Miguel ¿Cómo los trabajadores regularizarán los días de estado de emergencia? ¿Tienes algunos modelos laborales para descargar?
En este artículo quiero compartir distintas posibilidades que pueden originarse y además de los modelos laborales que tendrían que elaborarse.
Modelos Laborales [Estado de Emergencia]
En primer lugar, partamos en el escenario del estado de emergencia, donde muchas empresas han tenido que modificar su forma de trabajar.
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
Trabajadores Incluidos Grupo de Riesgo
Para los trabajadores incluidos en grupo de riesgo, solo existen dos opciones:
- Trabajo Remoto
- Licencia con goce de haber sujeta a compensación
Trabajo Remoto
Si el trabajador tenía una jornada laboral donde asistía a un centro laboral, para la aplicación del trabajo remoto, tendrá que variar el contrato de trabajo, esto último se puede regularizar mediante una adenda.

Licencia con goce de haber sujeta a compensación
Si el trabajador no podría aplicar para trabajo remoto motivado por la naturaleza de las laborales, se tendrá que otorgar una licencia de goce de haber sujeto a compensación.

Trabajadores facultados a laborar
Si el trabajador presta servicio a una empresa que está facultada a continuar laborando en el estado de emergencia, es posible quizás cambiar la jornada de trabajo o el horario de trabajo.
Trabajadores no facultados a laborar
Si el trabajador presta servicio a una empresa que no está facultada a continuar laborando en el estado de emergencia, se pueden optar por medidas ya mencionadas:
- Trabajo remoto
- Licencia con goce de haber sujeta a compensación
Otras medidas paralelas
El empleador y el trabajador pueden llegar acuerdos individuales o colectivos, tomando otras medidas paralelas.
Reducción de Remuneración
Reducir la remuneración al trabajador es una opción que tiene toda empresa que está pasando por una crisis económica.

Miguel ¿Es válido la reducción de salario en medio del estado de emergencia?
Por supuesto, siempre y cuando esté justificado y los trabajadores acepten, como por ejemplo el caso LATAM.
Vacaciones Devengadas
Los trabajadores que tengan vacaciones pendientes de goce, pueden otorgarse siempre y cuando haya mutuo acuerdo.

Licencia sin goce de haber
La licencia sin goce de haber es el permiso que brinda el empleador a un empleado por cierto tiempo. Durante este tiempo no existe obligación de realizar pago alguno de remuneración, ni tampoco es tiempo computable para beneficios laborales.

Despido Arbitrario
El despido arbitrario es una opción que tienen las empresas que desean no contar con los servicios de sus colaboradores.

El artículo 34 del Decreto Supremo Nº 003-97-TR menciona:
Si el despido es arbitrario por no haberse expresado causa o no poderse demostrar ésta en juicio, el trabajador tiene derecho al pago de la indemnización establecida en el Artículo 38, como única reparación por el daño sufrido.
La norma antes mencionada, que la empresa tendrá que pagar una indemnización por despido arbitrario.
Miguel, ¿Puede despedir a mis trabajadores por el estado de emergencia?
Si claro, pero tendrás que pagar la indemnización por despido arbitrario, por otra parte, lo recomiendo mucho en microempresa o pequeña empresas.
Miguel ¿Por qué para la microempresa o pequeña empresa?
Porque el monto de la indemnización es bajo, por ejemplo un trabajador con un salario mensual de S/ 1,500 soles con seis meses de servicios, la indemnización sería: S/ 250 soles.
Por otra parte, debo mencionar que el trabajador puede pedir su reposición, pero en un estado de emergencia es poco probable en una microempresa.
Conclusión
- Los empleadores y trabajadores deben llegar a un acuerdo con la finalidad de mantener la operatividad de la empresa.
Recomendación
Te gusto este artículo, suscríbete a nuestro canal de YouTube para recibir más información >> canal Revista Misha aquí.
Se otorgó La licencia con goce de haber compensable en marzo. En mayo empezará a compensar 01 hora díaria, sábados 6 horas y 15 días de vacaciones, cómo registro en el PLame?? si no le voy a pagar.
Lo registras normal. La compensación es interna.
Hola Migue, muchas gracias y felicitaciones por tu website. Mi consulta es la siguiente: En un comentario, respondes: “(…) la norma menciona licencia con goce, (…), si no se llegara a recuperar, lo puedes descontar posteriormente”. ¿Cómo se puede descontar? y Si en la Planilla electrónica no figuran con Licencia con goce de haber, sino como si hubieran continuado sus labores. ¿Es posible realizar ese descuento? Te agradezco nuevamente.
Formalizando el acuerdo mediante un convenio, en la cual colocas que pasa si no recupera las horas no laboradas.
Excelente como siempre. Si hago reducción de salario, puedo hacerlo a menos de la RMV? que base legal me ampara si es de mutuo acuerdo. Gracias! Bendiciones Miguelito
No puedes hacer eso, salvo que labore menos de 4 horas en promedio.
Hola Miguel! como siempre, tienes unos aportes excelentes y te agradezco por ello.
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Buenas noches Miguel, gracias como siempre a tu contribución, mi consulta es la siguiente: tengo una microempresa, tengo 4 trabajadores que están en planilla y ganan el mínimo vital, me aprobaron un crédito reactiva Perú, pero el monto aprobado, me alcanzaría para pagar alquiler y planillas, y me quedaría endeudada y sin tener capital para reactivar mi empresa, es posible hacer un convenio con mis trabajadores para reducir su remuneración? Muchas gracias
Es correcto puedes hacerlo.
Miguel creo que la norma que estas aplicando (003-97-TR) es equivocada ya que es una norma en una situación normal y la norma 038-2020 habla que la suspensión perfecta en tiempo de covid solo se podrá hacer efectiva si cumples el ratio de afectación. Incluso antes de aplicar la SPL la norma señala que tienes que haber agotado todas las demás opciones ( Licencia con goce, Vacaciones vigentes, adelanto de vacaciones, reducción de sueldo ). Por favor aclarame eso, muy agradecido miguel.
Tengo nada que aclarar, el artículo es mi posición, ya veremos que pasa, hasta el momento no se ha multado ninguna empresa que acato la Suspensión Perfecta. Por otra parte, si eso pasara (SUNAFIL es juez y parte), será el poder judicial quien defina la controversia.
Gracias Miguel por los aportes, una consulta se trata de una microempresa que alquila un grifo, se le a planteado al propietarios que nos realice un rebaja para seguir trabajando, pero no desean rebajar nada. Entonces los ingresos no va cubrir los gastos, es por eso que se piensa cerrar la empresa, habria algun problema con respecto a los trabajadores? porque se les va ha liquidar, ya que no habria un centro de trabajo donde laboren.
Tendrías que liquidarlo a la fecha de cierre de la empresa.
Miguel eres la salvación de muchos.
En lo particular, que el CodVid ni se asome a tu ventana!!
Thanks a lot, quedan pocas personas que comparten gratuitamente tan buena información.
Muchas gracias, ando en casa las 24 horas, bendiciones 🙂
Estimado Miguel, por el mes de Abril he llegado a un acuerdo con mis trabajadores a darles vacaciones adelantadas, para el mes de Mayo aplicar la suspensión perfecta esto es válido?
Si es correcto.
Estimado Miguel, una consulta tengo un trabajador que lo llamaron como reservista en el estado de emergencia a partir del 01/04/2020 su contrato vence el 14/06/2020, como debemos proceder en este caso porque como indica la ley Nº 29248 articulo 75, se debe de considerar licencia con goce de haber hasta un máximo de 30 días. Gracias por tu apoyo.
Si es correcto, primero debes aplicar la licencia con goce, luego ya podrías aplicar otra decisión.
Miguel,
Puedo hacer una reducción de sueldos por rangos, solo para 1 al 15 abril ?
Si el personal gana de 0 a X soles pagar S/150 , X+1 a Y pagar S/300 , Y+1 a MAS pagar S/ 500 , ese seria el tope máximo. No le pedirá al trabajador recuperar horas de la 1era quincena de abril. Si es posible, como se debe registrar en el PLAME. Por favor puedes aconsejarme. Muchas gracias.
La reducción de sueldo es conforme, solo necesitas acuerdo con el trabajador.
Miguel, buenos dias… como pago Licencia con Goce de Haberes en abril, a un trabajador que habitualmente recibe Sueldo+Asig. Familiar+Movilidad+Comisiones? Gracias…!
Todo menos movilidad y comisiones.
Hola Miguel. en el caso de una micro empresa se les comento el pago con goce de haberes pero recuperable, pero ellos no están de acuerdo y solicitaron que solo se les pague los dias laborados y se elabore Licencia sin goce de haberes. Esta bien si es por mutuo acuerdo ????
Sunafil no observara este acuerdo.?
Si es correcto, que firmen el convenio.
Muy buena información, didáctica 100%
Gracias, bendiciones 🙂
Una consulta, si mis trabajadores estuvieron laborando remotamente, cuantas horas de trabajo declaro en el PLAME, como si hubieran laborado de forma presencial?
Deberías llevar un control del trabajo remoto para saber las horas laboradas.
Hola Miguel.
Durante los primeros 15 días del estado de emergencia se puede optar por la licencia sin goce de haber pese a que el DU dice lo contrario? Osea licencia con goce de haber?
Si es de mutuo acuerdo si es posible, de lo contrario licencia con goce pero recuperable.
Miguel buenas tardes, agradezco la información brindada. Consulta, si llegó a un acuerdo con el trabajador de tomar licencia con goce de haber compensable, en el plame de los meses posteriores el único cambio sería el aumento de horas laboradas o se tiene que consignar alguna información adicional?
Es correcto.
Hola Miguel, como sabemos el decreto de emergencia, establece una inmovilidad social, para que las adendas de los contratos que se configuran por esta emergencia, la toma de firma de los trabajadores que estén de acuerdo en cualquiera de sus modalidades, puede ser a través de correos electrónicos la aceptación del contrato?
Es correcto, firman y lo escanean o firma digital.
Hola Miguel. Una consulta si hasta el día 13/03 se trabajó normal en oficina y a partir del 16/03 se trabajó remotamente. mi consulta es con respecto a la declaración del PLAME. hay un tratamiento diferente para la declaración? escuché que se consideraría como subsidio? o se declara considerando total días 31 y su bruto sería el mismo. Gracias.
Se declara como todo el mes trabajado.
Miguel para la licencia con goce de haber sujeta a compensación ¿debe haber un convenio firmado?
Debe haber convenio y son de dos tipos: puede ser con recuperación o sin ella.
Saludos, pregunta: si mi contrato vence el 31/03 la empresa está obligada a renovarlo por el estado de emergencia?
me tendría que pagará hasta el 31/03??? o hasta el 15/03, ya que como no me renovaran no podré recuperar las horas de marzo
como sería??
gracias
En principio debe pagarte el mes completo, pero si no recuperas las horas, te descontaran.
En el Art. 26 del Decreto de 029-2020 NO MENCIONA EL TEMA DE REDUCCION DE SUELDOS,y sobre el tema del Despido Arbitrario es lo que el Gobierno desea evitar con los subsidios que ya se estan reglamentando. SUNAFIL se esta organizando con las fiscalizaciones para que no se vulnere los derechos de los trabajadores.
El despido arbitrario es un mecanismo que está establecido en e Decreto Supremo 003-97-TR (que no ha sido derogado, modificado o suspendido), por lo tanto sigue vigente, por otra parte, el gasto de personal no es el único gasto que tiene una empresa (pendiente el 65%), que pasa con el alquiler de local (como paga una empresa que durante 1 mes no va tener ingresos).
Muy interesantes las respuestas, y que de los choferes que durante estos días de la suspensión no trabajan, ellos están con contrato permanente: la empresa no genera ingresos de donde pagamos, por favor digamos algo bueno y productivo
En el artículo están algunas medidas básicas, mañana publicare una final.
Hola Miguel, Respecto a lo que dijo el Presidente Vizcarra ayer 26/03/2020 por lo del Bono del 35% para los trabajadores que están en Planilla que ganen menos de s/. 1,500.00 Ese 35% es para cada trabajador aplicando a los s/. 930.00 de RMV??
Endiento que debe se rel 35% del sueldo que gana, desde luego menor o igual a 1500, pero la duda es como el gobierno hace el reintegro de por ejemplo de 525 o como llega este dinero al trabajador,: haber como desatamos esto
Prefiero esperar la publicación de la norma para darte un comentario.
Gracias Miguel. Referente a los trabajadores que se encuentran en periodo de prueba, se puede finalizar su contrato? y le correspondería indemnización? Regimen mype.
Puedes finalizar el contrato y no corresponde indemnización.
Hola Miguel,
¿Si es factible la Licencia sin goce de haber? para trabajadores que no están facultados a laborar en esta emergencia?
Si es correcto, pero de mutuo acuerdo.
Hola Miguel, los aportes a lo que se refiere el gobierno corresponde a la Planilla de marzo, entonces tampoco se realizara la declaracion?
Existe un poco de confusión, esperamos la publicación de la norma.
Miguel por favor puedes enviarnos o publicar un modelo de acuerdo o convenio para adelantar las vacaciones de los trabajadores que a la fecha ya les liquidó el periodo 2019 y otros que recién comienza a laborar en este año 2020.
Un poco de creatividad, si ya tienes el modelo de vacaciones, solo tienes que modificar un cláusula indicando tu pregunta.
Hola Miguel, en el caso de los trabajadores que se vencen el contrato a fin de mes y no van a compensar los dias, se considera estos dias en el salario del mes y liquidacion??
Gracias
Lo deducen del salario o liquidación, ambos son válidos.
Hola
Gracias por compatir importante informacion
En el caso de empresas que tengan a sus trabajadores con contrato mensual.
No hay problema de despido
No, siempre y cuando tengas el sustento correcto.
Buenos días Miguel, una consulta si tenía muchos trabajadores que salían de vacaciones en marzo y abril….sus vacaciones pueden ser postergadas sin ningún problema? o debo tomar otra medida?
Pueden tomarlas si ya estaban programadas.
La compensación de estos 15 + 12 dias de emergencia hasta cuando se debe realizar.
En principio de mutuo acuerdo, no hay plazo máximo.
Una gran ayuda orientadora. Excelente asesoría
GRACIAS
Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras 🙂
Buenos días Miguel. En la empresa tengo contratos laborales que vencen el 31 de marzo ( 3 meses). Puedo despedir a dichos trabajadores. O por estar en estado de emergencia no podría?
No los vas a despedir, solo no vas a renovar contrato, por otra parte, si el contrato a plazo fijo está bien elaborado, no habría problema, por ejemplo: contrato por obra y servicio específico, se termino la obra, por lo tanto, ya no hay necesidad de renovar el contrato.
Hola Miguel gracias por la información brindada . Te expongo el caso mi empleador no nos está pagando por los días de la cuarenta y que puedo hacer al respecto si estoy en planilla.
Lo primero conversar con él, porque ante la presión y falta de ingresos, puede despedir a todos los trabajadores, o simplemente les va pedir que renuncien. Por otra parte, si deseas reclamar tus beneficios lo puedes ante SUNAFIL.
Gracias Miguel, Buen aporte!
Gracias, bendiciones 🙂
Miguel mencionas una licencia sin goce de haber.
En que parte del decreto señala eso?
Quieres decir que cuando el trabajador no quiera recuperar o compensar con vacaciones.
Se llega a un acuerdo de no pago de esos 15 días y El empleador puede optar hacer firmar esa licencia?
Recuerda que el vinculo laboral entre empleador y trabajador se origina por un acuerdo de las partes, que se plasma en un contrato de trabajo, por lo tanto, las partes, pueden acordar reducción de sueldo, licencia sin goce (suspensión perfecta), estos acuerdos serán validos si las partes se ponen de acuerdo, como por ejemplo el CASO LATAM.
Excelente como siempre.
Gracias bendiciones 🙂
Buenas noches, Miguel.
En qué parte del decreto o cuál de los que ha mencionado en estos días el presidente menciona que se puede optar la reducción de sueldo por parte del empleador?.o lo mencionas como información adicional.
Inciso b) del artículo 26.2 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020: En el caso del sector privado, se aplica lo que acuerden las partes.
En lo referido al Convenio de Reduccion de Remuneraciones, la indicacion en el punto segundo es “de forma permanente”… puede ser modificado a “de forma temporal hasta “tal fecha” o “hasta la culminación de…” referido a determinado evento?
Si claro es correcto, mientras haya acuerdo de las partes no hay ningún problema.
Miguel. Tengo trabajadores de construcción civil q recién comenzaron 1 semana antes del comunicado de cuarentena su contratoa vence el 31 de marzo . Sabes que ellos son bien informaleS y tenemos el temor de pagarle la semana completa y de hay ya no vengan a trabajar es un proyecto de 1 mes y también la obra se encuentra paralizado. Como podriamos hacer en este caso. Somos pequeña empresa.
Pagale la semana, sin considerar los beneficios laborales.
Buenas noches Una consulta Miguel.
En caso el trabajador no tenga vacaciones pendientes y este no pueda recuperar las horas se le puede dar como vacaciones adelantadas.
Si es correcto, pero necesitas la aprobación del trabajador.
Que pasa con los trabajadores que se dedican a la construcción que están en planilla ,igual se les debe de pagar su sueldo completo de marzo ?
Es correcto, la norma menciona licencia con goce, pero recuperable las horas dejadas de laborar, si no se llegara a recuperar, lo puedes descontar posteriormente.
Hola Miguel una consulta para el caso de la vacaciones de acuerdo mutuo como se haria firmar el documento, cuando nos reintegremos igual es válido ?
Lo puedes mandar por correo, y que lo devuelva firmado y huella (escaneado), luego la empresa debe hacer el pago de las vacaciones.