• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Laboral » ¿Qué significa remuneración computable?

¿Qué significa remuneración computable?

Publicado por Miguel Torres el 10 de marzo de 2021 4 comentarios

Miguel ¿Cómo calculo la remuneracion computable de un trabajador?

Una muy buena pregunta, pero a la vez muy compleja de responder.

En lo personal, lo clasificaría de acuerdo al beneficio laboral que deseas calcular. Por ejemplo, remuneración computable para CTS.

Miguel, pero ¿Acaso la remuneración computable no es la misma para gratificación, vacaciones y CTS?

Depende. Es muy probable que coincida en la mayoría de casos, pero no en todos.

Por ejemplo, el caso de remuneraciones períodicas. Solo la norma de CTS hace referencia a este tipo de remuneraciones que podría percibir un trabajador, tipificado en el artículo 18 del Decreto Supremo Nº 001-97-TR.

Una pequeña diferencia con el calculo de gratificación.  Por lo tanto, lo mejor es revisar cada beneficio laboral.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Remuneración Computable para Gratificación
    • Remuneración No Computable
  • Remuneración Computable para CTS
  • Remuneración Computable para Vacaciones
  • Descargar Conceptos Remunerativos PDF

Remuneración Computable para Gratificación

Miguel ¿Cuáles son las remuneraciones computables para gratificación?

La respuesta lo encontramos en el artículo 3 de la Ley Nº 27735:

Se considera remuneración regular aquella percibida habitualmente por el trabajador, aun cuando sus montos puedan variar en razón de incrementos u otros motivos.

Tratándose de remuneraciones de naturaleza variable o imprecisa, se considera cumplido el requisito de regularidad si el trabajador las ha percibido, cuando menos, en alguna oportunidad en tres meses durante el semestre correspondiente. Para su incorporación a la gratificación se suman los montos percibidos y el resultado se divide entre seis.

Por otra parte, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 005-2002-TR:

Se considera remuneración regular aquella percibida mensualmente por el trabajador, en dinero o en especie.

Para el caso de las remuneraciones principales y variables, se aplicará lo dispuesto en el Artículo 17 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650.

Remuneración No Computable

No se considera como remuneración computable los conceptos regulados en el Artículo 19 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios.

  • 10 Casos Prácticos de Gratificación

Remuneración Computable para CTS

Miguel ¿Cuáles son las remuneraciones computables para CTS?

En este caso debemos revisar el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 001-97-TR:

Son remuneración computable la remuneración básica y todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador, en dinero o en especie como contraprestación de su labor, cualquiera sea la denominación que se les dé, siempre que sean de su libre disposición. Se incluye en este concepto el valor de la alimentación principal cuando es proporcionada en especie por el empleador y se excluyen los conceptos contemplados en los Artículos 19 y 20.

Remuneración Computable para Vacaciones

Miguel ¿Cuáles son las remuneraciones computables para vacaciones?

Este es muy facil, es igual que para la CTS. Revisemos lo tipificado en el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 713:

La remuneración vacacional es equivalente a la que el trabajador hubiera percibido habitualmente en caso de continuar laborando.

Se considera remuneración, a este efecto, la computable para la compensación por tiempo de servicios, aplicándose analógicamente los criterios establecidos para la misma.

Por lo tanto, para el caso de vacaciones es identico que la compensación por tiempo de servicios.

  • Calculo de Vacaciones [Actualizado 2021]

Descargar Conceptos Remunerativos PDF

Te comparto algunos archivos que puedes tomar como guía, pero no existe una lista aprobada, cada concepto remunerativo debe analizarse desde su naturaleza.

  • Descargar archivo con detalles de conceptos remunerativos

Recomendación

  1. Te gusto este artículo, suscríbete a nuestro canal de YouTube para recibir más información >> canal Revista Misha aquí.

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

4 comentarios

  1. Daniel Seclén Contreras dice

    11 de marzo de 2021 a las 4:47 pm

    Estimado Miguel los artículos que siempre compartes son además de importantes muy fáciles de entender y sobre todo temas de interés para los profesionales que nos encontramos en el campo de la tributación
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de marzo de 2021 a las 12:42 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  2. Victor Cavero Samanamud dice

    11 de marzo de 2021 a las 3:04 pm

    Es muy importante y sobre todo que nos ayudas en temas que no conocemos y nos enseñas ya que nunca terminaremos de aprender cada día aprendemos cosas nuevas gracias a tu experiencias y conocimientos yo de mi parte estoy muy agradecido por lo que nos enseñas por intermedio de tu persona, nuevamente agradecido y que dios te bendiga siempre y cuídate mucho.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de marzo de 2021 a las 12:42 pm

      Gracias, cuídese mucho.

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

SIRE SUNAT Presencial 14 Junio 2025

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto