Miguel ¿Cuánto es la multa por incumplimiento del T-Registro?
Para responder esta pregunta, primero analicemos las obligaciones relacionadas al T-Registro y luego las infracciones que conlleva dicha inconsistencia.
T-Registro
En primer lugar, el uso del T-Registro ya es obligatorio para todas las empresas, a partir desde Febrero 2011 (derecho habientes), y posteriormente Agosto 2011 (trabajadores).
Las operaciones que se fiscaliza son principalmente tres:
- Alta de trabajadores
- Modificación de datos
- Baja de trabajadores
Estas operaciones también aplica para los derechohabientes.
Por otra parte, respectos a los plazos que conlleva realizar dichas operaciones son los siguiente:
SITUACIÓN | ALTA | MODIFICACIÓN | BAJA |
---|---|---|---|
Plazos para los procedimientos | Dentro del día que se produce el ingreso a prestar servicios, independientemente de la modalidad de contratación y de los días laborados. | 5 días hábiles de la fecha de ocurrencia del evento o tomado conocimiento. | Al día siguiente de extinguido el vinculo laboral. |
Adicionalmente, también existe una obligación para entregar las constancias de las tres operaciones antes mencionadas.
Infracción T-Registro
En ese sentido, la infracción se realizará si no respetamos dichos plazos máximos que nos menciona la norma.
Las infracciones relacionadas al T-Registro están tipificadas en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 008-2011-TR, donde se clasifican como infracciones graves en materia de relaciones labores:
- No registrar trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación – Modalidad Formativa Laboral y otros, personal de terceros o derechohabientes en las planillas de pago o planillas electrónicas o la que haga sus veces.
- No registrar trabajadores y prestadores de servicios en el registro de trabajadores y prestadores de servicios, en el plazo y con los requisitos previstos.
Por ejemplo:
Un trabajador ingresa el lunes 23 de Julio a laborar a una empresa, y por descuido no le damos de alta ese día, ¿Estaríamos incurriendo en una infracción laboral?
La respuesta es SI, la normativa nos menciona que el plazo máximo para dar de alta en el T-Registro es el mismo día que se produce su ingreso.
Miguel ¿Cuanto es la multa por T-Registro?
Para realizar el calculo necesitamos conocer tres datos:
- Regimen Laboral de la empresa
- Tipo de infracción
- Numero de trabajadores afectados
Multa por la Infracción T-Registro
La multa por infracciones del T-Registro se calculan en base al número de trabajadores afectados y tipo de empresa.
Caso Práctico de Infracción al T-Registro
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Valeria dice
Disculpa tengo una consulta un trabajador ingreso el 16 de febrero y le di de alta por olvido el 01 de marzo con fecha de su ingreso (16 de febrero) me pondran alguna multa? Ya que sunafil ha hecho un requerimiento
Nleonor dice
Buenos días tengo un trabajador que ingreso el 01/11/22 y se retiro el 31/11/222 y a la fecha no le di de baja, hay alguna multa por dar de baja retroactiva ? y como se calcula?
marita dice
le di de baja el 02 de febrero del 2022 en el t registro
marita dice
buenas noches , que pasa si un trabajador ceso en diciembre 2021 y le di de baja en el t registro el 02 de febrero con fecha 31/12/2021, sunat me envió una resolución de multa.
tengo que declarar
puedo acogerme a algún beneficio-
MIRIA LINGUA CILICH dice
Muchas gracias por las respuestas nos sirve de mucha orientación y conocimiento.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario.
Cinthya dice
Buenas una consulta, tengo un trabajador que ingreso el 01/10/2022, y recién registre el día 11/10/2022, y me llego a mi casi en el apartado formalización que no coincidía el T-registro con el de la SUNAFIL, después me llego una carta disuasiva.
¿tendría una multa que pagar?
Gracias y Saludos
Miguel Torres dice
No vas a pagar ninguna multa. Esas cartas están enviando en forma masiva a todos las empresas.
walter dice
quiero declarar mi pdt 08-2022 , pero dice que tengo inconsistencias , pero descargo el reporte me sale en blanco
NANCY VEGA ARIAS dice
Agradeceré CONSULTA, una persona natural con negocio en RUS desea registrar a 1 trabajador. Que beneficios tiene el personal en planilla?? y otro lo trabajador que es discapacitado-CONADIS y desea contratar por sólo 4 horas. Hay algun tramite que hacer al respecto??
NANCY VEGA ARIAS dice
Muy buenos aportes. Gracias
Jeison Rodriguez dice
Buenos días, consulta, en este caso tuve un error al momento de dar de alta al trabajador en el t-registro le puse el año 2021 pero ahí mismo ice la modificación con el año correcto que es 2022 habría alguna multa o problema ?
Miguel Torres dice
No hay multa.
Maritza Oda Vizcarra dice
Una trabajadora inicia el contrato el 01 de enero, ella está en ONP y decide afiliarse a Integra y recien aparece afiliada a AFP Integra en febrero. Quiero declarar el Plame de febrero y me sale un mensaje de error en el sistema pensionario aún cuando hice la modificación en el sistema pensionario.
Miguel Torres dice
Tienes que dar la baja del ONP en T-Registro y luego dar de alta el AFP. Luego sincroniza en el PDT PLAME, no deberías tener problema.
Ker dice
Buenos dias estimado joven Miguel, mi consulta es la siguiente: Que pasaria si me equivoque en la fecha de inicio de labores de un trabajador, le coloque un mes antes de su fecha de inicio tanto en el t-registro como en el afp net? Es decir era fecha 01/10/2021 y coloque 01/09/2021 – fecha de registro del alta fue 04/10/2021.
Gracias de antemano, por su ayuda
Miguel Torres dice
Lo puedes corregir, dando de baja, y luego le das de alta con la fecha correcta, por otra parte, si ya declaraste tendrías que rectificar. O lo asumes como un mes laborado.
Soledad dice
Buenas tardes, tengo un trabajador que ingreso el 17 de setiembre, pero por descuido u olvido voy a regularizar ese asunto el día de hoy 27 de setiembre.
mi consulta es si existe alguna multa, por inscribirlo hoy 27 de setiembre, con fecha de ingreso 17 de setiembre?
Muchas gracias por su atención
Miguel Torres dice
Ninguna.
Walter dice
Es obligación del empleador registrar los derechohabientes en el T – registro para que estén asegurados.
Miguel Torres dice
Es correcto.
Emeli dice
Hola, quisiera consultarte con respecto a que si un trabajador inicio su vinculo laboral en el periodo de Junio, pero por varios motivos recién se evidencio que aun no se le había ingresado a T- registro ; que procedimiento debería hacer para ingresarlo con fecha de junio en planilla? . espero puedas apoyarme. Gracias
Miguel Torres dice
Solo tienes que dar el alta en el T-Registro con la fecha real que inicio labores.
Karina dice
Hola. Siempre interesante e importante los artículos. Una consulta por favor, se puede depositar la remuneración de un trabajador en una cuenta de ahorro? pues no quiere abrir una cuenta sueldo. Gracias y Saludos
Miguel Torres dice
Si es correcto.