descuento de ley.
Johi dice
Hola Miguel, buen articulo.
Quisiera saber como es el llenado de la boleta de pago, ¿Hay conceptos especiales (cual debo usar)??, ¿Debe de aparecer en la boleta los dos montos, el q recibe el trabajador y el q es depositado al cónyuge??
Miguel Torres dice
Solo aparece en la boleta de haberes como: “descuento judicial”.
Jonathan Smith dice
Una consulta que podría hacer si en caso la madre de mi hija no acepte conciliar , mi sueldo es de 3885 en bruto y estoy depositando 975 soles , pero ella pide mas y no me deja ver a la bebe por esa condición.
Miguel Torres dice
Te recomendaría consultar con un abogado de familia.
Franz dice
Buen Dia Miguel, Mi consulta es si llega un descuento judicial a la empresa del 60% a un trabajador x, Pero a su vez este mismo trabajador tiene un prestamo Bancario de descuento por planilla, La suma de ambos conceptos superan su remuneracion neta, Como se procede en ese caso.
Miguel Torres dice
Vas a tener que priorizar el descuento judicial. O el trabajador mediante un abogado hacer notar al juzgado del prestamos para que le puedan reducir el porcentaje.
Tania dice
Buenas tardes , desde ya agradezco tu gentil respuesta. Mi conviviente tiene un juicio de alimentos y actualmente no tiene trabajo estable, el proceso ahora se encuentra en lo penal. Yo sí tengo trabajo estable, mi consulta es? es posible que en algún momento la demandante pueda tomar algo de mi remuneración?…
Miguel Torres dice
No es posible.
Miguel Angel dice
Miguel, el Juez determina retención judicial de 25%, y la empresa no lo pago a tiempo, ellos pueden descontarlo en cada sueldo siguiente con el 50%, sin necesidad de informármelo y sin documento judicial ???
Miguel Torres dice
El motivo es que la empresa quiere subsanar su infracción de no haber retenido, en todo caso debio comunicarte, y establecer un cronograma de descuento.
Miguel Angel dice
Miguel, favor de absolver mis dudas:
Tengo un hijo de 18 años, y retención judicial del 25% en la empresa donde laboro; la consulta viene porque, decidió dejar la carrera que había iniciado, antes de eso no estudiaba ( 2 años fuera del colegio sin estudiar), se fue a Bolivia no sé si a estudiar o a que, en este caso que se debe seguir realizando la retención judicial?
Miguel Torres dice
Te recomiendo que lo consultes con abogado, ese tema escape de mi conocimiento.
Kender dice
Hola Miguel:
Al se mi empleador responsable de no haberme descontado el 25% de mi remuneración pese a tener pleno conocimiento, bajo que argumentos legales podría actuar con el fin de que asuma esa responsabilidad
Miguel Torres dice
La persona que tendría que actuar es la demandante con el juez, al tener el cargo de recepción de la empresa de la orden judicial y no haber retenido el 25%. Consultalo con un abogado.
Kender dice
Hola, me venían descontando por alimentos con normalidad el 25% pero por algún motivo mi empleador en julio y diciembre no me descontó, y ahora la otra parte reclama el pago, quien asume este pago?
Miguel Torres dice
En ese caso la responsabilidad recae sobre la empresa.
Edgardo dice
En caso de despido por reduccion de personal, cuál es el porcentaje máximo de retencion sobre la indeminizacion es decir sobre todo el dinero que a uno le corresponde por despido. Gracias.
Miguel Torres dice
Eso lo establece el Juez, lo que si te puedo decir es que porcentaje minimo fluctua entre 20% y 25% de tus ingresos.
Eduardo dice
Buenas tardes queria consultarte si bien es cierto no me pueden embargar mas del 60% de mi sueldo, se podría dar el caso que mi empresa lo haga?, tengo un juicio por 25% y otro por monto, uno era fijo de 1500 y el otro recien se ha notificado. puedo hacer valer mi derecho directamente con la empresa o tiene que ser judicial.
Miguel Torres dice
Tienes que notificar al Juez (vía judicial).
Max dice
Hola, tengo una consulta, tengo un juicio por alimentos, pero me he quedado sin trabajo, lo que quería saber es: si a mi ex le ha tocado parte de mi indemnización y hasta que consiga trabajo no tengo dinero para la pensión, esto se cubre con la indemnización o igual me van a reportar por mora?
Miguel Torres dice
Igual tienes que seguir aportando, no cubre cuotas.
Rosario dice
Hola que pasa si el demandado al que le retienen el 60% por juicio de alimentos que le formulo su padre y ahora la esposa le hace otro juicio y el juez pide que se retenga el 50% para su hijo, desconociendo que ya le retienen x un juicio anterior? la oficina donde trabaja a respondido que no puede hacerle dicho dscto.
Miguel Torres dice
La oficina solo debe aplicar el descuento. Otra opción sería enviar una carta al poder judicial indicando ambos descuentos.
Marco dice
Hola, tengo un juicio de alimentos del 30% en un juzgado de paz desde hace muchos años, hace un año y medio me hicieron otro juicio de alimentos por mis dos hijos y la jueza que es de otro juzgado de paz le otorgo el 53 %, resumiendo actualmente me descuentan el 83 % de mi sueldo .podrias indicarme que medidas tomar para empezar a solucionar esto…gracias.
Miguel Torres dice
Tienes que mandar una carta al juzgado indicando que ya tienes un descuento del 30% y que ha superado el máximo legal del 60% (asesorate con un abogado).
Nini dice
Tu envías una carta al juzgado indicando que ya tienes un juicio de alimentos y son ellas las que solicitan el prorrateo tu no
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario 🙂
Jorge dice
Gano 4000 soles, y tengo un prestamo bancario de 1000 soles mensuales, el descuento del 15% por alimentos, es en base a los 4000 o 3000 soles?
Miguel Torres dice
Es en base al neto (bruto menos todos los descuentos).
Michel dice
Hola tengo una retención. Judicial eso va directamente a la madre o es depositado en un a cuenta hasta la respuesta del juez ?? Y lo que no corresponda xq la madre me pide un monto exagerado se me devolverá de q forma ?
Miguel Torres dice
Te recomiendo consultarlo con un abogado para responder tus preguntas.
Jesus dice
Hola buenas tardes..una consulta fui demandado me pusieron una pension de 400 soles cuando yo no tenia trabajo quisiera saber si ahora q tengo trabajo se me descontara directamente de planilla yo estoy depositando desde q se quedo en ese monto, gracias.
Miguel Torres dice
Mientras la empresa no reciba la orden judicial no te van a retener.
Alexandra dice
Hola, en juicio de alimentos, el juez en medida cautelar oficia a la entidad donde labora el papa de mis hijos, y estos responden que ya cta con retención del 60% q´´ se le asigna a la mama, la mama cuenta con una pension como titular y tiene otros ingresos que los puedo demostrar, que debo hacer.
Miguel Torres dice
El problema es que a un trabajador solo se le puede retener el 60% de sus ingresos como maximo, el juez tendrá que prorratear o ver la manera de hacer de la distribución.
Cynthia dice
Buenas tardes señor abogado a mi pareja se le ha hecho un descuento de 300.00 soles por retención Judicial por alimentos, la orden fue enviada por la Corte Superior de Justicia de Huaura mi consulta es yo estoy embarazada, el monto de los 300 soles reduciria ese monto.
Miguel Torres dice
Es poco probable, tener en cuenta que lo maximo que se puede retener a una persona es el 60% de su remuneración. Le recomiendo consultarlo con un abogado de familia (civil).
Edwards dice
Hola
¿se le puede denunciar por difamacion, ya que en su escrito por devengados indica que nunca le pase, cuando en realidad le depositaba en su cuenta, en mi trabajo soy visto como una persona irresponsable por este tema?
(En si es un tema largo)
Gracias
Miguel Torres dice
Te recomiendo que lo consultes con tu abogado.
Johanna dice
Hola Miguel una consulta, si por ahora me estan abonando el 30% de pensión anticipada por un juicio de alimentos para mi hija ya que la audiencia aún es el 8 de agosto, quisiera saber si la pensión anticipada también aplica a la gratificación del mes de julio? muchas gracias, espero puedas absolver mi consulta.
Miguel Torres dice
Es correcto, es a todo ingreso que el trabajador perciba, puedes consultarlo con tu abogado.
Walter dice
Hola, tengo una retención judicial, mi hijo ya cumplió 18 años, el descuento termina solo o tengo que presentar algun escrito? Tengo entendido que si el sigue estudiando la retención es hasta los 25 años. Gracias.
Miguel Torres dice
Es correcto la retención seguira si ella sigue estudios superiores, consultalo con un abogado.
Enrique Duarte dice
Buenas tardes Miguel, soy de la policía, me retenían el 60% de mis haberes por tres hijos, ahora que tengo un hijo más me retienen el 25% más o sea el 75%. si la ley dice que lo máximo es el 60% entonces por qué el juez a pesar de que tenía conocimiento de la retención del 60% ha dispuesto el descuento de 25% más, que puedo hacer.
Miguel Torres dice
Tienes que hacer un reclamo mediante un abogado.
Carlos dice
Hola Miguel, felicitaciones por el blog , una pregunta: el depósito de cts ahora en mayo de los trabajadores activos, ahora hay una ley de que si tiene 4 sueldos pueden retirar lo restante esa cantidad afecta a la retención judicial por alimentos.
Miguel Torres dice
Si debería estar afecto al descuento judicial.
Carlos dice
Buenas tardes tengo retención judicial por alimentos el 22% y mi sueldo es de 1600 la consulta es el descuento es del total ho después de los descuentos según ley y si esta retención también afecta al cts.
Miguel Torres dice
Si también afecta a tu CTS.
Brian Kevin de la Cruz Robles dice
Buenas tardes quisiera saber si una persona que cobra por recibo por honorarios a una entidad publica se le debe retener su descuento judicial
Miguel Torres dice
Si tienes un vinculo laboral con la entidad del estado, si te pueden retener.
Jimmy dice
Hola Miguel, felicitaciones por el blog es en realidad de mucha ayuda, una pregunta: para el depósito de cts ahora en mayo de los trabajadores activos, ¿debo descontar lo correspondiente al descuento judicial? o ¿envío el 100% del cálculo y el banco se encarga de realizar la retención?. Gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
Envias el 100% al banco.
Roxana dice
Hola quisiera saber cuanto es el % que puede corresponderme de pensión alimentaria si tengo una hija de casi 2 años. Y pongamos en la suposición que el padre gane casi 2,000 y tengo un negocio que ambos pusimos en nuestro tiempo de convivencia.
Jimmy dice
el monto lo determina el juez, tomando en cuenta varios criterios, un abogado de familia te puede dar mas luces al respecto
Miguel Torres dice
No hay una regla o formula, creo que un abogado te puede ayudar más en dicho tramite.
Anghello dice
Estaba en un juicio d alimentos pero luego arreglamos y volvimos , el problema es q después de 4 meses llego a mi trabajo una carta judicial por alimentos y la empresa dice q lo vera con un abogado y q todo los gastos me lo descontaran ya q no es su problema, le dije a mi señora que arregle eso y me dijo q le dijo al abogado q no seguiria y no se q pueda pasar , porfavor q hacer en este caso.
Miguel Torres dice
La empresa no tiene porque perjudicarse, solo debe retenerte el monto que indica la carta y entregarlo a la demandante, sobre tu demanda cuando quieras llegar a un acuerdo debes ir a un centro de conciliación, todo por escrito, nada de palabra.
Sonia Navarro dice
Buenas días, espero puedan apoyarme con esta inquietud
Si la sentencia dictada por el juez (alimentos) dice que se descuente el 15% sobre sus ingresos, corresponde el descuento sobre su liquidación por renuncia laboral?
Miguel Torres dice
Es correcto, también afecta la liquidación.
Juan Anibal Chui Choque dice
Mi nombre es juan anibal chui choque mi registro 91415 quisiera saber cuando le van a depositar de las utilidades a ami esposa la cual tiene retencion judicial, otra consulta hay un dinero que depositan para los que estan cursando estudios superiores quisiera saber a que cuenta le han depositado ala cuenta de mi o a la de mi esposa.porfa espero su respuesta lo mas pronto posible gracias …
Miguel Torres dice
El plazo maximo es 30 días del vencimiento de la DJ Anual 2015, las fechas vencieron la semana pasada, asi que habra que esperar unos 20 días aprox.
Javier dice
Que tal Miguel, te comento que tengo un descuento judicial del 20%; en la empresa donde trabajo los descuentos también lo afectan a mis ingresos por “Condición de Trabajo”, esto es correcto? o deberían de descontarme solamente de mi sueldo, gratificaciones, bonos.
Muchas gracias.
Miguel Torres dice
Es correcto, solo debería afectar a los ingresos de libre disposición.
Johanna dice
Buenas tardes Miguel, si mi ex pareja gana 3000 bruto, de que depende el % que fije el juez para que gane el juicio de alimentos, actualmente él me da 500 soles pero a mi no me alcanza ya que gasto más en la bebe, como deberia de sustentar para que me de un 30% o 40% de sus ingresos?
muchas gracias.
Miguel Torres dice
Ese tema te lo recomiendo que lo consultes con un abogado.
Eduardo Novoa Ibarra dice
Estimados Señores:
Quisiera conocer cuales son los alcances de la ley de alimentos porque mi único hijo acaba de cumplir los 26 años y actualmente reside en el extranjero.
Deseo informarme para proceder de acuerdo a ley y solicitar al juez la finalización de este proceso.
Gracias.
Miguel Torres dice
Te recomiendo que lo consultes con un abogado.
Gerardo dice
Buen día, mi consulta es, tengo retención del 30% de todos mis ingresos, incluyendo utilidades y convenios colectivos, algo que otros compañeros también lo tenían! Y ahora me dicen que han apelado y ya no les descuentan!!! Es legal? O hay algo turbio?
Gracias
Miguel Torres dice
No creo que sea del todo cierto, en todo caso sería posible para algunos conceptos remunerativos que son condición de trabajo y no de libre disponibilidad.
Yeny dice
y se puede retener la cts como medida cautelar por alimentos para una mayor de edad de 19 años, cuando ya se emitio una para la retención de salario??
Miguel Torres dice
Se aplica la misma retención para la CTS, pero esta surge efecto todavía al cese del trabajador.
Angela dice
Recibe la demanda por un trabajador q estaba de vacaciones, a su retorno renuncio. La empresa le adeuda cts anteriores, se aplica el % x esas deudas atrazadas, si el trabajador aun no se separaba, o se aplica a los conceptos a partir de la fecha de recibida la demanda
Miguel Torres dice
A partir que recibes la demanda.
Frank Peralta dice
Si un trabajador de mi empresa tiene descuentos judiciales que superan el 60% de su Remuneracion Neta es necesario esperar una orden judicial para poder distribuir este 60% o la ley me faculta realizar esta distribucion sin comunicar a las personas afectadas (entiendase demandantes) o a la autoridad?… ¿Como debo proceder?
Miguel Torres dice
Tienes que aplicar el descuento superior a 60%, el trabajador debe realizar todo el tramite de reclamo, o en todo caso tu podrías enviar una carta al juez indicando el exceso de retención (solo como información).
Ximena dice
Estimado buenas tardes, si el trabajador al cual de le descontaba la pensión de alimentos ya no trabaja con nosotros .
Que se debe hacer?
Slds.
Miguel Torres dice
Ya no haces nada.
Joe dice
Estimado:
Un trabajador con retencion jud. del 15% nos entrego una declaracion jurada indicando que esta iniciando labores para otra empresa pero que nosotros somos su principal empleador y el que paga la mayor remuneracion por lo cual le vamos a retener mayor 5ta esto diminuira la retencion judicial acostumbrada, en estos casos como se hace el calculo.
Gracias.
Miguel Torres dice
Es correcto, su 5ta categoría aumentara y por ende la retención disminuye es correcto el procedimiento.
Alvaro dice
Hola Miguel el empleador no hizo descuento de la Retención judicial de los beneficios sociales que eran el 50%, que sanción habría?
Miguel Torres dice
El empleador tendría que asumir dicho pago.
Naty dice
Si la demanda de alimentos solo dice q se descuente el 30% de su remuneración. —esto equivale también a gratificaciones?
Miguel Torres dice
Es correcto también esta afecto las gratificaciones.
Francisco dice
Me ha llegado una retención judicial de un trabajador, el asunto es que los depósitos al banco de la nación lo estamos haciendo, pero la demandada me indica que no puede retirar dichos depósitos aduciendo que tenemos que presentar la especie valorada (los depósitos) al juzgado , es eso cierto.
Miguel Torres dice
Las retenciones los puedes seguir depositando en una cta de banco, una especie valorada no creo que sea necesario (no es una cta, si no mas bien como giro que envías a una persona).
Victor Muanuel dice
Hola Miguel
Una consulta aque cta contable especifica se registr este descuento judicial. gracias desde ya.
Miguel Torres dice
Puedes crear una subcuenta dentro de la cuenta 41.
Alexander dice
Hola Miguel recientemente deje de trabajar aun no encuentro trabajo y mi retencion es el 30% de mi sueldo q tengo q hacer si no consigo trabajo
Miguel Torres dice
En todo caso tienes que seguir aportando la mensualidad, te sugiero hacerlo mediante deposito a la cuenta de la madre de su hijo.
Willians dice
Hola Miguel, paso alimentos de 300 soles mensuales a primer hijo fuera del matrimonio, actualmente me case y tengo 2 hijos con mi actual esposa. la madre de miprimer hijo es casada y tiene negocio de ventas al por menor. mi pregunta es si es hasta el 60% el descuento, en el prorrateo tambien incluye a mi actual esposa.
Miguel Torres dice
El 60% es el tope máximo de retención (si tu esposa te denuncia por alimentos ingresaría al prorrateo).
Maria Concha dice
Una consulta, ya salio la sentencia por alimentos con direccion a su centro de trabajo, pero el cambio de trabajo este año 2016, que sucede en ese caso? ¿tengo que hacerle la demanda de nuevo?
Miguel Torres dice
Tienes que notificar a su nuevo trabajo con la sentencia.
Ross Rios dice
Una consulta, cuando se emite la hoja de distribución de utilidades debo hacer que figure la retención judicial por alimentos y renta de quinta retenida?
Miguel Torres dice
Es correcto, ya que figura el monto que recibe el trabajador por dicho concepto.
Carlos dice
Hola Miguel, agradeciendo de anticipado tu respuesta, soy miembro de las ff.aa. y de acuerdo a la nueva ley de remuneraciones tengo dos montos que registran como ingresos en mis boleta de pagos, un monto remunerativo que está afecto a los descuentos de ley y el otro monto es un bono no remunerativo ni pensionable, tampoco está afecto a los descuentos de ley; por otro lado se me descuenta por alimentos el 25% de los dos montos sumados (remunerativo y no remunerativo). Mi pregunta es que si debería de descontarme de los dos montos o sólo debería descontarme del remunerativo, en mi sentencia dice que se deberá descontar de mis remuneraciones, bonificaciones, viaticos, etc, y otros que tengan mi libre disposición.
Miguel Torres dice
La pregunta es, si ese segundo bono es de tu libre disposición, de ser afirmativo, es correcto el descuento.
Tuky Avalos dice
Hola Miguel, te comento sobre un descuento que me están haciendo sobre un juicio por alimentos que perdí: 36% de cuota alimentaria y 24% del embargo sobre intereses de cuotas, quiero saber si es legal porque sumados los dos me dan un 60%. Tengo otra familia con tres chicos y hasta ahora no puedo hacer que se reduzca la cuota alimentaria
Miguel Torres dice
El monto máximo de retención es 60%, en todo caso debes consultar con abogado para que presente un recurso de disminución de la retención indicando tus gasto de tus hijos y familia.
Angel Gutiérrez dice
Hola consulta yo siempre he cumplido con mi hija pasando dinero colegio y alimentos. Pero ahora la madre por un acto de maldad me ha demandando yo no sabia porque nunca me llegó notificación me entere por el descuento en la empresa en la que trabajo. Como puede proceder una orden si yo cumplo y no me han notificado ningún juez ?
Miguel Torres dice
Te recomiendo consultar con una abogado de familia, personalmente no domino el tema familia en un proceso de demanda.
Luna dice
Hola, el juez emitió una resolución del 20% como asignación anticipada y aun la empresa a pesar de que ya esta notificada no hace el deposito correspondiente cuanto tengo que esperar
Miguel Torres dice
Te sugiero enviarle una carta notarial a la empresa, para presionar un poco y tener tu cargo del requerimiento (costo de 25 soles).
Alejandro dice
Hola. Tuve un juicio por alimentos y la orden judicial es de 15% de mi ingreso y entiendo que es de sueldo y gratificaciones. Yo pienso pagar el monto mensual, pero eso depende de mi o me pueden obligar a que me retengan el porcentaje establecido a la empresa donde laboro? Durante el juicio, no hubo ningun problema y cumpli con todo lo establecido en los plazos.
La otra duda es que actualmente tengo un prestamo por convenio y me descuentan mensualmente de mi sueldo; el 15% es en base al neto despues del descuento por el prestamo o es sin tomar en cuenta el prestamo? Gracias por la pronta respuesta. Saludos.
Miguel Torres dice
Notificaran a tu centro de labores con la orden para que efectuen la retención.
Alberto Gutierrez dice
Buenas noches una consulta si uno tiene retención de 300 soles es legal que aparte me descuenten por cada vez que va al seguro, a veces me descuentan hasta 280 por consultas y medicinas, no abarca este monto todo? gracias y disculpa la molestia.
Miguel Torres dice
Si tienes seguro, deberias registrarla como tu derecho habiente, de esa manera los gastos lo cubriría el essalud, a tu consulta te recomiendo que te asesores con un abogado de familia.
Denis Rivadeneira dice
Dr. Buenas tardes. Mi consulta es que yo tengo retencion judicial del 20% a mi primer compromiso. Tuve un segundo hijo con ella y quisiera saber si me aumentara mas mi retencion. Pero ojo que actualmente concilie con mi conviviente por el 40% ya que tengo dos hijos mas. La empresa en total ya me descuenta 60% . Le pueden aumentar mas a mi primer compromiso?
Miguel Torres dice
Te recomiendo que te asesores con un abogado, lo que te puedo decir es que la retención maxima es 60% por el tema de alimentos.
Jose dice
Hola, una consulta: La retención por alimentos se realiza luego de descontar el impuesto a la renta o no se considera.
Gracias
Miguel Torres dice
Luego de los descuentos de renta y aportaciones.
Willy dice
Buenas tardes Miguel, ya me liquidaron hace 2 meses y me han descontado el 25 %. la abogada de la empresa donde labore me dice q el cheque lo han mandado al jugado, la mama de mi hija fue pero no puede cobrar porque dice q no esta a su nombre en este caso a quien reclamaria, porque ella dice q en un futuro me puede perjudicar, y x otro lado kisiera saber porque no recogió el cheke y porque no le pusieron a su nombre. porque mi hija tambien se perjudica.
Miguel Torres dice
En todo caso la responsabilidad es de la empresa, ya que ellos procedieron al descuento. Lo recomendable es que la mama de tu hija mande una carta notarial solicitando el cheque.
Enrique dice
Hola. En el caso de la pensión de alimentos ¿Cómo se calcula si ella gana más que yo?
Miguel Torres dice
Eso lo determina el juez, no hay un estándar sobre el tema, pero es bueno que te asesores con un abogado para que justifique todos tus gastos que realizas.
Betty dice
Buenas tardes si una empresa es nombrada agente de retencion para el pago del valor determinado por el juez en un juicio de alimentos y no paga que se puede hacer, la empresa tendria alguna amonestacion?
Miguel Torres dice
Claro, asumirá el valor de la retención.
Fiorela dice
Estimado Miguel, quiero hacerle una consulta, que tendría que hacer si en caso la empresa por descuido se olvida de hacer la retención del trabajador en caso de su liquidación? Quedo a la espera de su pronta respuesta. Muchas gracias.
Miguel Torres dice
Contactarte con el trabajador para efectuar la retención, en el peor de los casos la empresa asumirá la retención en caso de reclamo de la parte demandante por el tema de liquidación.
Willy dice
Si la empresa donde labore me realiza una retención judicial por alimentos en mi liquidación LBS, y esta no deposita dicho monto en la cuenta del beneficiario, cual sería la entidad reguladora y/o sancionadora para que el beneficiario haga valer sus derechos, teniendo en cuenta que la retención se realizó hace 04 meses.
Miguel Torres dice
Acudir al juez que ordeno la retención.
Juan Raul dice
Tengo una retención de 400 soles mi consulta es si yo renuncio dice que solo me corresponde el 50% de mi liquidación eso tambien entra a mi CTS, porque la cts es intangible.
Miguel Torres dice
Es correcto, ingresa tambien para la CTS, es correcto que la cts es intangible pero la denuncia de alimentos es una excepción.
Diana Tasayco dice
Hola entable una demanda de alimentos y el juez solo aprobo 20% descontar de forma provisional el proximo mes es la audiencia unica si el no asiste el porcentaje seria el mismo o como podria pedir que sea mayor el importe a descontar deberia llevar los gastos de mi hijo..gracias
Miguel Torres dice
Te sugiero que lo consultes con tu abogado que esta viendo tu caso.
Alan Manrique dice
Buenas tardes miguel, que sucedería si el empleador sobrepasa el descuento del 60% permitido por ley; aun cuando se le hizo la observación, vuelve a incidir en ello.
Miguel Torres dice
Lo primero que tendrías que hacer es comunicar al juez que ordeno dicha retención y mencionarle que ya tienes otra retención, es un tema de tu abogado.
Carlos dice
Hola, tengo dos trabajos uno de ellos lo hago de lunes a viernes y el otro solo los sábados. ¿cuando me hagan la retención esta será de mis dos trabajos? considerando que el segundo es un trabajo temporal . agradeceré mucho la orientación brindada… saludos.
Miguel Torres dice
Te van a retener en ambos, si la resolución llega a las 2 empresas.
Verónica dice
Buenas noches Miguel, mi consulta es la sgte. Yo interpuse una demanda por alimentos en el 2008, primero se resolvió una pensión anticipada pero luego el demandado dejó de laborar y en el juzgado siempre se perdía mi expediente ( el demandado tenía influencias ahí) ahora mi pregunta es, si o si ha tenido que salir una demanda definitiva después de la pensión anticipada?
Miguel Torres dice
Es correcto, pero más información te lo puede dar un abogado.
William dice
En caso el trabajador tenga una demanda judicial por alimentos, la empresa tiene obligación de pagar asignación familiar?, teniendo en cuenta que el trabajador no tiene a cargo a la familia?.
Miguel Torres dice
Es correcto, esta obligado a pagar la asignación familiar.
Raul dice
Tengo un hijo fuera del matrimonio desde antes que nazca yo he visto por el en el tema economico en todo aspecto, ahora la mama me a amenazado con hacerme juicio de alimentos porque desea mas dinero, si tengo deudas con el banco y mas hijos tambien se toma en cuenta a la hora de asignar un porcentaje para este hijo las deudas contraídas.
Miguel Torres dice
Es correcto, busca un buen abogado en el caso de juicio de alimentos.
Hetnan dice
Un favor a mi no me a llegado ninguna resolucion y en mi empresa ya me a descontado el 30% pero justo a fin de mes se cumple mi contrato si se cumple me descuentan de mi liquidacion o solo es del sueldo
Miguel Torres dice
También aplica a tu liquidación.
Ibork dice
Tengo una duda, dice que el descuento se aplica al neto, es decir sin los descuentos por ley, pero que pasa si existen otros descuentos diferentes a los establecidos por ley, como por ejemplo el descuento por un seguro médico privado
Miguel Torres dice
Primero descuentas todo los acuerdos que haya firmado el trabajador, de lo que al final le toca recibir, a ese monto aplicas el descuento judicial.
Marcela dice
Buenas tardes, tengo una consulta y agradecería me pudiera orientar:
Estoy separada del padre de mis dos hijos, quien también tiene dos hijos con su primer compromiso y vive con ellos pero no con la madre de la cual también se separo. le interpuse una demanda de alimentos, como resultado la Juez a a cargo ordeno que el me depositara 500 soles mensuales en una cuenta en el banco. lo cual viene haciendo puntualmente. mi consulta es si puedo solicitar algún porcentaje de su gratificación y cts a parte de lo que me viene depositando, ya que de el no sale regalarles nada o llevarlos a pasear. ni si quiera los visita. Que es lo que tendría que hacer, que requisitos o documentación tengo que presentar para poder solicitar un porcentaje de su gratificación y cts en caso renuncie a su trabajo actual. Gracias
Miguel Torres dice
Se entiende que el Juez estableció el descuento de los S/. 500.00 tomando en cuenta los ingresos mensuales, gratificaciones, cts, etc. En todo caso si deseas una ampliación de pensión, tendrías que consultarlo con un abogado. Por otro lado mencionar que el monto máximo que le pueden retener es 60% de sueldo, mas no le pueden retener.
Ale dice
Dime que pasa si a una empresa llega un oficio de retención anticipada; pero el demandado ya no labora en ella desde el mes anterior a esta recepción el demandado aún no ha recogido sus documentos de liquidación están afectos a esta retención anticipada?
Miguel Torres dice
Si el oficio menciona retener anticipadamente los ingresos percibidos por el trabajador a partir del mes de recibido el documento, si tendrías que retener parte de la liquidación, consulta con un asesor legal lo que menciona el oficio.
Pamela dice
Hola, me podrías facilitar la base legal con la que se sustenta lo siguiente: “Si es de libre disposición si esta afecto, pero si es condición de trabajo no esta afecto”. Es muy urgente.
Miguel Torres dice
No necesitas base legal para eso, es simple lógica. Si yo trabajo como vendedor y me dan 100 soles para llamar a clientes, como podría estar afecto a retención esos 100 soles, si ese dinero me sirve para realizar mi trabajo. En todo caso es un tema legal que lo puedes consultar con un abogado.
Naty dice
Hola Miguel …una consulta a mi pareja le descuentan por alimentos por sus hijos de otro compromiso … Ahora q su sueldo a aumentado y recibe un asignación por condición geografica laboral y riesgo …a ese concepto tambien le descuenta?
Miguel Torres dice
Es correcto.
Yumiko Ramirez dice
Las utilidades también entran en el proceso de alimentos ? Donde dice y porque ?
Miguel Torres dice
Te mando por el email la nota.
Julia dice
Una consulta mi esposo tiene un hijo de 20 años, por el cual tiene una retencion judicial del 20% en la empresa donde labora; sin embargo la consulta viene porque el joven ya cumplió la mayoría de edad, por temas que desconocemos decidió dejar la carrera que estaba estudiando cuando ya le faltaba 06 meses para terminar y se fue al Servicio Militar, en este caso que se debe seguir realizando la retencion judicial, pues yo estoy casada con el, y tengo dos hijos y ya necesitamos ese porcentaje para le educacion de nuestros dos hijos???
Miguel Torres dice
En ese caso ya no debería pasar la retención judicial, consúltalo con un abogado.
David dice
Buenos Días: Una consulta tengo un trabajador por honorarios y me llego un Resolución de Retencion de sueldo ….debo retener su Ingreso por servicio.
Gracias
Miguel Torres dice
No deberías aplicar la retención ya que no es un trabajador que tenga vinculo laboral con tu empresa. Te recomiendo que respondas la carta indicando lo que mencionas en el comentario para la respuesta del juzgado.
Diego R dice
Hola, Miguel, buen día, Habría alguna manera que tenga problemas por no efectuar la retención judicial a una persona que nos emite recibo por honorarios? No existe una relación laboral, pero sí una de prestación de servicios, existe un contrato :/
Miguel Torres dice
Te recomiendo que lo consultes con un abogado.
Jorge dice
Hola Miguel, actualmente tengo una Retención por Mandato judicial por encargo de la Tarjeta Diners Club, que para empezar nunca recibí una notificación por parte del juzgado sobre dicha retención y me entere por mi Boleta, pero así mismo te informo que yo ya había hecho un refinanciamiento de la deuda hace 1 año y por X motivos no cumplí y se que estoy en falta, el asunto es que yo me entere recién a fin de junio que tenia ese descuento porque figuro en mi boleta, el asunto es o mejor dicho la pregunta es: que tiene mas peso en cuanto a una retención, el de alimentos o este de la tarjeta diners?, osea si tuviera una retención por Alimentos a que le dan mas prioridad? me van a retener el mismo monto ( 680 soles mensuales ) por la tarjeta diners o sera menos?, disculpa la forma tan larga de explicarlo pero es solo que este mes de julio el descuento fue de 1600 soles incluyendo la gratificación. y la verdad me descuadra demasiado. espero con gusto su respuesta! Saludos!!
Miguel Torres dice
Si el descuento es por tu empresa, debe priorizarse. Porque el mandado judicial se aplica a lo que percibes el trabajador, el sueldo neto (ingresos – descuentos y prestamos).
Luis Enrique dice
Si mi hijo cumple los 18 años y sigue estudiando me seguirar descontando todos mis beneficios gratificaciones utilidades vacaciones o el porcentaje que me descuentan es lo mismo o menos o depende de mi lo que le pueda dar.
Miguel Torres dice
En teoría va depender de lo que tu hijo estudia, lo normal es que aumente.
Magaly dice
Hola Miguel, con la nueva ley de CTS, podré disponer de lo tangible en el caso de un juicio de alimentos?, si es así qué debería hacer para hacer uso de ese beneficio para mi menor hijo?
Miguel Torres dice
Va depender del monto de CTS que tenga el demandado y si tiene un monto intangible (Exceso de 4 remuneraciones). Supongamos que ganas 2,000 soles y solo tiene 4000 soles de CTS, en ese caso no puede retirar nada de CTS hasta que cese.
Beatriz dice
Tengo un hijo de 3 años, es bien hiperactivo su padre sólo me pasa 200 mensual, le entablé una demanda x q aveces no cumplía , y resulta q el gana mas de 5 000 mil, en una empresa privada el tiene 2 profesiones,cuando llegó el día de la sentencia, el ahora dice q no trabaja. Que en su trabajo no le renovaron el contrato, pero yo se q es mentira q sigue trabajando en dicha empresa, y dice; que sólo me puede dar hasta 350 soles, x q dice k tiene gastos q mantiene asu mama, asu papa y aparte esta pagando sus estudios , y no le alcanza .es posible que me den esa cantidad q el dice, sí se comprueba q renunció a su trabajo.
Miguel Torres dice
Lo que ordene el juez es lo que tendrá que pagar, si el juez ordena 500 soles, el tendrá que pagar dicha suma de dinero, le aconsejo que siga con la demanda.
Marcela dice
Hola Miguel, ante todo gracias por tu respuesta. Mi pareja tiene 3 hijos y él gana 1,700 soles mensuales y según tus comentarios dices que al trabajador sólo se le puede descontar como máximo 60% de su sueldo neto para las pensiones de sus hijos. Ahora, yo estoy embarazada y pronto daré a luz, mi pregunta es la sgte: mi bebé también tendrá derecho a parte de ese porcentaje que mencionas? o sólo es para los niños que no viven con él?
Miguel Torres dice
Es mas un tema legal que lo puedes consultar con el abogado, pero una idea es que tu tendrías que demandarlo por alimentos para que el 60% se reparta entre todos los hijos.
Monica dice
Miguel, tal vez puedas orientarme, hasta cuando tiene una empresa para depositar la gratificación en caso de descuentos judiciales?? ya han depositado al empleado…
Miguel Torres dice
Hasta el plazo máximo que tiene para el pago a los trabajadores (15/12).
Leopoldo dice
Que hacer cuando un juez a pesar que el demandado ya tiene un % de descuento por alimentos lo obvia y ordena un % que excede el 60%? La empresa acatará a pesar que la ley no lo faculta?
Por ejemplo si alguien ya tiene 50% en un primer juicio (y se le hizo saber al juez) pero aun asi sentencia con 25%… significa que al trabajador se le tendrá que descontar 75%? Es un error del juez o hay algún arreglo?
Miguel Torres dice
Tendrías que apelar dicha decisión. La empresa solo va acatar la orden, no puede interpretar su criterio.
Ysabel dice
Tengo un proceso judicial de alimentos con una sentencia del 30%, que podría hacer si a la empresa se le olvida depositar las bonificaciones de fiestas patrias. Hay alguna forma de asegurar que me paguen todas las bonificaciones y todos los beneficios que recibe el demandado tal como indica la sentencia, incluyendo el cts y utilidades. Gracias
Miguel Torres dice
Si la empresa no cumple con la retención, podrías enviar una carta notarial indicando el pago de los beneficios.
Milene dice
Tengo una demanda de alimentos cociliamos en un 20 %,del haber mensual ,estamos en un proceso de liquidacion y el puso sueltos infimo sde dias laborados ,mi pregunta es si en el conteo se debe de conciderar el sueldo mensual o los dias laborados
Miguel Torres dice
Es sobre los días laborados, de lo que el percibe en el mes. El puede ganas 2,000 mensuales, pero si solo asistí al trabajo 15 días y la empresa le paga 1000 soles, los descuentos se harán en base de lo que recibe.
Lady dice
Hola miguel mi consulta es lo siguiente: Trabajo en la Oficina de Recurso Humanos entonces me llega la documentación de Descuento Judicial, en Un acto dice que se descuente de la Remuneración Mensual, Bonificaciones, Gratificaciones y CTS que perciba el trabajador. en otro acto dice, que se Descuente de su remuneración mensual.
Mi pregunta es si solamente dice de la remuneración mensual, debo descontar de sus bonificaciones, gratificaciones y cts al trabajador.
Miguel Torres dice
El descuento es sobre todo ingreso que percibe el trabajador, salvo que sea condición de trabajo.
Jorge Núñez Melgar C. dice
Las indemnizaciones por despido arbitrario ¿están sujetas al descuento por retención judicial que tiene el colaborador?. Muchas gracias
Miguel Torres dice
Es correcto, esta sujeto a retención
Marco Alvarez dice
Yo tengo dos años trabajando en una empresa que me va a liquidar, tengo retención judicial de 530 soles al mes, en que partes de mi liquidación me descontarían este monto? Aparte del sueldo claro, al calculo de mi CTS? a mis vacaciones truncas de dos años? la cts q esta en el banco ya es intocable para la retención judicial, cierto?
Miguel Torres dice
La CTS del banco también esta afecto a la retención judicial. Tu liquidación también esta afecto a descuento.
Gabriela Valle Sanchez dice
Miguel te falto responderme sobre si, en el caso del empleador no cumple con depositar a mi cuenta alimentista la retención que le haga al demandado de su haberes mensuales, que puede suceder si hace caso omiso, estoy segura que el empleador tiene una relación amical con el demandado, y hasta ahora no lo hace sabiendo que le ha llegado el oficio del juez sobre la retención judicial. No te olvides responderme por favor, mil gracias.
Miguel Torres dice
Bueno presenta tu queja al juez, y el lo volvera a notificar y en todo caso asumirá los depósitos que te correspondía. Muchas veces en esos casos lo que hace la empresa es dar de baja al trabajador y señalar que ya no trabaja para la empresa.
Gabriela Valle Sanchez dice
Buen día Miguel Torres, ante todo te felicito por tu blog interesante y de mucha ayuda, mi caso es el siguiente, que pasa en el caso que ya le llego la retención judicial del 50% de sus haberes mensuales del demandado a la empresa donde labora, y esta hace caso omiso y no procede con el descuento ni hace el deposito correspondiente a la cuenta alimentista?.
Sobre la CTS, el juez le tiene que notificar al banco donde tiene el demandado su cts, para que le descuenten y me lo puedan depositar a mi cuenta alimentista, o es la empresa encargada del embargo y depositarmelo a la cuenta de mis niños?.
Y también sobre la asignación familiar, que es el 10 % de su sueldo, también le corresponde al deposito de las pensiones de alimentos?? ayudame por favor con estas dudas, mil gracias.
Miguel Torres dice
Es el juez quien notifica al depositario (cts), en el caso de la asignación familiar ya esta incluido en la retención mensual.
Juana chavez dice
Buenas tardes , tengo 8 meses de embarazo , le interpuse una demanda al padre y pedí una asignación anticipada pero me dijeron q la asignación anticipada no procedía xq no estoy casada , mi hijo nace en agosto y la audiencia me la han dado en septiembre , mi pregunta es si puedo volver apelar la asignación anticipada xq yo sola e corrifo con los gastos y no tengo para el parto , deje de trabajar xq tuve un embarazo delicado y en la demanda puse el certificado del medico , no entiendo xq no procede la asignación , que puedo hacer ?
Miguel Torres dice
Se entiende que cuando es juicio por tema de alimentos, se necesita que el bebe nazca todavía para dar inicio al juicio , ya que la unica prueba que existe es el ADN (en una situación extrema), la asignación adelantada si procede si estas casada por la obligación del padre con la esposa.
Todas manera consulta con un abogado que son los especialistas en ese tema.
Ivan vela dice
buenos dias,mi consulta es sobre retenciones de cts….estan por aprobar la disponibilidad del excedente de 4 sueldos…..y no se si podre retirar este excedente ya que tengo retenciones judiciales…..sigo laborando en la empresa y lo retenido cuando podra ser cobrado por la demandante?
Miguel Torres dice
El demandante lo retira cuando tu vinculo laboral se extinga, mejor dicho cuando dejes de trabajar para esa empresa. Si tienes excedente de 4 remuneraciones, retirar el 100%. Pero a ese monto el banco te descontara la retención de alimentos.
Lisseth dice
Buenos TARDES, a la empresa ha llegado(04/06/2015) del juzgado de paz letrado un oficio en donde nos indica que debemos descontar por planilla al trabajador xxx , según indica el acta de conciliación antes celebrada( 12 marzo 2014), obviamente sabemos que nos llego dicho oficio por el trabajador no ha cumplido con depositarle mes a mes, tal cual indica el acta.
Mi pregunta es , La empresa desde cuando se encuentra obligada a descontar por planilla al trabajador desde que nos llego el oficio ( dcto sueldo de junio 2015 ) o de los meses anteriores que no ha pagado el trabajador y como indica el acta de conciliación.
Le corresponde a la empresa realizar alguna acción para compensar lo que no dio a sus hijos.
Miguel Torres dice
La empresa deberá efectuar la retención desde que fue notificada, en tu caso desde junio.
Luis dice
Hola, quisiera saber que pasaría en te caso: mi padre me está abonando una pensión por alimentos mensual, pero en este mes ya se va a jubilar, el es profesor del estado pero también va seguir trabajando en un colegio particular, que ocurrirá con mi pensión? que puedo hacer ? gracias.
Miguel Torres dice
El sigue obligado a pasarte tu pensión aun cuando deje de trabajar para una empresa, en todo caso espera haber que pasa.
Julio Cesar dice
Buenos dias, tengo una notificación de 50% descuento cts, y tengo una familia y no se q hacer. por favor quiero que me asesores bien antes q termine mi contrato de 2 años gracias…
Miguel Torres dice
Yo te recomendaría que lo consultes con un abogado de familia.
Morales Miranda Jesús dice
¿ Cómo se calcula el monto de asignación por alimentos que debe pagar una persona que trabaja con un mototaxi y no tiene un sueldo fijo ?
Miguel Torres dice
Eso lo designa el juez teniendo en cuenta los gastos de bebe en función su edad, educación, lugar ,etc.
Francisco dice
Consulta a mi ex pareja se le deposita 430 de retención y no trabaja se mantiene con ese descuento y me preocupa el tema de su alimentación de mi hijo que puedo hacer en ese caso también ella tiene otro hijo de otro compromiso cual no recibe ninguna retención de su padre
Miguel Torres dice
Podrías pedir la tenencia del menor.
Jhoselin dice
Hola mi pregunta es si una persona tiene una retención judicial y se le descuenta el 25 % de su sueldo y pasa k lo despiden o renuncia y por hay consigue otro trabajo siempre se lo tendrá k descontar ese porcentaje o tenga k llevar otra retención a su nuevo trabajo para k lo descuenten??’
Miguel Torres dice
Es el mismo porcentaje.
jhoselin dice
Gracias. una consulta, digamos mi pareja tiene un des cuento de retención judicial en una empresa x renuncio, ahora esta en otra empresa también tengo que llevar el oficion de retencion para que le descuenten o no
Miguel Torres dice
Es correcto.
Hernaldo Alvarado dice
Tengo asignación judicial, pero dejé de trabajar en esa empresa, ahora he vuelto a trabajar en la misma empresa, y me están descontando de los meses que no trabajé allí, es eso correcto?
Miguel Torres dice
Entiendo que solo deben descontar los meses de labor efectiva, no te pueden descontar por los meses no laborados.
Rey dice
Saludos y gracias por la respuesta , mi ex esposa amenaza con demandarme a pesar que le deposito 500 soles al mes para mi hija de 9 años , no puedo darle mas dinero ya que tengo un bebe con mi actual pareja (ella no trabaja), ademas tengo deudas por creditos personales y a ESSALUD , estoy en Infocorp por no poder pagar mis deudas
¿ estar en infocorp y deber a tiendas y essalud disminuyen el porcentaje que debiera dar por pension de alimentos ? ¿ si estudio un postgrado , lo toma en cuenta el juez a la hora de fijar la pension de alimentos ?…gracias…..
Miguel Torres dice
Es correcto, en el proceso de demanda tienes que mostrar todo esos datos que mencionas con documentos, asesorate con un abogado.
Tania Mendez dice
Tengo una consulta, mi pareja tiene una bb de 8 meses, la mamá de su hijita le hizo una demanda de alimentos a pesar de que siempre le pasó 500 soles, él gana 2500 brutos y 500 le abonan por movilidad para visita a proveedores, pero también apoya mensualmente a sus padres que son adultos mayores, paga su departamento y tiene un préstamo donde paga 400 mensual, mi pregunta es, para evaluar el porcentaje que le aplican, evalúan sus gastos? el apoyo a sus padres? el préstamos que tiene? y el porcentaje también le descuentan de la movilidad?
Miguel Torres dice
Es correcto el juez va evaluar todo eso, por eso es muy importante ante la demanda de alimentos, tener un abogado que haga los descargos con todos los gastos. Ahora tambien mencionar que la retención mínima es el 25% de los ingresos netos.
Tania Mendez dice
El porcentaje de descuento también se le aplica a lo que le abonan por movilidad de visita a proveedores???
Miguel Torres dice
Si es de libre disposición si esta afecto, pero si es condición de trabajo no esta afecto. Eso decidira la empresa, ya que ellos haran el descuento.
Jorge dice
Estimado Miguel.
Tengo una retención preliminar de 30% por mi primer hijo desde hace dos años, apelé y recién se va a dictar sentencia en un mes. De esa fecha a ahora me case y tengo otro hijo (esto no esta descrito en la apelación). Puedo hacer algo antes de que se dicte la sentencia?.
Gracias.
Miguel Torres dice
Hola Jorge, de echo que ese tema va influenciar en el % de retención, pero seria bueno que lo consultes con un abogado lo mas pronto posible.
René Oliva dice
Buenos días, una consulta:
El día 30/04/2015 recibimos en la empresa una notificación para descuento judicial de un trabajador. La política de pagos de sueldos son los días 25 de cada mes. Tengo entendido que el descuento procede a partir de la recepción de la notificación, como haría en este caso teniendo en cuenta que ya se pago abril 2015. ¿La retención empezaría a partir de mayo? o ¿tengo que reintegrar también abril?
A la espera de sus comentarios, muy agradecido.
Miguel Torres dice
Es correcto amigo, aplicara el descuento para el pago de la planilla de mayo. Es muy importante en ese caso el sello de recepción del documento.
Dario dice
Hola soy de Argentina, y estoy por fimar una retencion del 20% de mi sueldo. mi duda es que mi sindicato esta negociando por un pago anual de Bonos de participacion a las ganancias y el cobro de un juicio por estar impago en los ultimos 10 años . Tanto el juicio, como el importe anual de las participaciones, se le hace la retencion del 20 % ?
Miguel Torres dice
Hola amigo te recomiendo que consultes con un abogado argentino.
juan dice
buenas noches, he trabajo en un empresa, pero me han invitado a dar un paso al costado, debido a los problemas judiciales con la madre de mi hijo …. la pregunta es ….. entra la liquidacion el descuento o retencion por alimentos
saludos
Miguel Torres dice
Hola Juan, es correcto a tú liquidación de beneficios laborales tambien se aplica el descuento judicial.
Colin dice
Dime una cosa….cual es el sustento legal en cuanto a que los gastos operativos de un magistrado no están incluidos en el concepto a afectar para pensión alimenticia…?, existe ya jurisprudencia al respecto?? facilitame por favor.+gracias
Miguel Torres dice
Amigo se entiende que un ingresos que no es de libre disposición no puede ser retenido. Te lo menciono por los diferentes casos que he visto en el área de recursos humanos, en todo caso de ser tu caso asesórate con un abogado de familia o familiar.
Edhith dice
Hace unos días deje una pregunta sobre mi padre que es fiscal adjunto titular en el ministerio público. Hay algo que no me ha quedado claro:
Entonces esos gastos operativos que ellos reciben, serían para ellos, por que tengo entendido que es mucho mayor que el sueldo. Y no hay alguna sentencia de los tribunales que establezca que esos gastos operativos incluyen en los alimentos?.
Gracias
Miguel Torres dice
Como te digo hay que analizar la naturaleza del concepto, si a ti te dan un dinero por movilidad , porque tienes que ir una vez a la semana a Ica (ese dinero no es de su libre disposición ya que es ora su traslado) entonces si son montos bajo el concepto de condición de trabajo no ingresaría para el tema de alimentos. Asesórate con un abogado tb.
Maria dice
buenos días,
mi consulta es, si a mi esposo le pueden hacer juicio por alimentos si desde que nació el bebe (que ahora tiene 3 años) él ha corrido con todos los gastos hasta el día de hoy, pero la madre del bebe le pide más y más dinero y creo que quiere hacerle juicio porque ya no le da la cantidad que quiere. Mi duda es, se puede hacer juicio por alimentos si mi esposo siempre a cumplido con una mensualidad de minimo 1000 soles?
muchas gracias
Miguel Torres dice
Si puede hacerle juicio de alimentos, en cuanto el pago de la pensión el juez lo establecerá.
Fher dice
Tengo una retención del CTS, mensualmente tengo que abonar para mi hija un monto fijo, la pregunta es… si después que la madre de mi hija reciba el dinero de la retención debo de depositar el monto mensual con normalidad o cubre cuotas por un tiempo determinado
Miguel Torres dice
La retención por alimentos se hace mensual, lo hace la empresa donde tu laboras. La demandante recibirá todos los meses dicha pensión, ya no tienes que realizar otro pago. Ahora si tu has conciliado y tienes que pagarle mensualmente un dinero, tienes que hacer lo mismo, lo recomendable es que lo hagas con deposito y guardes todos los vouchers.
Edwin dice
Consulta si a la empresa llego una retención de 60% de una de sus parejas si se le hace el descuento respectivo por 6 meses, luego llega otra retención del 40% de otra pareja que se hace en ese caso, a quien se da la preferencia
Miguel Torres dice
Puedes responder la ultima retención al juzgado que ya hay otra retención con el 60% adjuntando dicha retención.
Esther Machaca dice
Mi Pregunta es si llego la Carta por Descuesto Judicial como es el procedimiento a seguir de la Empresa
por favor una pronta respuesta es Urgente
Miguel Torres dice
Tienes que descontar al trabajador el % que mencione la carta. El descuento se realiza del sueldo neto, una vez echo los descuentos de ley.
Isaac dice
Absolutamente a todo gratificaciones, cts, utilidades??
Miguel Torres dice
Aplica para dichos beneficios laborales.