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Beneficios Laborales cuando existe violencia contra la mujer

Publicado por Miguel Torres el 28 de abril de 2025 22 comentarios

Estuve leyendo un artículo en el diario el Comercio, donde redactaron el caso de una mujer que fue brutalmente golpeada por el padre de su hijo, casi al punto de matarla.

  • Artículo de caso de violencia contra la mujer

Personalmente, pienso que no existe, ni existirá justificación para golpear a una mujer. Ninguna mujer debe permitir, jamás, ningún tipo de violencia, abuso, agresión o maltrato. No deben aceptar el más mínimo indicio de ello.

violencia-contra-mujer

Violencia contra la Mujer

El año pasado se promulgó la Ley N.º 30364 “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”. Adicionalmente, este año se promulgó el reglamento de la Ley N.º 30364 mediante el Decreto Supremo N.º 009-2016-MIMP.

Estas dos normas establecen beneficios laborales para las mujeres que sufren cualquier tipo de violencia.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Violencia contra la Mujer
  • Beneficios Laborales
    • 1. Protección contra el despido
    • 2. Cambio de lugar de Trabajo
    • 3. Justificación de Inasistencia y Tardanzas
    • 4. Suspensión Perfecta de Labores
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Beneficios Laborales

Los beneficios laborales que tiene una mujer que sufre violencia familiar son cuatro:

1. Protección contra el despido

El numeral a) del artículo 11 de la Ley 30364 menciona:

A no sufrir despido por causas relacionadas a dichos actos de violencia.

La explicación se debe a que una mujer que sufre violencia familiar no se va a desempeñar al 100 % en su puesto de trabajo, es posible que cometa faltas injustificadas, tardanzas, errores en sus obligaciones, etc.

Dichas causas no serán válidas para despedir a una mujer ante un caso de violencia contra la mujer.

2. Cambio de lugar de Trabajo

El numeral b) del artículo 11 de la Ley 30364 menciona:

Al cambio de lugar de trabajo en tanto sea posible y sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría. Lo mismo se aplica para el horario de trabajo, en lo pertinente.

Por los efectos de culminar su relación con el agresor, es posible que tenga que adecuar su horario de trabajo, por ejemplo, cambiar su turno de trabajo, o laborar un menor número de horas.

3. Justificación de Inasistencia y Tardanzas

El numeral c) del artículo 11 de la Ley 30364 menciona:

A la justificación de las inasistencias y tardanzas al centro de trabajo derivadas de dichos actos de violencia. Estas inasistencias no pueden exceder de cinco días laborables en un período de treinta días calendario o más de quince días laborables en un período de ciento ochenta días calendario.

Para tal efecto, se consideran documentos justificatorios la denuncia que presente ante la dependencia policial o ante el Ministerio Público.

La mujer que sufre violencia física puede justificar sus faltas injustificadas o tardanzas hasta 5 días laborales en un período de 30 días calendarios o más de 15 días laborales en un período de 180 días.

4. Suspensión Perfecta de Labores

El numeral d) del artículo 11 de la Ley N.º 30364 menciona:

A la suspensión de la relación laboral. El juez a cargo del proceso puede, a pedido de la víctima y atendiendo a la gravedad de la situación, conceder hasta un máximo de cinco meses consecutivos de suspensión de la relación laboral sin goce de remuneraciones.

En este caso del reportaje, la mujer sufrió múltiples facturas y hematomas en su cuerpo, lo que hace imposible que pueda volver a trabajar, en ese supuesto, puede solicitar una licencia sin goce de haber de 5 meses.

  • Licencias y Permisos Laborales

Conclusiones

  1. Si eres una víctima de violencia familiar, no tengas miedo o vergüenza de hacer tu denuncia, si no lo haces, tú agresor seguirá agrediendo a otras mujeres.
  2. También se aplica esta normatividad para un hombre que sufre violencia familiar.

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22 comentarios

  1. Heidy Magdalena Vara Centeno dice

    6 de marzo de 2017 a las 6:04 pm

    Es cierto también debemos tomar en cuenta los maltratos psicológicos que también afectan a los hijos, no siendo conformistas, saliendo adelante dando ejemplo a nuestros hijos para que ellos continúen siendo mejores que uno mismo, al final es para ellos porque nadies es eterno, solo Dios sabe y es quien nos guía en nuestra vida diariamente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2017 a las 4:54 am

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  2. Rosio dice

    6 de marzo de 2017 a las 12:32 pm

    Hola Miguel!!! muy bueno el artículo, siempre pensando en todo.
    quiero aprovechar para hacer una consulta, se puede hacer un contrato por 5 horas de trabajo diario? que tipo de contrato sería, que beneficios dejaría de recibir el trabajador si actualmente trabaja 8 horas y en el futuro 5 horas, tendría que renunciar para firmar el nuevo contrato?, muchas gracias por tu respuesta..Saludos 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2017 a las 4:47 am

      Si puedes hacer un contrato de 5 horas, el tipo de contrato depende de la naturaleza del puesto, en teoría si va ser un puesto permanente debe ser indeterminado.

  3. Luisa Paquita dice

    6 de marzo de 2017 a las 12:19 pm

    Miguel: Que bien ,nada se te escapa .te felicito por tus buenos sentimientos y los valores que practicas.Gracias por la ilustracion.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2017 a las 4:44 am

      Muchas gracias, que tengas un Buen Día 🙂

  4. Rosy dice

    6 de marzo de 2017 a las 9:56 am

    Excelente el Tema. Miguel También podrías tocar el tema de maltrato en la empresa por un jefe que grita e insulta constantemente y a veces hasta llega a decir. al que le parece bien sino pueden irse. en mi caso no me lo dice directamente; pero si lo hiciera que debo de hacer. tengo 14 años trabajando en esta empresa. Por favor no publicar.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de marzo de 2017 a las 7:14 pm

      Gracias por la sugerencia del tema, lo tendré en cuenta para un próximo artículo.

  5. Rosa dice

    6 de marzo de 2017 a las 9:42 am

    Excelente tema de suma importancia en la actualidad Gracias estimado amigo que tengas un buen día.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de marzo de 2017 a las 7:13 pm

      Muchas gracias 🙂

  6. Bertha Doris Chirinos Reyna. dice

    3 de septiembre de 2016 a las 8:31 pm

    Buena Miguel! Te felicito por la implementación que virtualmente nos alcanzas, trabajo en el área de recursos humanos de una sede del MINEDU. Aportas bastante a mis conocimientos y te agradezco de corazón lo compartiré con el equipo del Organo de Control Interno de mi sede.
    Saludos Betty.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2016 a las 6:19 pm

      Muchas gracias, que tenga una super semana 🙂

  7. Rosa dice

    1 de septiembre de 2016 a las 3:26 pm

    Buen Tema estimado Miguel hoy en día hay muchas mujeres que no saben sus derechos te felicito de manera personal y gracias por tocar temas interesantes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2016 a las 5:29 am

      Muchas gracias, que tengas un super semana 🙂

  8. Silvana dice

    1 de septiembre de 2016 a las 9:59 am

    Miguel, muy bueno tu articulo, gracias.
    Quisiera consultar: Un trabajador (en planilla) falto un dia el mes de agosto y me ha presentado una receta de Hosp publico, indicando que su hijo no esta en su seguro… mi pregunta es si esa receta puede justificar la falta?
    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de septiembre de 2016 a las 1:57 pm

      Ese tema ya es politica interna de tu empresa, en todo caso si su hijo no esta asegurado como derechohabiente podría ser justificado, la pregunta es ¿porque no estan asegurados los hijos d elos trabajadores?.

  9. Jhoel dice

    31 de agosto de 2016 a las 3:19 pm

    Gracias miguel, saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2016 a las 4:23 pm

      Muchas gracias 🙂

  10. Marissa dice

    31 de agosto de 2016 a las 12:37 pm

    Buenas tardes Miguelito, bueno no esta demás recordar a todas las mujeres que hagan respetar sus derechos y mas aun que el estado de alguna manera ayuda para reivindicarlas, pienso que es atinado tu aporte, en una época que se esta perdiendo la vergüenza para denunciar estos abusos, veo que eres una persona con buenos valores morales, te felicito, Bendiciones Miguelito.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2016 a las 4:25 pm

      Gracias, y comparto tu comentario plenamente, que tengas una super semana 🙂

  11. Gary dice

    31 de agosto de 2016 a las 11:47 am

    Excelente y que se hablen mas del tema matrimonial en todo su detalle. bendiciones

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2016 a las 4:28 pm

      Muchas gracias 🙂

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